Origen De Nuestra Legislacion
ebridat5 de Octubre de 2012
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Origen en nuestra legislación.
Articulo 133.- ESTA CONSTITUCION, LAS LEYES DEL CONGRESO DE LA UNION QUE EMANEN DE ELLA Y TODOS LOS TRATADOS QUE ESTEN DE ACUERDO CON LA MISMA, CELEBRADOS Y QUE SE CELEBREN POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CON APROBACION DEL SENADO, SERAN LA LEY SUPREMA DE TODA LA UNION. LOS JUECES DE CADA ESTADO SE ARREGLARAN A DICHA CONSTITUCION, LEYES Y TRATADOS, A PESAR DE LAS DISPOSICIONES EN CONTRARIO QUE PUEDA HABER EN LAS CONSTITUCIONES O LEYES DE LOS ESTADOS.
Primeros Tratados Internacionales en México: 1948 la Declaración Universal y la Declaración Americana de Derechos Humanos; en los cuales expresan los derechos civiles y políticos de los ciudadanos
Jerarquía de los tratados Internacionales sobre las leyes nacionales; esta es otorgada solamente por la Constitución de cada Estado, en la cual reconocen el carácter jerárquico de los tratados, pactos o convenios internacionales.
Rangos: Supraconstitucional, constitucional, supra legal o legal
Supraconstitucional: Aquellos Estados que en su Constitución otorgan a los tratados internacionales prevalencia sobre la misma constitución: ejemplo Países Bajos (Articulo 63: “Si el desarrollo del orden jurídico lo requiere, un tratado puede derogar las disposiciones de la constitución¨. Y Guatemala (Articulo 46: “Los tratados y convenciones tienen preeminencia sobre el derecho interno únicamente en materia de derechos humanos)
Constitucional: Rango constitucional adquiriendo supremacía y rigidez propia de una constitución. Ejemplo: Perú (artículo 57: “Cuando el tratado afecte disposiciones Constitucionales debe ser aprobado por el mismo procedimiento que rige la constitución antes de ser ratificado por el presidente de la Republica”)
Supra legal: Las normas de derecho internacional tienen un valor superior a las normas de derecho interno, aunque no pueden modificar la constitución. México (articulo 133; por interpretación de la suprema corte de la justicia de la nación mediante la tesis jurisprudencial TRATADOS INTERNACINOALES. SE UBICAN JERARQUICAMENTE POR ENCIMA DE LAS LEYES FEDERALES Y EN UN SEGUNDO PLANO RESPECTO A LA CONSTITUCION.
Rango Legal: Conforme a este sistema los tratados internacionales tienen el mismo rango que la ley interna.
Principios Internacionales del Derecho Penal reconocidos por la Declaración Americana de Derechos Humanos y El Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos; son 4
La declaración Universal de los Derechos Humanos
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
La convención Americana sobre Derechos Humanos
Derechos desprendidos: Trato Adecuado, no ser aislado ni incomunicado, visita familiar, que la privación de libertad no sea arbitraria ni ilegal, saber los motivos de su detención, proceso justo y limpio, presunción de inocencia hasta que no se dicte sentencia.
Artículos que regulan los principios internacionales del derecho penal en las cuatro normas internacionales.
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Articulo 3º. Todo individuo tiene derecho a la vida, libertad y seguridad de su persona
Articulo 5º. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles inhumanos o degradantes.
Artículo 9º. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Articulo 10º. Toda persona tiene derecho, en condiciones de igualdad a ser oída públicamente y con justica en un tribunal imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones.
Articulo 11.1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras que no se pruebe su culpabilidad conforme a las leyes, en juicio público y se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
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