ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Nacionalidad Venezolana


Enviado por   •  3 de Mayo de 2013  •  Tesis  •  637 Palabras (3 Páginas)  •  229 Visitas

Página 1 de 3

Los venezolanos constituyen la nacionalidad del pueblo de Venezuela, además de los residentes legales y ciudadanos de Venezuela sin importar su ascendencia. Venezuela es uno de los países del planeta con mayor diversidad étnica -debido a los diferentes movimientos migratorios recibidos a lo largo de su historia- registrando cinco grupos étnicos importantes; amerindios, mestizos, blancos, afroamericanos (negros, mulatos, zambos) y asiáticos.

Nacionalidad Venezolana

En el Artículo 32 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela9 se establece que:

Capítulo II

De la Nacionalidad y de la Ciudadanía Sección Primera:

de la Nacionalidad

Artículo 32° Son venezolanos y venezolanas por nacimiento:

1. Toda persona nacida en el territorio de la República.

2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento.

3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezca su residencia en el territorio de la República o declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

4. Toda persona nacida en territorio extranjero, de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización, siempre que antes de cumplir dieciocho años de edad establezca su residencia en el territorio de la República y antes de cumplir veinticinco años de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

Artículo 33° Son venezolanos y venezolanas por naturalización:

1. Los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza. A tal fin, deberán tener domicilio en Venezuela con residencia ininterrumpida de, por lo menos, diez años inmediatamente anteriores a la fecha de la respectiva solicitud. El tiempo de residencia se reducirá a cinco años en el caso de aquellos y aquellas que tuvieren la nacionalidad originaria de España, Portugal, Italia, países latinoamericanos y del Caribe.

2. Los extranjeros o extranjeras que contraigan matrimonio con venezolanas o venezolanos desde que declaren su voluntad de serlo, transcurridos por lo menos cinco años a partir de la fecha del matrimonio.

3. Los extranjeros o extranjeras menores de edad para la fecha de la naturalización del padre o de la madre que ejerza sobre ellos la patria potestad, siempre que declaren su voluntad de ser venezolanos o venezolanas antes de cumplir los veintiún años de edad y hayan residido en Venezuela, ininterrumpidamente, durante los cinco años anteriores a dicha declaración.

Artículo

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.4 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com