NORMA OFICIAL MEXICANA DE SALUD 174
Lady.pink204 de Junio de 2014
3.400 Palabras (14 Páginas)314 Visitas
Introducción
La obesidad, incluyendo al sobrepeso como un estado premórbido, es una enfermedad crónica caracterizada por el almacenamiento en exceso de tejido adiposo en el organismo, acompañada de alteraciones metabólicas, que predisponen a la presentación de trastornos que deterioran el estado de salud, asociada en la mayoría de los casos a patología endócrina, cardiovascular y ortopédica principalmente y relacionada a factores biológicos, socioculturales y psicológicos.
Su etiología es multifactorial y su tratamiento debe ser apoyado en un grupo multidisciplinario.
Dada su magnitud y trascendencia es considerada en México como un problema de salud pública, el establecimiento de lineamientos para su atención integral, podrá incidir de manera positiva en un adecuado manejo del importante número de pacientes que cursan con esta enfermedad.
Por ello la presente Norma Oficial Mexicana, de conformidad con la legislación sanitaria aplicable y la libertad profesional en la práctica médica, procura la protección del usuario de acuerdo con las circunstancias en que cada caso se presente.
Es necesario señalar que para la correcta interpretación de la presente Norma Oficial Mexicana de conformidad con la aplicación de la legislación sanitaria, se tomarán en cuenta, invariablemente, los principios científicos y éticos que orientan la práctica médica, especialmente el de la libertad prescriptiva en favor del personal médico a través de la cual, los profesionales, técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud habrán de prestar sus servicios a su leal saber y entender, en beneficio del usuario, atendiendo a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que presten éstos.
Índice
0. Introducción
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones
5. Disposiciones Generales
6. Disposiciones Específicas
7. Del manejo médico
8. Del manejo nutricio
9. Del manejo psicológico
10. De la infraestructura y equipamiento
11. Medidas preventivas
12. De la publicidad
13. Concordancia con normas internacionales y mexicanas
14. Bibliografía
15. Observancia de la norma
16 Vigencia
1. Objetivo
La presente Norma Oficial Mexicana establece los lineamientos sanitarios para regular el manejo integral de la obesidad
La presente investigación tiene como objetivo el análisis y la exposición de la problemática de la Obesidad.
Actualmente, la obesidad es una enfermedad mundial; por ello, hemos desarrollado el tema desde diferentes perspectivas, tanto social como biológicamente.
El problema de la Obesidad ha existido desde hace tiempo atrás, por lo que abarcarlo en su totalidad nos sería imposible. Sin embargo, presentamos puntos y datos relevantes que consideramos deberían ser del conocimiento general.
A lo largo del año escolar, hemos recopilado información de diversas fuentes y nos hemos dedicado a la creación y propuesta de una campaña, con el fin de combatir este mal.
No pretendemos erradicar el problema, porque simplemente sería imposible; lo que buscamos es crear conciencia en todas aquellas personas a las que tenemos alcance.
.2Campo de aplicación
La presente Norma Oficial Mexicana, es de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones son obligatorias para los profesionales, técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud, así como en los establecimientos de los sectores público, social y privado, que se ostenten y ofrezcan servicios para la atención de la obesidad, el control y reducción de peso, en los términos previstos en la misma.
3. Referencias
Para la correcta aplicación de la presente Norma es necesario consultar las siguientes normas oficiales mexicanas:
3.1 NOM-008-SSA2-1993, Control de la nutrición, crecimiento y desarrollo del niño y del adolescente.
3.2 NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.
3.3 NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención a pacientes ambulatorios.
4. Definiciones
Para los efectos de esta Norma, se entenderá por:
4.1 Atención Médica, al conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud.
4.2 Establecimiento para el manejo nutricio de la obesidad, a todo aquél de carácter público, social o privado, cualquiera que sea su denominación o régimen jurídico, que se dedique al manejo del sobrepeso y la obesidad en pacientes ambulatorios, además de lo relacionado con otras áreas de la nutrición si fuera el caso. Estos establecimientos se considerarán consultorios para los efectos sanitarios.
