Preambulo De La Constitrucion
nadie96031 de Abril de 2014
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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
PREAMBULO
“El pueblo de Colombia,
en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente:
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA”
EXPLICACION.- El preámbulo enumera los siguientes fines (metas a alcanzar) con la vigencia de la Constitución Política de 1991: Fortalecer la unidad de la Nación, asegurar a los integrantes de la nación colombiana los bienes de la vida, la libertad, la convivencia, el trabajo la justicia, la igualdad, el conocimiento y la paz. Para lograr tales loables propósitos creyó el constituyente que era menester establecer una estructura adecuada para el efecto y para ello refiere que para alcanzarlos requería de un marco jurídico, democrático y participativo, pues con él garantizaría que el nuevo orden fuese política, económica y socialmente justo.
Otro de los fines, un poco diferente por su especificidad, es el compromiso de trabajo por la unidad latinoamericana.
Los fines o metas a alcanzar, dijimos, se encaminan de acuerdo con el preámbulo, que en la enumeración de fines por conseguir, podría servir como diagnóstico de la situación vivida por la república y que la llevó, entre otras muchas causas, a realizar un cambio en la normativa superior mediante la tentativa de refundación del Estado.
En el Título primero de la Carta Política de 1991 esos fines mencionados se van a ver reflejados a través de desarrollos importantes y van en forma de principios a sentar los cimientos sobre los cuales se establecerá el Estado Colombiano. Este título consta de 10 artículos y sus contenidos deben informar en adelante toda la preceptiva constitucional. Sea ocuparse de ellos
“TITULO I. DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
ARTICULO 1o. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
ARTICULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
ARTICULO 3o. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.
ARTICULO 4o. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.
ARTICULO 5o. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.
ARTICULO 6o. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.
ARTICULO 7o. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
ARTICULO 8o. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
ARTICULO 9o. Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia.
De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe.
ARTICULO 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.”
EXPLICACION.- Principios fundamentales de la Constitución Política de 1991
El artículo primero establece el tipo de Estado que es Colombia. De manera textual el artículo reza:
"Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general". De acuerdo con el primer artículo de la Carta, Colombia está fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que integran la nación y en la prevalencia del interés general.
Lo expresado implica colocar la dignidad humana en el centro, como cimiento de la república es reconocerle al ser humano su categoría como fin en sí mismo, como fundamento del Estado y la sociedad y ello debe tener como consecuencia su valoración especial, que se acompaña de la garantía de los derechos de muchos órdenes, en una concepción integral del ser humano.
La filosofía se ha ocupado del problema de la dignidad humana. En l actualidad reconocemos como valiosos los aportes de Enmanuel Kant al respecto. No obstante otras teorías guardan alguna vigencia hoy. La idea de tener dignidad por haber sido hechos a imagen de dios, la idea del hombre como el ser racional por excelencia y como centro del mundo, son muestras de estas posiciones. Puede pensarse también que el ser humano, que cada ser humano por existir es digno, es decir que lo es per - se, que lo es a priori. La sola idea de la existencia explicaría y contendría el propio valor del ser humano, que no obstante como ser social debe dar desarrollo a la misma. La exigencia constitucional amerita que ese reconocimiento del valor del ser humano tenga implicaciones concretas en su trato, en su consideración. En este sentido la realización de los derechos es la vía para mantener ese valor, esa calidad que le asiste por la sola existencia. La dignidad se establece como resultado del reconocimiento mínimo de derechos y garantías.
El trabajo
El trabajo es otro de los fundamentos de la república de Colombia. El trabajo, sea decirlo de una vez, es también un derecho, una obligación y un fin del Estado. El trabajo es el medio adecuado para que los seres humanos mantengan su dignidad en los núcleos de su desarrollo. Consiste en la ocupación de la fuerza para adquirir por medios lícitos la subsistencia propia y del núcleo al que se pertenece. Con el derecho a la vida existen aquellos derechos necesarios para desarrollarla y entre ellos con sus garantías se incluye el derecho al trabajo que es un medio, en este sentido.
La solidaridad
La idea de la solidaridad es una idea democrática. Se da entre los que son iguales, entre los que están en un tipo de relación no jerarquizada. Proviene de la idea de la igualdad, quizás también de la idea de la hermandad, hermandad que es fraternidad. La revolución Francesa, como hito, enarboló este tipo de igualdad, que luego se refrendó en la revolución rusa, donde la idea de la igualdad llegó a su culmen. No basta con la declaración de derechos, hay que garantizarlos. La idea implica una responsabilidad de orden social: los que tienen colaboran con los que no tienen, pero hacerlo es una obligación y no una mera facultad. La idea se diferencia de aquella de la caridad, por el fin, el significado y el tipo de relación en que se presenta. Así la caridad se presenta entre desiguales, se hace no en consideración al otro sino para ganar indulgencias, cultivar el espacio en la vida ultraterrena. La solidaridad se presenta entre iguales, tienen en consideración al otro por su condición y no para ganar diferentes prebendas aquí o allá. La caridad es de orden religioso y la solidaridad de orden cívico.
Los fines que cumple el estado son fines solidarios y ello se manifiesta en la función social del Estado que aparece en los artículos 365 y 366 de la propia Carta. Se implica el compromiso social ya no de todos los seres humanos únicamente, sino de estos y todas las personas que en ejercicio de sus derechos puedan los hombres crear. La solidaridad aparece incluida en el desarrollo de los derechos que llamamos de segunda generación; v. g. Respecto de la seguridad social, de la salud. La solidaridad también aparece en
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