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Normatividad Especies En Via De Extincion


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2013  •  2.343 Palabras (10 Páginas)  •  295 Visitas

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Contenido

pág.

Objetivo

4

Introducción

5

Marco teórico

6

Decreto 1608 de 1978 8

Ley 17 de 1981 8

Decreto 1401 de 1997 9

Resolución 17 de 1987 9

Ley 84 de 1984

10

Normas relacionadas con Fauna Silvestre

11

Primer plan retorno ambiental 2009

12

Conclusiones

16

Bibliografía

17

Objetivo

Mostrar la diferente normatividad que se encuentra en vigencia en la República de Colombia, en cuanto a fauna silvestre que se encuentre en peligro de extinción, normatividad que busca su conservación y preservación.

Introducción

El hombre sostiene con la naturaleza una relación peculiar.

Actualmente la civilización tiene la capacidad de destruir a sus competidores ya sea por medios naturales, intoxicación, moléculas sintéticas .esta actitud de guerra contra la naturaleza se imponen dos actitudes frente al uso de los ecosistemas demás recursos naturales, por un lado está su utilización sostenible y su conservación por otro su destrucción.

La tala indiscriminada de bosques ha llegado a los niveles más altos de la historia y la serranía de la macarena mas no ha sido ajena a esta problemática afectando animales nativos

Reduciendo cada vez sus hábitats y ecosistemas. La caza Indiscriminada de animales en vía de extinción ahora en Colombia no han sido totalmente prohibidas, y les falta fortalecer las leyes que protegerlos animales.

En la actualidad las especies se extinguen 250000 más rápido que hace cien años. Después del año 2000, el ritmo de extinción aumentará a varias especies por hora.

La desaparición de una sola planta hace desaparecer a 30 especies de consumidores que dependan de ella.

MARCO TEORICO

Son muchos los Estados que cuentan con una legislación protectora de los animales y entre ellos destacamos a Polonia, Suiza, Austria, Filipinas, Estados Unidos, Argentina, Perú, Puerto Rico, etc. La Ley 84 de 1989 que pretende reformar el proyecto de estatuto que comentamos, contempla sanciones tan irrisorias como multas de cinco mil ($5.000) a cincuenta mil pesos ($50.000) por conductas crueles contra los animales y sanción de multa máxima de quinientos mil pesos ($500.000.000) por el daño a las reservas naturales que afecte animales salvajes. La Constitución de 1991 quitó a las autoridades administrativas la potestad de imponer sanciones privativas de la libertad y desde entonces son muy pocos los casos de condenas por maltrato animal sin que ello implique que se hayan disminuido las agresiones y esto afecta sensiblemente a mas de 20 especies en peligro de extinción como el manatí, la ballena jorobada, el cóndor, el gavilán y varias clases de micos.

Los mataderos clandestinos presentan una serie de problemas por la crueldad e insensibilidad en que se incurre con los animales que se van a sacrificar y los animales de trabajo enfrentan innumerables maltratos por parte de sus dueños.

En Colombia, con anterioridad a la promulgación del código nacional de recursos naturales renovables y del medio ambiente decreto ley 2811/1974, un considerable número de normas fueron emitidas para ir limitando paulatinamente el aprovechamiento de las especies de fauna silvestre.

Con la expedición del código de recursos naturales renovables (decreto ley 2811/1974) se prevé de manera general el marco para la administración, protección, aprovechamiento y comercio de fauna silvestre .una protección adicional del recurso faunístico, al definir el sistema de parques nacionales entre cuyas finalidades se cuenta el mantenimiento de la diversidad biológica y establecida.

Adicionalmente se han venido dictando nuevas leyes en esta materia entre las cuales cabe destacar la ley 17/1981,

Por la cual se aprueba la ley de convención sobre el convenio internacional sobre especies amenazadas de fauna y la ley 84/1989 por la cual se adopta el estatuto nacional de protección de los animales.

Recientemente con la consagración de los derechos colectivos y en el ambiente en la constitución de /1991 ¨en el artículo 80¨y del desarrollo sostenible.

El ministerio del medio ambiente como ente rector de la gestión y los recursos naturales renovables tiene dentro de sus funciones la regulación de las condiciones generales y fijación de las normas para el buen uso.

Mediante la ley 99/1993, también se crean las corporaciones autónomas regionales, las cuales tienen por objeto las políticas, planes, programas y proyectos sobre el medio ambiente, y recursos naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre la administración manejo y aprovechamiento de los recursos naturales

El proyecto de Ley que nos ocupa, introduce varios capítulos nuevos al Estatuto anterior, vale decir la Ley 84 de 1989, como el que se contempla en el artículo 22 con un Capítulo XI que se llamará “ De la sanción penal “ Se estipula entonces que el Código Penal tendrá un artículo nuevo, el 331A sobre Conducta Contra los Animales, así:

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