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Norma Técnica Soporte Nutricional

idamias10 de Agosto de 2013

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N T Nº MINSA / DGSP V.01

NORMA TÉCNICA DE TERAPIA NUTRICIONAL

I. INTRODUCCION

Esta norma esta enmarcada dentro de los esfuerzos que viene realizando el ministerio de salud para normar toda actividad médica. Y garantizar además la continuidad de la atención mediante el sistema de referencia y contrarreferencia

La malnutrición hospitalaria es una realidad según estudios publicados recientemente establecieron que el 50% de los pacientes hospitalizados están desnutridos (Estudio Latinoamericano de Nutrición – ELAN Nutrition Internaqcional Journal of Applied and Basic Nutricional Sciences Vol 19 N° 10 Ocuber 2003 y Sociedad Americana de Nutrición Parenteral y Enteral – ASPEN 2002)y es un hecho conocido también , que en ellos la incidencia de complicaciones , estancia hospitalaria y costos comparada con la de pacientes bien nutridos es significativamente mayor.

La forma como dar soporte metabólico nutricional tanto enteral como Parenteral a pacientes que lo requieren conlleva el esfuerzo de equipos interdisciplinarios con conocimientos y competencias especiales, es por ello la importancia de contar con unidades o servicios especializados formados para tal fin que garanticen la optimización de los recursos del estado en establecimientos de mayor nivel y que a su vez estos sean centros de referencia para tal fin

Ello se enmarca dentro del esfuerzo de modernización y fortalecimiento del rol de conducción social y adecuación de la prestación de salud el Ministerio de Salud que viene impulsando el modelo de atención integral de salud con el fin de solucionar las necesidades de atención de la salud de la población, basado en principios; uno de ellos, el de Integralidad, referida a la continuidad de la atención, asistencial que debe existir entre establecimientos de salud de diferente capacidad resolutiva para procurar la atención de una persona sin limitantes, hasta la satisfacción de sus necesidades de salud

Esta norma contiene el marco normativo del funcionamientos de la Unidades o Servicios de Soporte nutricional, así como los lineamientos y requerimientos mínimos para garantizar la adecuada producción de nutrientes parenterales

Considerando que la implementación y mantenimiento de Centrales de preparación de formulas parenterales conlleva a una alta inversión se hace necesario su racionalización de recursos, en tal sentido debe establecerse Centros que permitan referencias el suministro de los preparados nuticionales y que reúnan las condiciones minimas de esta norma.

II. PROPÓSITO

Garantizar la óptima atención del paciente que requiere Terapia Nutricional y Metabólica en el Sector Salud

II. OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Establecer las normas para la organización, gestión, y administración de las Unidades o Servicios de Terapia Nutricional y Metabólica a nivel del Sector Salud

OBJETIVOS ESPECIFICOS

 Uniformizar criterios de manejo en Terapia nutricional y Metabólica (TNM).

 Brindar herramientas para el manejo adecuado de la Terapia nutricional y Metabólica (TNM).

 Promover la docencia, investigación y especialización en esta área

 Difundir el trabajo interdisciplinario bajo el concepto de trabajo en equipo

 Establecer lineamientos y directrices para el buen manejo de la Terapia nutricional y Metabólica (TNM).

 Establecer lineamientos para el funcionamiento de las Centrales de Preparación de Fórmulas Parenterales.

III. AMBITO DE APLICACION

La presente norma técnica es de aplicación nacional en todos los establecimientos de salud del sector público: Ministerio de Salud, Seguro Social de Salud ( EsSalud), Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales y, del sector privado, que cuenten con Unidades o Servicios de Terapia Nutricional y Metabólica.

IV. RESPONSABILIDAD

Son responsables de dar cumplimiento de la presente Norma los funcionarios de las siguientes instituciones del sector salud

 Ministerio de Salud

 Seguro Social de Salud (EsSalud)

 Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales

 Establecimientos de salud del sector privado.

V. BASE LEGAL

• Ley General de Salud N° 26842.

• Ley de Creación del Seguro Social de Salud (EsSalud) N° 27056

• Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y su

• Reglamento en el Decreto Supremo N° 009-97-SA.

• Ley N° 27604 que modifica los artículos N° 3 y N° 39 de la Ley N° 26842

• D.S. N° 016-2002-SA que reglamenta la Ley N° 27604

• R.M. N° 769-2004-MINSA. Categorías de establecimientos del Sector Salud

• R.M. N° 751-2004-MINSA Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los Establecimientos del Ministerio de Salud.

