NATURALEZA : CONSTITUCION DE "CONSTRUCTORA ALQUILER DE MAQUINARIAS MAX LENYN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA"
wilfredoqmTesis11 de Octubre de 2014
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NATURALEZA : CONSTITUCION DE "CONSTRUCTORA ALQUILER DE MAQUINARIAS MAX LENYN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA"
INTRODUCCION.
En Juliaca, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil trece, ante mi JORGE GUILLERMO GUTIERREZ DIAZ, Abogado-Notario Público de San Román-Juliaca, con Documento Nacional de Identidad Nº 02445347, con libreta militar Nº 3001235591, con RUC Nº 10024453478; fueron presentes en mi Oficina Notarial ubicada en el jirón San Román Nº 312 de la ciudad de Juliaca; las siguientes personas:
1.- Washington Cayo Cutipa, de nacionalidad peruana, mayor de edad, soltero, minero, con Documento Nacional de Identidad Nº 04825737, con domicilio en la Quebrada Magua del distrito de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios; quien procede por su propio derecho;
2.- Celia Calsina Santamaria, de nacionalidad peruana, mayor de edad, soltera, minero, con Documento Nacional de Identidad Nº 02550552, con domicilio en la Quebrada Magua del distrito de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios; quien procede por su propio derecho;
Doy fe de conocer a los contratantes referidos quienes hablan el idioma castellano, obran con capacidad legal, libertad y conocimiento de los derechos con que se obligan, lo que comprobé al examinarlos con arreglo a ley, advirtiendo a los otorgantes sobre los efectos legales de la presente escritura pública;
Los contratantes me entregaron una minuta debidamente firmada y autorizada por letrado para que sea elevada a escritura pública y me expresaron que responde a su voluntad, la misma que queda agregada a su respectivo legajo bajo el Nº 6,673, que se inserta literalmente a continuación:
SEÑOR NOTARIO PUBLICO:
Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA que otorgan sus socios fundadores: Washington Cayo Cutipa, minero, soltero, con D.N.I. Nº 04825737, y Celia Calsina Santamaria, minera, soltera, con D.N.I. Nº 02550552, ambos con domicilio en la Quebrada Magua del distrito de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios; de acuerdo al pacto social y estatuto siguientes:
"PACTO SOCIAL
PRIMERO.- Por la presente se constituye la sociedad denominada "CONSTRUCTORA ALQUILER DE MAQUINARIAS MAX LENYN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA", siendo sus socios los señores Washington Cayo Cutipa, minero, soltero, con D.N.I. Nº 04825737, y Celia Calsina Santamaria, minera, soltera, con D.N.I. Nº 02550552, ambos con domicilio en la Quebrada Magua del distrito de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios.
SEGUNDO.- Los socios expresan su voluntad de constituir una sociedad anónima cerrada sin directorio denominada "CONSTRUCTORA ALQUILER DE MAQUINARIAS MAX LENYN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA", pudiendo utilizar la sigla "CONSTRUCTORA ALQUILER DE MAQUINARIAS MAX LENYN S.A.C.".
TERCERO.- El capital social es de CUATROCIENTOS NOVENTIUN MIL DOSCIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 491,200.00) representado y dividido en CUATROCIENTOS NOVENTIUN MIL DOSCIENTOS (491,200) acciones nominativas de un valor nominal de UN NUEVO SOL (S/. 1.00) cada una, íntegramente suscritas y totalmente pagadas por aporte de bienes no dinerarios por los socios, distribuido de la siguiente manera:
El socio Washington Cayo Cutipa suscribe DOSCIENTAS CUARENTICINCO MIL SEISCIENTOS (245,600) acciones de un valor nominal de UN NUEVO SOL (S/. 1.00) cada una, asignándosele en el capital la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTICINCO MIL SEISCIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 245,600.00), correspondiente al aporte de bienes no dinerarios que declara bajo juramento que es propietario de los bienes que los aporta en favor de la sociedad que los adquirió con dinero producto de sus ahorros e ingresos obtenidos en su labor como minero, y que en calidad de gerente los recibe para la sociedad, tanto su aporte como el aporte de los otros socios, cuyo criterio de valorización es el valor promedio del mercado, siendo el informe de valorización del gerente, el siguiente:
Cantidad Descripción del bien Valorización
01 Volquete, marca VOLVO, año 2012, modelo FMX 6X4R, clase N3-CAMION, color ROJO BLANCO HUMO, con motor N° D13858960A1E, con serie N° 93KJS02D1CE792525, placa de rodaje N° V3Z-770. S/. 205,600.00
50% Derechos y acciones de una excavadora CATERPILLAR, con serie N° *CAT..0336 DEMYG00184*, año 2010, motor N° THX26769. S/. 40,000.00
T O T A L 245,600.00
La socia Celia Calsina Santamaria suscribe DOSCIENTAS CUARENTICINCO MIL SEISCIENTAS (245,600) acciones de un valor nominal de UN NUEVO SOL (S/. 1.00) cada una, asignándosele en el capital la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTICINCO MIL NUEVOS SOLES (S/. 245,600.00), correspondiente al aporte de bienes no dinerarios, que declara bajo juramento que es propietario de los bienes que aporta en favor de la sociedad que los adquirió con dinero producto de sus ahorros e ingresos obtenidos en su labor como minera, cuyo criterio de valorización es el valor promedio del mercado, siendo el informe de valorización del gerente, el siguiente:
Cantidad Descripción del bien Valorización
01 Excavadora sobreorugas, modelo 325BLN, marca CATERPILLAR, con serie N° 8FN01550, año 2000, motor N° 4TF67468, con DUA N° 118-2011-10-316013-01-2-00. S/. 102,800.00
01 Cargador frontal, modelo L150C, marca VOLVO, con motor N° TD103KCE*144*309722, con serie N° *L150CV4593*, con DUA N° 172-2011-10-035147-01-0-00. S/. 102,800.00
50% Derechos y acciones de una excavadora CATERPILLAR, con serie N° *CAT..0336 DEMYG00184*, año 2010, motor N° THX26769. S/. 40,000.00
TOTAL S/. 245,600.00
CUARTO.- Se nombra como primer GERENTE GENERAL de la sociedad al señor WASHINGTON CAYO CUTIPA, con D.N.I. Nº 04825737 y como GERENTE ADMINISTRATIVO a doña CELIA CALSINA SANTAMARIA, con D.N.I. Nº 02550552.
