Nocion Juridica De Persona
aAlaAnN12 de Abril de 2013
791 Palabras (4 Páginas)1.116 Visitas
NOCIÓN JURÍDICA DE PERSONA
La palabra proviene del verbo personare, que en latín significa producir sonido;
Persona se denominaba la máscara, complementada con una especie de bocina con la finalidad de aumentar la voz, usada por los actores griegos y romanos. En el derecho romano la persona puede ser de dos clases: persona física y persona moral o jurídica.
Adquisición y pérdida de la personalidad:
La consideración de persona se daba desde el momento de su concepción, pues respecto del concebido y aun no nacido los juristas decían que se trataba de alguien que estaba en el útero o que se esperaba que naciera.
Persona física
En Roma no todo ser humano era considerado como persona. Para tener una personalidad completa era necesario reunir tres elementos o status; éstos eran:
A. Status libertatis; ser libre y no esclavo.
B. Status civitatis; ser ciudadano y no peregrino.
C. Status familiae; ser jefe de familia y no estar bajo ninguna potestad
Estos tres estados configuraban la idea de persona reconocida como tal por el derecho.
Ser un libertino en la Antigua Roma
Está muy extendida la idea de que fue el Cristianismo el que introdujo el pecado en la Antigua Roma, pero no es del todo así. La Antigüedad no fue el paraíso donde no existía la represión, sino que también había cortapisas a la sensualidad.
Todos conocemos a grandes libertinos como mesalina, nerón o Calígula y precisamente recibían este título por incumplir las tres grandes prohibiciones imperantes en su momento. La primera de ellas era hacer el amor antes de caer la noche. Sólo había una excepción y eran los recién casados al día siguiente de su boda. La segunda prohibición era hacer el amor sin estar a oscuras, de hecho los poetas eróticos se centraban en la lámpara que los iluminaba. La tercera era hacer el amor con su pareja desnuda por completo. Es curioso que se considere que sólo las mujeres perdidas hacían el amor sin sujetador y que las pinturas de Pompeya nos muestren a las prostitutas conservando esta única prenda.
Status libertatis
La esclavitud (servitus) es aquella institución jurídica por la cual un individuo se encontraba en calidad de una cosa perteneciente a otro, quien podía disponer Libremente de él como si se tratara de cualquier objeto de su patrimonio. En otras palabras, el esclavo podemos decir que se caracteriza por tener
una situación negativa en relación con el hombre libre; no es sujeto de derechos, sino un simple objeto. No puede ser parte de ninguna relación jurídica ni tener patrimonio activamente.
La esclavitud tiene su origen en las guerras; el vencedor obtiene todos los derechos sobre el vencido: lo mismo podía condenarlo a muerte que reducirlo a esclavo. Económicamente, esta segunda alternativa era mucho más productiva.
Son dos las fuentes o causas por las que se puede ser esclavo: por nacimiento o por circunstancias posteriores al nacimiento.
En la época preclásica y según la Ley de las XII Tablas, las causas de la esclavitud son:
a. No haberse inscrito en el censo correspondiente (incensus).
b. Desertar del ejército.
c. Por delito.
d. Por no pagar a los acreedores.
En la época del Principado se introdujo la costumbre del peculio: se le daban bienes en administración y con las ganancias obtenidas podía incluso comprar su libertad. También se le podía dejar un peculio en el testamento otorgándole conjuntamente la libertad.
LA MANUMISIÓN
El acto por el cual el esclavo obtiene su libertad se llama manumisión. Esta es una institución del derecho de gentes aceptada y regulada por el derecho civil, que la limita a determinadas formalidades sin las cuales el esclavo no
...