4.3 Comorbilidad, a los problemas relacionados con el sobrepeso y la obesidad, que aumentan cuando se incrementa ésta y disminuyen o mejoran cuando es tratada satisfactoriamente: hipertensión arterial, enfermedad cardiovascular, dislipidemias, diabetes tipo II, apnea del sueño, síndrome de hipo ventilación, osteoartritis, infertilidad, así como hipertensión intracraneal idiopática, enfermedad venosa de miembros inferiores, reflujo gastroesofágico e incontinencia urinaria de esfuerzo y que requieren ser enviados al especialista correspondiente según el caso.
4.4 Dieta, al conjunto de alimentos que se consumen cada día.
4.5 Índice de masa corporal al criterio diagnóstico que se obtiene dividiendo el peso entre la talla elevada al cuadrado.
4.6 Manejo integral, al conjunto de acciones a realizar que derivan del estudio completo e individualizado del paciente obeso, incluye el manejo médico, nutricio, psicológico y régimen de ejercicio, que conducen principalmente a un cambio conductual en beneficio de su salud.
4.7 Medicamento a granel, a todo aquel medicamento que se encuentra o es entregado fuera de su envase original, y cumple con las disposiciones aplicables.
4.8 Medicamento fraccionado, a todo aquel medicamento que se encuentra o entrega, separado o en partes.
4.9 Medicamento secreto, a todo aquel medicamento cuyo envase:
No tenga etiqueta;
No tenga los datos de nombre genérico, forma farmacéutica, cantidad y presentación;
Tenga datos que no correspondan al medicamento envasado, y
No respete las normas al respecto, de la Dirección General de Insumos para la Salud, de la Secretaría de Salud.
4.10 Obesidad, a la enfermedad caracterizada por el exceso de tejido adiposo en el organismo. Se determina la existencia de obesidad en adultos cuando existe un índice de masa corporal mayor de 27 y en población de talla baja mayor de 25.
4.11 Sobrepeso, al estado premórbido de la obesidad, caracterizado por la existencia de un índice de masa corporal mayor de 25 y menor de 27, en población adulta general y en población adulta de talla baja, mayor de 23 y menor de 25. En el caso de niños y adolescentes, remítase a la NOM-008-SSA2-1993, Control de la nutrición, crecimiento y desarrollo del niño y del adolescente.
4.12 Talla baja, a la determinación de talla baja en la mujer adulta, cuando su estatura es menor de 1.50 metros y para el hombre, menor de 1.60 metros.
4.13 Tratamiento estandarizado, al tratamiento de composición, dosis, cantidad y tiempo, para cualquier tipo de paciente sin considerar sus características en forma individual (edad, sexo, grado de sobrepeso u obesidad, causas, patología asociada).
5. Disposiciones generales
5.1 Todo paciente adulto obeso requerirá de un manejo integral, en términos de lo previsto en la presente Norma.
5.2 Tratándose del paciente pediátrico obeso, se estará a lo previsto en la Norma Oficial Mexicana para el control de la nutrición, crecimiento y desarrollo del niño y del adolescente.
5.3 El tratamiento médico-quirúrgico, nutriológico y psicológico del sobrepeso y la obesidad, deberá realizarse bajo lo siguiente:
5.3.1 Se ajustará a los principios científicos y éticos que orientan la práctica médica.
5.3.2 Estará respaldado científicamente en investigación para la salud, especialmente de carácter dieto terapéutico individualizado, farmacológico y médico quirúrgico.
5.3.3 El médico será el responsable del manejo integral del paciente obeso.
5.3.4 El tratamiento indicado deberá entrañar menor riesgo potencial con relación al beneficio esperado.
5.3.5 Deberán evaluarse las distintas alternativas disponibles conforme a las necesidades específicas del paciente, ponderando especialmente las enfermedades concomitantes que afecten su salud.
5.3.6 Se deberá obtener, invariablemente, Carta de Consentimiento bajo Información del interesado o su representante legal, previa explicación completa por parte del médico, del riesgo potencial con relación al beneficio esperado.
5.3.7 Todo tratamiento deberá instalarse previa evaluación del estado de nutrición, con base en indicadores clínicos, dietéticos, antropométricos incluyendo índice de masa corporal,
...