NOCIÓN DE DELITO
pinedatruckpartsInforme6 de Febrero de 2013
468 Palabras (2 Páginas)375 Visitas
Desistimiento; cuando el sujeto activo suspende espontáneamente los actos tendientes a cometer el delito o impide su consumación, no se le castiga.
Delito imposible; el agente realiza actos encaminados a producir el delito, pero este no surge por no existir el bien jurídico tutelado, por no ocurrir el presupuesto básico indispensable o por falta de idoneidad de los medios empleados.
Delito putativo; delito imaginario, consiste en actos tendientes a cometer lo que el activo cree que es un delito, pero en realidad no lo es.
Consumación; es la producción del resultado típico, que ocurre en el momento preciso de dañar o afectar el bien jurídico tutelado,
NOCIÓN DE DELITO
Jurídico formal.
Se refiere a las entidades típicas que traen aparejadas una sanción; no es la descripción del delito concreto, sino la enunciación de que un ilícito penal merece una pena.
Jurídico sustancial.
Consiste en hacer referencia a los elementos de que consta el delito.
a. unitaria o totalizadora. Los partidarios de esta tendencia afirman que le delito es una unidad que no admite divisiones
b. atomizadora o analítica. Para los seguidores de esta tendencia, el delito es el resultado de varios elementos que en su totalidad integran y dan vida al delito.
ELEMENTOS DEL DELITO Y SUS ASPECTOS NEGATIVOS.
Noción de los elementos del delito.
Los elementos del delito son las partes que lo integran a saber:
1) Conducta.
2) Tipicidad.
3) Antijuricidad.
4) Culpabilidad.
5) Imputabilidad.
6) Punibilidad.
7) Condicionalidad objetiva.
Noción de aspectos negativos.
Los elementos del delito son los aspectos positivos, a cada uno de los cuales corresponde uno negativo, que llega a ser la negación de aquel, significa que anula o deja sin existencia al positivo y, por tanto, al delito.
1. --------à ausencia de conducta.
2. --------à atipicidad.
3. --------à causas de justificación.
4. --------à inculpabilidad.
5. --------à inimputabilidad.
6. --------à excusas absolutorias.
7. --------à ausencia de condicionalidad objetiva.
CONDUCTA Y SU ASPECTO NEGATIVO
NOCIÓN DE CONDUCTA
Conducta.
Es un comportamiento humano voluntario (a veces una conducta humana involuntaria puede tener, ante el derecho penal, responsabilidad imprudencial o preterintencional), activo (acción o hacer positivo), o, negativo (inactividad o no hacer) que produce un resultado.
ACCIÓN.
La acción consiste en actuar o hacer; es un hecho positivo, el cual implica que el agente lleva a cabo uno o varios movimientos corporales, y comete la infracción a la ley por si mismo o por medio de instrumentos, animales, mecanismos e incluso mediante personas.
Elementos de la conducta.
a. voluntad; es el querer, por parte del sujeto activo, de cometer el delito. Propiamente la intención.
b. Actividad; consiste en el "hacer" o actuar. Es el hecho positivo o movimiento humano encaminado a producir el ilícito.
c. Nexo de causalidad; es el ligamen o nexo que une a la conducta con el resultado, el cual debe ser material. Dicho nexo es lo que une a la causa con el efecto, sin el cual este último no puede atribuirse a la causa.
Teorías acerca del nexo causal.
a. teoría de la equivalencia de las condiciones; señala que todas la condiciones (conductas) productoras del resultado son equivalentes y, por tanto, causa de este.
...