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PROMOVER DEMANDA LABORAL DE COBRO DE GUARANIES POR DESPIDO INJUSTIFICADO


Enviado por   •  9 de Mayo de 2017  •  Ensayos  •  1.797 Palabras (8 Páginas)  •  1.649 Visitas

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OBJETO: PROMOVER DEMANDA LABORAL DE COBRO DE GUARANIES POR DESPIDO INJUSTIFICADO.

SEÑOR/A JUEZ/A EN LO LABORAL:

Jose Gonzalez  con matrícula de la C.S.J. Nº 15.600, en representación de la señor JUAN PABLO VELAZQUEZ, conforme al Poder testimonio que adjunto en este acto, con domicilio real en en Gral. Aquino Nº 1511 c/ mayor Bolio de la ciudad de Asunción,  a V.S., muy respetuosamente digo: -

QUE, por el presente escrito, cumpliendo precisas instrucciones de mi mandante, vengo ante V.S., a presentar DEMANDA LABORAL S/ COBRO DE GUARANÍES EN DIVERSOS CONCEPTOS en contra de EMPRESA DE TRANSPORTE NASA SRL; y/o Juan Pérez o         quien resultare responsable de la empresa mencionada en domicilio en 36 Proyectadas C/ San Pedro en base a las consideraciones de hechos y derechos que paso a exponer. 

HECHOS

ANTIGÜEDAD: Mi mandante fue contratado en forma verbal por la empresa NASA SRL en fecha 22 de febrero de 2008 no firmo con la misma ningún contrato pero si en el momento de ser contratado ha firmado un papel en blanco, estampando su firma luego de dejar un espacio considerable, está fue la condición impuesta por la patronal para poder acceder al trabajo , condición que fue aceptada en ese momento debido a la necesidad que tenía de trabajar para hacer frente a sus obligaciones.

TRABAJO REALIZADO: Mi mandante se desempeñaba como chofer de el tramo Asunción-Paraguari en horarios diferenciados, realizaba como mínimo dos redondos al día, a veces más, percibiendo mensualmente la suma de UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA MIL GUARANÍES o UN MILLON QUINIENTOS MIL GUIARANIES, dependiendo de la cantidad de redondos que hacía.

HORARIO: Cumplía horario desde las 4:00 hs hasta las 23:00 hs. en forma rotativa incluyendo sábados y domingos, trabajaba domingos de por medio.

SALARIO: Percibía 51.538 Gs. por día lo cual representaba 1.340.000 Gs. por mes y a veces 1.500.000 Gs. dependiendo de la cantidad de redondos que hacia al mes.

RELACIÓN DE LOS HECHOS: Mi mandante venía trabajando normalmente, hasta que el día 13 de julio del 2012, se presentó como de costumbre ante el Jefe de Personal a retirar el horario que se le tenía asignado para el día, pero este le manifestó que previamente debería hablas con el patrón, ante esta circunstancia llamó a la casa del mismo donde fue atendido por la esposa del mismo, a quien le manifestó el motivo de su llamada y ésta le autorizó que continuara trabajando y que al volver su esposo le estaría comunicando la situación que mí mandante le planteara. El día martes 17 se presentó a su trabajo a la hora habitual , pero no pudo trabajar porque el colectivo que se le asignara estaba sin cubiertas, el día 18 volvió nuevamente a su lugar del trabajo en el horario habitual, retiró su horario del día, llegó a hacer dos redondos, luego el Jefe de Personal le bloqueó el horario, ya no le permitió trabajar y le manifestó que en adelante ya no podría hacerlo con ningún colectivo de la empresa y le invitó a que volviera al día siguiente para hablar de su situación laboral; así lo tuvo durante varios días, prometiéndole que en cualquier momento se trataría su problema, así pasaron los días sin que mi mandante recibiera ninguna respuesta categórica, solo le daban respuesta de solución favorables para el, hasta el día 28 de julio del  2012 le comunico que estaba despedido y que ponía a su disposición la suma de Guaraníes UN MILLON (1.000.000 Gs) y su certificado de trabajo.

Desde ese momento mi mandante se consideró despedido y recurrió al Ministerio de Justicia y Trabajo a denunciar el hecho y reclamó sus derechos porque consideraba que el despido fue sin causa justificada. La orden de denuncia lleva el N° 137.987/12, la patronal fue legalmente notificada de la audiencia que se fijara a las partes para el día 4 de agosto del corriente año, a la misma no compareció ningún representante de la Empresa, como V.S. podrá comprobar con la copia del acta librada en dicha oficina que se adjunta, fracasada la instancia de mediación no le queda a mi mandante más que esta vía para hacer efectivo sus derechos. Por ellos ante la actitud ingrata asumida por la firma empleadora y para precautelar los derechos que le confiere la ley laboral vigente no tuvo otra alternativa que recurrir ante los estrados judiciales amparado e invocando los arts. 3°, 4°, 5°, 6° y 7° de C.T. ampliamente favorables para los trabajadores. Es así que la patronal en forma drástica le deja a mi mandante prácticamente en la calle sin motivo alguno y sin ninguna indemnización en abierta contradicción a lo dispuesto en el art. 3° del CT. QUE DISPONE: “NADIE PODRÁ SER PRIVADO DEL PRODUCTO D ESU TRABAJO, SINO POR RESOLUCIÓN DE AUTORIDAD COMPETENTE FUNDADA EN LA LEY…”  

LIQUIDACIÓN DE LA COSA DEMANDADA:

SUELDO 1.340.000 Gs. como mínimo. Antigüedad: 4 años 5 meses

  1. Indemnización art. 91 CT…………………………………Gs. 3.865.350
  2. Pre Aviso art. 87 45 días…………………………………. Gs. 2.319.210
  3. Aguinaldo Proporcional 2012…………………………….. Gs. 665.700
  4. Vacaciones art 218, art 221 12 días habiles……………. Gs, 309.223
  5. Indemnización complementaria…………………………… Gs. 8.040.000
  6. Indemnización compensatoria 20%................................... Gs. 3.039.000

TOTAL RECLAMADO:                Gs. 18.238.488

Son guaraníes Diez y ocho millones doscientos treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta y ocho.

DERECHOS:

Se funda la presente demanda en las disposiciones de los arts. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 13, 18, 19, 28, 39, 48, 50, 62, 71- 74, 76 y 67 inc.”H”, 82 ULTIMA PARTE 84, 87,91, 92, 96, 97, 102, 194, 195, 214, 216-219, 221, 228, 243, 244 del CT 114, 115, 233 del CPT y concordantes con la Doctrina Nacional y Extranjera, en los usos y costumbres.

PRUEBAS IINSTRUMENTALES

Ofrezco como prueba instrumental todos los documentos que se acompañan en la presente demanda, así como el emplazamiento al empleador para que en el plazo de tres días presente al Juzgado los libros y documentos de tenencia obligatoria a todo empleador, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 161 de CPT.

Asi mismo solicito se libre oficio al Departamento del Trabajo del MJF solicitando las compulsas del expediente según orden de denuncia N° 137.987/12.

PETICIONES.

RECONOCER mi personería en carácter de invocado y constituido mi domicilio en el lugar señalado.-

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