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Onapre y sus Funciones


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2014  •  1.065 Palabras (5 Páginas)  •  258 Visitas

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¿Que es la Onapre y sus Funciones?

La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de de del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 37.029, del 5 de septiembre de 2000).

Órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de de del Sector Público. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio de Finanzas. Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público. Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio de Planificación y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.

Funciones o Atribuciones de la Oficina

1.

Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.

2.

Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.

3.

Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio del Poder Popular para y Desarrollo, el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.

4.

Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes.

5.

Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda, proponer las correciones que considere necesarias

6.

Aprobar, conjuntamente con del Tesoro, la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.

7.

Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario.

8.

Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.

9.

Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.

10.

Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas.

11.

Informar al Ministro del Poder Popular para las Finanzas, con la periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del sector público.

12.

Las demás que le confiera la Ley.

Funciones

1. Asesorar al Jefe de la Oficina Nacional de Presupuesto y demás autoridades y dependencias de la misma, en todas aquellas materias de contenido jurídico; específicamente en materia presupuestaria, en cuanto a la aplicación de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y demás leyes y reglamentos que integran la legislación presupuestaria nacional, estadal y municipal.

2. Investigar, interpretar y analizar la doctrina y jurisprudencia nacional en materia presupuestaria.

3. Evacuar las consultas que le sean formuladas por los diversos organismos de la Administración Pública y público en general, en materia de interpretación y aplicación de las normas de índole presupuestaria.

4. Definir y evaluar permanentemente el marco jurídico-legal dentro del cual deben actuar las diferentes unidades organizativas de la Oficina.

5. Velar por la correcta aplicación del régimen jurídico vigente en los diferentes actos administrativos y técnicos que suscriba la Oficina.

6. Conocer y atender los asuntos que se susciten de la interpretación y aplicación de la Ley del Estatuto de la Función Pública, la Ley Orgánica del Trabajo y demás instrumentos normativos de carácter funcionarial y/o laboral, aplicables al personal que presta sus servicios en la Oficina.

7. Coordinar la elaboración y/o revisión de proyectos de leyes, reglamentos, providencias, instructivos y circulares que le encomiende el Jefe de la Oficina en materia presupuestaria.

8. Elaborar y revisar los proyectos de Contratos que deba suscribir el Jefe de la Oficina, bien sea en materia de servicios básicos, servicios personales y demás negociaciones en las cuales sea parte la Oficina Nacional de Presupuesto.

9. Elaborar y revisar todos los actos jurídicos que deba suscribir el Jefe de la Oficina.

10. Asesorar al Jefe de la Oficina en lo relacionado con la interposición de Recursos Administrativos; velando por su adecuado procesamiento y decisión, dentro de los lineamientos de interpretación y plazos legales establecidos.

11. Participar activamente en los comités, comisiones y demás grupos internos de trabajo, que se crearen para discutir o solventar cuestiones en materia presupuestaria o en otras materias en las cuales tenga injerencia la Oficina.

12. Participar, por instrucción del Jefe de la Oficina, en las reuniones técnicas legales celebradas con otros organismos públicos o privados, que se realizaren para discutir o solventar cuestiones en materia presupuestaria o en otras materias en las cuales tenga injerencia la Oficina.

13. Apoyar, asistir, coordinar y supervisar los lineamientos que unifiquen los criterios de interpretación jurídica en materia presupuestaria que se emitan mediante consultas formuladas o de oficio, por los diversos organismos del sector público o privado.

14. Llevar el archivo de consultas y sus correspondientes respuestas y crear un sistema de información apropiado para tal efecto.

15. Elaborar informes de gestión en materia presupuestaria y otras materias en general, a solicitud del Jefe de la Oficina.

16. Cualquier otra actividad cónsona con su naturaleza, que le sea asignada por la Jefatura de la Oficina dentro del ámbito de sus competencias.

saludos

Objetivo

Fijar criterios jurídicos en materia presupuestaria con aplicación a nivel nacional, que permitan el ejercicio de la rectoría que le atribuye la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público a la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), participando en la elaboración y desarrollo de los actos administrativos de carácter normativo o de efectos particulares, que corresponda suscribir al Jefe de la Oficina.

MISIÓN

Evaluar la ejecución del presupuesto y asesorar a la Presidencia de la República y a los Organismos sujetos a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP), en el sistema presupuestario, en su formulación, seguimiento, liquidación y en la evaluación de su ejecución física y financiera, así como en su consolidación anual

VISIÓN

La ONAPRE busca proyectarse como una Oficina que integre a su función de control de legalidad presupuestaria, la de seguimiento de la productividad y/o eficiencia del gasto público, y al mismo tiempo la excelencia en su servicio de asesoría mediante la innovación de sus procesos y el énfasis en la calidad de su recurso humano.

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