• R.M. N° 776-2004-MINSA. Norma técnica de la Historia Clínica de los establecimientos de salud del sector Publico y Privado.

• Decreto Supremo Nº 021-2001-SA que reglamenta la Ley N° 26842

• Decreto Supremo Nº 018-2001-SA del Control de calidad y suministro de información sobre medicamentos

• Resolución Ministerial N° 055-1999-SA/DM.- Norma Técnica de Buenas Prácticas de Manufactura

• Resolución Ministerial N° 585-1999-SA/DM.- Norma Técnica de Buenas Prácticas de Almacenamiento

• Resolución Ministerial N° 432-2001-SA/DM.- Norma registro de Regentes y Directores Técnicos

• Resolución Ministerial N° 434-2001-SA/DM.- Norma reporte de reacciones adversas

• Resolución Ministerial N° 1240-2004/MINSA.-Política Nacional de Medicamentos

• Resolución Ministerial N° 014-2002-SA.- Lineamientos de la Política del Sector Salud 2002-2012

VI. DEFINICIONES

 Terapia Nutricional (TN):

conjunto de procedimientos terapéuticos para modular, mantener y recuperar el estado metabólico nutricional del paciente por medio de la Nutrición enteral y parenteral.

 Unidad o Servicio de Terapia Nutricional y Metabólica.

Equipo formalmente y obligatoriamente constituido por médico, farmacéutico, enfermero, nutricionista, habilitados y con entrenamiento específico para la práctica de terapia nutricional y Metabólica.1

 Productos farmacéuticos

Todo producto farmacéutico constitutido por nutrientes enterales y parenterales con registro sanitario en el país.

 Central de Producción de Fórmulas Parenterales (CFP).

Área especialmente diseñada, con instalaciones y equipamientos específicos, para la producción (evaluación, preparación, etiquetado, almacenamiento, control de calidad, distribución) de mezclas para nutrición parenteral de forma que se encuentren listas para su utilización sin que requieran manipulación posterior, garantizando su composición, esterilidad, estabilidad, eficacia y atendiendo además las exigencias de la legislación y las buenas prácticas de preparación de Nutrición Parenteral.

 Nutrición Enteral

Se trata de una técnica de Soporte Nutricional mediante la cual los nutrientes son administrados directamente en la luz gástrica o en los tramos iniciales del intestino delgado, mediante sondas especiales. 2

 Formulas Enterales

Productos farmacéuticos, de composición química definida, para pacientes con indicación de terapia nutricional.

 Formulas Enterales Especializadas

Son productos farmacéuticos, de composición química definida, para pacientes con patologías especificas (Ej. Insuficiencia renal, diabético, inmunosuprimidos, etc.)

 Nutrición Parenteral

Se trata de una técnica de terapia nutricional y metabólica que consiste en la administración por vía intravenosa de los sustratos necesarios para mantener la supervivencia e incluso facilitar la reparación y el crecimiento tisular en aquellos pacientes que por diversas causas no pueden utilizar la vía digestiva, su administración puede ser periférica o central.3

 Sistema Cerrado

Recipiente (bolsas de nutrición parenteral) diseñado especialmente para contener la mezcla de nutrición parenteral en condiciones de estabilidad y esterilidad. Este concepto no es aplicable al denominado sistema de frascos paralelos, gemelos o secuenciales.

 Mezclas para Nutrición Parenteral (MNP)

Solución o emulsión compuestas de carbohidratos, Aminoácidos, lípidos, vitaminas y minerales, de acuerdo a sus requerimientos nutricionales, metabólicas y condiciones clínicas cambiantes, en forma personalizada. Preparada en la CFP, en forma estéril y apirógena acondicionada en sistemas cerrados destinada a la administración intravenosa de la terapia nutricional.1

VI. DISPOSICIONES GENERALES

ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES O SERVICIOS DE TERAPIA NUTRICIONAL Y METABOLICO

Objetivo general

Suministrar Terapia Nutricional y metabólica mediante productos farmacéuticos de calidad, eficacia y seguridad, en forma adecuada y oportuna, mediante un equipo interdisciplinario especializado en el área.

Objetivos especificos:

 Disminuir la morbimortalidad de los pacientes hospitalizados con compromiso de su estado metabólico y/o nutricional.

 Disminuir costos hospitalarios mediante el uso adecuado

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