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DEMANDA LABORAL ORDINARIA DE PRIMERA INSTANCIA EN VIRTUD DE DESPIDO INJUSTIFICADO


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2016  •  Trabajos  •  2.003 Palabras (9 Páginas)  •  2.010 Visitas

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DEMANDA LABORAL ORDINARIA DE PRIMERA INSTANCIA EN VIRTUD DE DESPIDO INJUSTIFICADO.- SE ORDENE PAGO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES LABORALES Y PAGO DEL REAJUSTE DE SALARIO MINIMO.- SALARIOS CAIDOS.- COSTAS DEL JUICIO.- TRAMITE.- PODER.-

Juzgado de Letras de Trabajo de San Pedro Sula, Cortes.-

YO, MAVIS CAROLINA GARCIA PEREZ, mayor de edad, soltera, hondureña, con número de identidad 0318-1993-00293, con dirección exacta en Colonia Jardines del Valle, segunda etapa, segunda calle, San Pedro Sula, Cortés, con teléfono móvil 3216-9378 y 3281-1821, no cuento con número de fax, ni correo electrónico u otro medio por donde pueda recibir comunicaciones judiciales; Con todo respeto comparezco ante usted su Señoría a promover DEMANDA LABORAL ORDINARIA DE PRIMERA INSTANCIA EN VIRTUD DE DESPIDO INJUSTIFICADO en contra de la Empresa TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., a través de su representante legal el señor ROBERTO CRUZ, quien es mayor de edad, hondureño, cuyo domicilio desconozco lo cual ratifico bajo juramento, pero afirmo que para efectos de la citación y emplazamiento se le puede encontrar en la oficina de la Empresa demandada cuyo domicilio es Colonia Altiplano, Boulevard del Sur, contiguo a Excel Automotriz, con teléfono 2564-0200, para que previo los trámites legales, mediante sentencia sea obligado a cumplir con el pago de mis prestaciones e indemnizaciones laborales que por ley me corresponden como ser  Vacaciones Proporcionales, Décimo tercer mes y Décimo cuarto mes  proporcional, Preaviso, Auxilio de Cesantía Proporcional, Reajuste del Salario Mínimo, Salarios Caídos y Costas del Juicio. Fundamento la presente demanda en los hechos, omisiones y consideraciones legales siguientes:

LO QUE SE DEMANDA.-

Demando y pido que se condene La Empresa TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., a través de su representante legal el señor ROBERTO CRUZ, a pagarme mis prestaciones e indemnizaciones laborales que por ley me corresponden como ser Vacaciones Proporcionales, Décimo tercer mes y Décimo cuarto mes  proporcional, Preaviso, Auxilio de Cesantía Proporcional, Reajuste del Salario Mínimo, Salarios Caídos y Costas del Juicio.

HECHOS Y OMISIONES.-

PRIMERO: Resulta su Señoría que inicie la relación laboral en fecha veinte y uno de Febrero del 2015 con La Empresa TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., como Ejecutiva de Ventas, en una jornada de 10:00 am a 8:00 pm de Lunes a Sábado, devengando un salario mensual de CINCO MIL QUINIENTOS LEMPIRAS (L.5,500.00) mas bonificaciones por venta, como lo haré constar con la constancia de trabajo y los estados de cuenta del Banco Bac Credomatic.

SEGUNDO: Resulta que la empresa decidió INJUSTIFICADAMENTE despedirme en fecha diez y siete de Julio del 2015, comunicación que recibí a través de una carta de despido de parte del área de Recursos Humanos con firma del señor Erick Paredes Cuellar en la cual no se detallaba causa alguna del despido, lo cual probaré con la carta de despido. Cabe mencionar que dicha comunicación la recibí la misma fecha en que la empresa decidió unilateralmente dar por terminada nuestra relación laboral por lo cual no tuve el PREAVISO que por ley tengo derecho a recibir según el artículo 116 del código de trabajo que literalmente dice: “SI EL CONTRATO ES POR TIEMPO INDETERMINADO CUALQUIERA DE LAS PARTES PUEDE HACERLO TERMINAR DANDO A LA OTRA UN PREAVISO.” 

TERCERO: Con tal acción la Empresa ha afectado y menoscabado mis derechos como trabajador sin embargo en fecha veinte y cuatro de Agosto del 2015 en busca de un arreglo acudí a la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social para citar legalmente al señor Erick Paredes Cuellar en su condición de Gerente de Recursos Humanos de La Empresa TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., quien fue citado para el día Jueves, veinte y siete de Agosto del 2015 a las 3:00 pm, quien asistió y presentó un arreglo basado en un cálculo de prestaciones laborales por un valor de diez y siete mil seiscientos cincuenta y ocho lempiras con sesenta y tres centavos (L. 17,658.63), comprometiéndose a pagarlo inmediatamente, como lo haré constar con la hoja de cálculo de prestaciones extendida por La EMPRESA TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V.

