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Ofrecimiento De Pruebas


Enviado por   •  18 de Julio de 2013  •  5.510 Palabras (23 Páginas)  •  600 Visitas

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AMADOR HERNÁNDEZ LUIS

VS

AURELIA ORTIZ ISLAS

JUICIO: ORDINARIO CIVIL

RESCISIÓN DE CONTRATO

EXPEDIENTE: 920/2006

SECRETARIA “B”

OFRECIMIENTO DE PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA

C. JUEZ VIGÉSIMO NOVENO DE LO CIVIL

EN EL DISTRITO FEDERAL

LUIS AMADOR HERNÁNDEZ, en mi carácter de ACTOR dentro del JUICIO PRINCIPAL y demandado en la RECONVENCIONAL, personalidad debidamente acreditada y reconocida en autos, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Encontrándome dentro del término concedido, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 290 del Código de Procedimientos Civiles vengo a ofrecer de mi parte las siguientes:

PRUEBAS

1.- LA CONFESIONAL, a cargo de la C. AURELIA ORTIZ ISLAS de manera personal no por conducto de apoderado legal, al tenor del Pliego de Posiciones que en su momento procesal oportuno exhibiré, previa la calificación que de legales realice su señoría, solicitando que por conducto de este H. Juzgado sea citada en el domicilio señalado en autos por parte de la absolvente, apercibiéndola que, para el caso de no comparecer sin justa causa se le declara confesa de todas y cada una de las posiciones que califique de legales su Usía.

Relaciono esta prueba con los hechos 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14 y 15 del escrito INICIAL DE DEMANDA, hechos I,II,III, y V de la contestación a la RECONVENCIÓN formulada, pretendiendo acreditar con la misma circunstancias de tiempo, modo y lugar en que la demandada en el principal obtuvo la posesión del local 472, ubicado en el pasillo 6, del Mercado Lagunilla Ropa y que con toda claridad refiero en el inicial, el incumplimiento de la demanda a la Cláusula II (dos romano) del contrato base de la acción y por ende la causal de procedencia a efecto que se declare la Rescisión del documento base de la acción, así como todas y cada una de las prestaciones reclamadas en mi escrito inicial de demanda, la realización por la demandada de obras de modificación de la forma original en que fue entregado el local comercial a efecto de comunicar el referido local 472 con los locales 473 y 474 del Mercado Lagunilla Ropa; así como todas y cada una de las Excepciones y Defensas formuladas por el suscrito al contestar la RECONVENCIÓN.

2.- LA DOCUMENTAL PUBLICA, consistente en el CONVENIO DE CESIÓN DE DERECHOS celebrado entre el suscrito y el C. JOEL ENCISO FILIO, de fecha trece de enero de dos mil tres, respecto de la cedula de empadronamiento reglamentario del local comercial número 472, pasillo 6, del Mercado de la Lagunilla Ropa, ubicado en calle Republica de Ecuador, numero 72 al 201, esquina con el Eje Vial 1 Norte, Colonia Centro, C.P. 16100, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, misma que fue exhibida en original adjunta al escrito inicial de demanda, conteniendo en el reverso de la misma ratificación de las partes que lo suscriben ante la Fe del Notario número cuarenta y dos del Distrito Federal Licenciado SALVADOR GODÍNEZ VIERA, de fecha dieciocho de octubre de dos mil seis, por lo que adquiere tal calidad en términos de lo dispuesto por el artículo 327 fracción I del Código de Procedimientos Civiles.

Probanza que relaciono con los hechos probanza que relaciono con los hechos 1,2,3 y 6 del escrito inicial de demanda, pretendiendo acreditar con la misma que, derivado de la suscripción de dicho instrumento cuenta con legitimación necesaria y suficiente para poder enajenar los derechos respectivos y que son necesarios para ejercer legalmente el comercio en el local comercial número 472, pasillo 6, del Mercado de la Lagunilla Ropa, ubicado en calle Republica de Ecuador, numero 72 al 201, esquina con el Eje Vial 1 Norte, Colonia Centro, C.P. 16100, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, así como todas y cada una de las Excepciones y defensas invocadas al contestar la RECONVENCIÓN.

3.- LA DOCUMENTAL PUBLICA, consistente en el ORIGINAL de la CEDULA DE EMPADRONAMIENTO REGLAMENTARIO de fecha nueve de cedula de dos mil uno, nombre del C. JOEL ENCISO FILIO, respecto del local comercial número 427, pasillo 6, del mercado de la Lagunilla Ropa, ubicado en calle Republica de Ecuador, numero 72 al 201 esquina con el Eje vial 1 Norte, colonia centro, C.P. 16100, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad y que adjunto al escrito inicial de demanda fue exhibida por el suscrito.

Probanza que relaciono con los hechos 1,2,3 y 5 del escrito inicial de demanda, pretendiendo acreditar con la misma que el suscrito, derivado de la suscripción de dicho instrumento cuenta con legitimación necesaria y suficiente para poder enajenar los derechos respectivos del comercial número 427, pasillo 6, del mercado de la Lagunilla Ropa, ubicado en calle Republica de Ecuador, numero 72 al 201 esquina con el Eje vial 1 Norte, colonia centro, C.P. 16100, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, así como todas y cada una de las Excepciones y defensas invocadas al contestar la RECONVENCIÓN.

4.- LA DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en el ORIGINAL del CONTRATO DE FECHA VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL CINCO, y que es el documento base de la acción de rescisión, celebrando entre el suscrito en mi carácter de VENDEDOR y la C. AURELIA ORTIZ ISLAS en su carácter de COMPRADORA, y mediante el cual el suscrito enajene a favor de la citada compradora, hoy demandada en el principal mis derechos correspondientes y que son necesarios para ejercer legalmente el comercio en el local comercial número 427, pasillo 6, del mercado de la Lagunilla Ropa, ubicado en calle Republica de Ecuador, numero 72 al 201 esquina con el Eje vial 1 Norte, colonia centro, C.P. 16100, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, Distrito Federal.

Probanza que se relaciona con los hechos 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14 y 15 del escrito UNCIAL DE DEMANDA, pretendiendo acreditar con la misma las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que la demandada en el principal obtuvo la posesión del local comercial número 427, pasillo 6, del mercado de la Lagunilla Ropa, y que con toda claridad refiero en el inicial; los derechos y obligaciones que los suscriptores del mismo adquirimos al celebrar dicho documento base de la acción, al cumplimiento de la demandada en el principal a la Cláusula II ( dos romano) del mismo; la causal de procedencia a efecto que se declare la RESCISIÓN del contrato con motivo del citado incumplimiento y por ende la condena

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