QUINTO.- La Sociedad se regirá por el siguiente estatuto:
E S T A T U T O
TITULO I
DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, DURACION E INICIO DE OPERACIONES
ARTICULO PRIMERO.- Bajo la denominación de "CONSTRUCTORA ALQUILER DE MAQUINARIAS MAX LENYN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA" y la forma abreviada "CONSTRUCTORA ALQUILER DE MAQUINARIAS MAX LENYN S.A.C.", se constituye esta sociedad.
ARTICULO SEGUNDO.- El objeto de la sociedad es el de dedicarse a:
A) Area de servicios: Brindar servicios de alquiler de maquinarias pesadas y livianas, vehículos y equipos en general.
B) Area comercial: Compra, venta, importación, exportación, distribución, concesión, representación y comercialización de metales preciosos como el oro, maquinarias pesadas y livianas, vehículos y equipos en general así como de sus repuestos y accesorios.
Además la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad anexa o conexa a las mencionadas permitidas por las leyes nacionales, compatibles con el objeto social y con las sociedades anónimas, que apruebe previamente la Junta General de Accionistas.
ARTICULO TERCERO.- El domicilio de la Sociedad es en la distrito de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios, pudiendo establecer agencias, sucursales y oficinas en cualquier lugar de la República del Perú y el extranjero, bastando para ello el acuerdo de la Junta de Accionistas.
ARTICULO CUARTO.- La Sociedad inicia sus operaciones en la fecha de su inscripción en los Registros Públicos, la validez de los actos sociales realizados con anterioridad a su inscripción, queda subordinada a este requisito y a su ratificación por parte de la Sociedad en el plazo que estipula la Ley General de Sociedades. El plazo de duración de la Sociedad es indeterminado.
TITULO II
CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES
ARTICULO QUINTO.- El capital social es de CUATROCIENTOS NOVENTIUN MIL DOSCIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 491,200.00) representado y dividido en CUATROCIENTAS NOVENTIUN MIL DOSCIENTAS (491,200) acciones nominativas de un valor nominal de UN NUEVO SOL (S/. 1.00) cada una, íntegramente suscritas y totalmente pagadas por aporte de bienes no dinerarios por los socios señalados en el pacto social.
ARTICULO SEXTO.- Las acciones son nominativas.
ARTICULO SEPTIMO.- Los certificados de acciones contendrán: el nombre de la Sociedad, el capital social suscrito y pagado, el valor nominal de cada acción, el carácter nominativo de las acciones, el número de acciones que represente cada título certificado, la numeración de las acciones, la numeración de cada certificado de acciones, la fecha de emisión de cada certificado, el domicilio de la Sociedad, su plazo, fecha de la Escritura de Constitución Social, así como las Escrituras posteriores, modificatorias del Estatuto o de las variaciones del capital social y la inscripción en el Registro Mercantil.
ARTICULO OCTAVO.- Los títulos de las acciones se autorizarán por el Gerente y el socio que representa el mayor número de acciones.
ARTICULO NOVENO.- Se podrán expedir certificados provisionales mientras se emiten las acciones.
ARTICULO DECIMO.- En las Juntas de Accionistas, cada acción da derecho a un voto.
ARTICULO DECIMO PRIMERO.- Los titulares de acciones en calidad de copropiedad, cuando resuelven intervenir en las Juntas de Accionistas, deben hacerse representar por uno solo de ellos o por un tercero por lo menos, con carta poder.
ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- En el caso de pérdida, robo o destrucción de los certificados de acciones, se podrá expedir duplicados, previo cumplimiento de las formalidades que determine la
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