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PERSONAS JURIDICAS LUCRATIVAS Y NO LUCRATIVAS


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2021  •  Ensayos  •  6.585 Palabras (27 Páginas)  •  252 Visitas

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  1. INTRODUCCIÓN  [pic 13]

¿Sabes quiénes son personas jurídicas?, ¿Conoces las diferencias entre persona jurídica y persona natural?, ¿Cuál es su clasificación de las personas jurídicas? Claramente las personas jurídicas, morales, sociales, colectivas, ficticias o abstractas son entonces agrupaciones de personas individuales vinculadas para la realización de determinados fines (económicos, culturales, políticos religiosos, educativos, etc.), a las que el ordenamiento jurídico reconoce, les otorga personalidad jurídica, las faculta para que tengan un patrimonio destinado precisamente a la realización de dichos fines, convirtiéndolas en sujetos de derecho y obligaciones. Sin embargo, la persona natural comienza con el nacimiento, es decir cuando el ser humano se desprende del vientre materno siendo un nuevo ser viviente, también ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. 

La Clasificación de las personas jurídicas se divide en dos el Derecho público que se materializa con su ley de creación que se pueden distinguir entre persona jurídica de Derecho público interno y externo. Por otro lado, el Derecho privado que depende de acuerdo con la declaración de voluntad a través de actos jurídicos que se diferencian en dos: personas jurídicas de Derecho privado con fines de Lucro y personas de Derecho privado sin fines de lucro. En el contenido posterior trataremos sobre el concepto de persona jurídica, la diferencia entre una persona jurídica y una persona natural y la clasificación de las personas jurídicas en especial las personas jurídicas con fines lucrativos y las personas jurídicas sin fines lucrativos.  

  1. PERSONA JURIDICA  

Una persona jurídica es cualquier entidad que tiene la capacidad de adquirir derechos y obligaciones, para lograr sus objetivos para los fines para los que fue creada. No obstante, la existencia, capacidad, sistema, derechos, obligaciones y fines de la persona jurídica se determinan de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley o en las leyes pertinentes. La entidad legal del common law se rige por la ley que la creó. La validez de una persona jurídica privada comienza en la fecha de asociación con el registro correspondiente, a menos que la ley disponga lo contrario.

La efectividad de las acciones tomadas en nombre de la entidad legal antes del registro está sujeta a este requisito y debe ser aprobada dentro de los tres meses posteriores al registro. 

 

Si la persona jurídica no se construye o no se ratifican los actos realizados en nombre de ella, quienes los hubieran celebrado son ilimitada y solidariamente responsable frente a terceros (art. 77 Código Civil).  

Se entiende por persona jurídica o persona moral aquello que este sujeto de derecho y obligaciones que existe físicamente pero no como individuo humano sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un papel. Junto a las personas físicas existen las personas jurídicas y el Derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia, por consiguiente, se da la capacidad para actuar como sujeto de derecho, que es la capacidad de adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercitar acciones judiciales. Es decir que en la constitución de personas jurídicas están formadas por personas jurídicas que responden a terceros con un patrimonio propio y no con el patrimonio de cada uno, salvo a algunas excepciones impuestas por la ley o en las leyes especiales. 

Una excepción que hace la ley es que se podrá demandar por el total de deuda y para que respondan con la totalidad de su patrimonio personal, a los socios, asociados o miembros controlantes de una sociedad que obraron persiguiendo fines ajenos a la persona jurídica, o que utilizaron como vía para vulnerar la ley, el orden público o la buena fe, o para frustrar derechos de terceras personas (art. 144 Código Civil y Comercial) 

El Derecho considera como persona jurídica a ciertas agrupaciones de individuos que tienen determinados fines, para lo cual las reconoce y les otorga personalidad jurídica. Sin embargo, los fines que se proponen estas agrupaciones son de diferentes naturalezas como, las sociedades civiles, mercantiles, las corporaciones, las fundaciones, las cooperativas, los partidos políticos, etc.  

Algunos diccionarios jurídicos conceptualizan a la persona jurídica como “ciertas entidades, (normalmente de personas) a las cuales el derecho considera como una sola entidad para que actúe como tal en vida jurídica. 

 

DIFERENCIA ENTRE PERSONA JURÍDICA Y NATURAL 

La persona Natural adquiere la calidad de comerciante para desarrollar en forma profesional una actividad mercantil, actúa siempre con su nombre personal, y tiene la posibilidad de usar un nombre diferente al registrar el establecimiento de comercio, se ejerce por sí misma, se identifica con su número de cédula  y su DNI; por último, responde con la totalidad de su patrimonio, que puede estar conformado con la totalidad de sus bienes de la empresa, personales y de su familia. 

La persona jurídica al ser constituida adquiere la capacidad para actuar como sujeto de derecho, que es la capacidad de adquirir y poseer bienes de todas clases, además, es una ente entre diferentes socios, tiene su propio nombre y debe actuar como tal, sin necesidad de identificar a las personas que la conforman, es decir; a través de su representante legal para contraer obligaciones como también, ejecutar actos propios empresariales, se identifica con el certificado de existencia y la representación legal y el RUC que empieza con “20” . Finalmente, la persona jurídica posee su propio patrimonio, el cual es diferente del patrimonio de los socios; por lo tanto, para el cumplimiento de las obligaciones primero se requiere a la sociedad, a fin de que responda y cumpla con su patrimonio y en su defecto a los socios. 

Ventajas de ser una persona Natural: 

Primero la organización es mucho muy rápido y sencilla y no requiere de mucha documentación, por otro lado, no se necesita de mucha inversión, solo un pequeño capital, así mismo el organismo de administración tributaria no obliga a que muestren o lleven documentos contables y la responsabilidad y administración del negocio dolo recae en la misma persona, otra ventaja es poder replantear el necio sin inconvenientes en caso de que este no tiene los resultados que se esperaba.  

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