ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Patria Potestad. Derechos Y Obligaciones Entre Padres E Hijos

RISUSURUSíntesis28 de Marzo de 2017

781 Palabras (4 Páginas)470 Visitas

Página 1 de 4

[pic 1]

UNIVERSIDAD CRISTIANA DE HONDURAS

FACULTAD DE DERECHO

ASIGNATURA: Derecho de Familia

CATEDRATICO: Abg. Alex German Flores

TEMA: Patria Potestad (Síntesis)

ALUMNA: Rita Suselle Suazo Rubio

UNIDAD: Segunda

CUENTA: 21603010020

PERIODO: Primer periodo académico

LUGAR Y FECHA: Comayagua, Comayagua 22/03/2017

LA PATRIA POTESTAD

Derechos Y Obligaciones Entre Padres E Hijos

 Aquí se nos explica la Diversidad de efectos de la filiación: la filiación produce dos clases de efectos, unos se refieren a las relaciones personales de los padres e hijos y los otros conciernen a las relaciones patrimoniales y la representación de los hijos

Tal distinción se basa en la diferencia que estableció el legislador, entre autoridad paterna y patria potestad, dándole en la primera igual participación a la madre y al padre, y atribuyendo la segunda exclusivamente al padre y solo en defecto de este, a la madre.

Efectos personales de la filiación. Deberes de los Hijos para con los Padres

Según nuestro código civil estos deberes son:

  • Deber de respeto y obediencia
  • Deber de socorro

Deber de Respeto y Obediencia: Dice el Art. 219 “Los hijos legítimos deben respeto y obediencia a su padre y a su madre; pero estarán especialmente sometidos a su padre” esta disposición esta tácticamente reformada por el Art. 190 C.F “los padres y los hijos de deben respeto y consideración mutuos, los hijos sujetos a la patria potestad deben obediencia a sus padres”

Deber de Socorro Este deber llamado también asistencia esta contemplado en el art. 220 C.C “aunque la emancipación de al hijo el derecho de obrar independientemente, queda siempre obligado a cuidar de sus padres en su ancianidad, en el estado de demencia, y en todas circunstancias de la vida en que necesitaren sus auxilios”

Efectos de los padres para con los hijos

Estos deberes son tres:

  1. Crianza
  2. Educación
  3. Establecimiento

Deber de Crianza: durante la vida normal del matrimonio o de la unión de hecho, toca de consumo a los padres, o al padre o a la madre sobreviviente, el cuidado personal de la crianza y la educación de los hijos.

Deber de Educación: cuando el art. 222 dice “toca de consumo a los padres, o al padre o a la madre sobreviviente, el cuidado personal de la crianza y la educación de los hijos.” Está tomando el término educación en sentido amplio que comprende el desarrollo de las facultades intelectuales, físicas y morales, el espíritu cívico y el sentido artístico de la persona

Deber de establecimiento: este deber de los padres para con los hijos consiste en  suministrarle los instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión

Derechos de los Padres Respecto a sus Hijos

Conforme al código civil estos derechos son cuatro:

  1. Derecho de Corrección y castigo
  2. Derecho de Elegir el futuro del hijo
  3. Derecho a elegir la profesión futura del hijo
  4. Derecho de dirigir la educación de los hijos

Patria Potestad en representación y administración de bienes

En este capítulo tiene como objeto los derechos que se refiere a los bienes ose a derechos de representación, usufructo y administración de sus bienes y las personas que ejercen estos derechos son a ambos padre conjuntamente. Y solo lo ejercerá uno de ellos cuando se le confiera la patria potestad en resolución judicial y si los padres fueran menores de edad los los derechos de representación de sus bienes lo ejercerán la persona que tuviera la patria potestad o la tutela. Estos derechos también los tiene el derecho de usufructo sobre los bienes del adoptado.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb) pdf (122 Kb) docx (125 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com