 CUARTO: Debido al incumplimiento asistí nuevamente en fecha veinte y siete de Agosto del 2015 a la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social para citar legalmente al señor Erick Paredes Cuellar en su condición de Gerente de Recursos Humanos de La EMPRESA TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., quien fue citado para el día Martes, uno de Septiembre del 2015 a las 9:00 am, quien no asistió y lo mismo ocurrió en fecha cuatro de Septiembre del 2015. Es así su Señoría que en esa fecha, cuatro de Septiembre del 2015 la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social me extendió el ACTA DE CIERRE DE LAS DILIGENCIAS ADMINISTRATIVAS CONCILIATORIAS POR LA NO COMPARECENCIA DE LA PARTE REQUERIDA. Razón por la cual recurro a este Juzgado en solicitud de justicia ya que La EMPRESA TOPCELL HONUDRAS S.A. DE C.V. ha violentado mi derecho Constitucional al Trabajo al no establecer una de las causas del artículo 111 del Código de Trabajo para dar por terminado el contrato de trabajo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.-

Fundó la presente Demanda en los Artículos: 1 y demás aplicables de la Ley de Organización y Atribución de los Tribunales, 80, 127, 129 y demás aplicables de la Constitución De La República, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 18, 19, 20, 21, 25, 27, 47, 49, 52, 111,  116, 117, 120, 123, 126, 345, 664, 665, 666, 690,  703, 704, 705, 706, 708, 712, ,717, 718, 719, 720, 721, 722, 723, 724, 725, 726, 727, 728, 729, 730, 731, 732, 733, 734, 735, 736, 737, 738, 739, 752, 755, 756, 757, 758, 759, 858, y demás aplicables del Código del Trabajo. En relación con este último con el 81, 251 y demás aplicables del Código Procesal Civil vigente.                                                                        

RELACIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA.-

En el presente juicio haré uso de los siguientes medios de prueba:

  • Documentos Públicos consistentes en:
  1. Convocatoria para Audiencia de Conciliación emitida por la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL en fecha 24 de Agosto del 2015.
  2. Convocatoria para Audiencia de Conciliación emitida por la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL en fecha 27 de Agosto del 2015.
  3. Convocatoria para Audiencia de Conciliación emitida por la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL en fecha 01 de Septiembre del 2015.
  4. Acta de Cierre de las Diligencias Administrativas Conciliatorias por la No Comparecencia de la Parte Requerida emitida por la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL en fecha 04 de Septiembre del 2015.
  5. CALCULO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES LABORALES emitida por la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL en fecha 24 de Agosto del 2015.

  • Documentos Privados consistentes en:
  1. CONSTANCIA DE TRABAJO emitida por la empresa demandada.
  2. ESTADO DE CUENTA emitido por BAC CREDOMATIC.
  3. CARTA DE DESPIDO emitida por la empresa demandada.
  4. CALCULO DE PRESTACIONES LABORALES emitido por la empresa demandada.

CUANTÍA DE LA DEMANDA.-

La cuantía de la Demanda es de veinte y tres mil setecientos tres lempiras con treinta y siete centavos (L. 23,703.37).

PETICIÓN.-

Por lo anteriormente expuesto, a la señora Juez con el debido respeto pido:

  1. Admitir la presente demanda junto con su copia simple y los documentos que se acompañan debidamente autenticados, ordenar citar y emplazar al señor ROBERTO CRUZ, en su condición de representante legal de La EMPRESA TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., a fin de que contesten la presente demanda, caso contrario de no contestar se le declare en contumacia; o si

contestándola no se allana a la misma, señalar la Audiencia de Conciliación del caso y si esta fracasa, señalar las respectivas audiencias de Tramite necesarias hasta dictar Sentencia Definitiva declarando CON LUGAR la presente demanda condenando a La EMPRESA TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., a través de su representante legal el señor ROBERTO CRUZ, a que me pague mis prestaciones e indemnizaciones laborales que por ley me corresponden como ser  Vacaciones Proporcionales, Décimo tercer mes y Décimo cuarto mes  proporcional, Preaviso, Auxilio de Cesantía Proporcional, Reajuste del Salario Mínimo, Salarios Caídos y Costas del Juicio; notificar al señor Procurador Regional del Trabajo la presente demanda contra la EMPRESA TOPCELL HONDURAS S.A. DE C.V., en cumplimiento a lo señalado en el Código del Trabajo, todo de conformidad a Derecho.

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