ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Presentacion


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2013  •  2.510 Palabras (11 Páginas)  •  193 Visitas

Página 1 de 11

LEY 99 DE 1993

(Diciembre 22)

Reglamentado por el Decreto Nacional 1713 de 2002, Reglamentada por el Decreto Nacional 4688 de 2005, Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 3600 de 2007, Reglamentada por el Decreto Nacional 2372 de 2010

Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.

TITULO VII

DE LAS RENTAS DE LAS CORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES

En este título se abordan 7 artículos que van desde el articulo 42 hasta el artículo 48.

En este título se desarrolla los parámetros generales para el manejo de las rentas de las corporaciones autónomas regionales,

El primer artículo con él se comienza este título es el de las tasas retributivas y compensatorias, donde se estipula que todo comportamiento o actividad humana que afecte o induzca cambios en la atmosfera, el agua, la tierra y demás componentes del ambiente, y así sean actividades lucrativas o no, estarán en la obligación de sujetarse al pago de tasas retributivas debido al mal uso del ambiente. También se podrán fijar las tasas por el uso de los recursos renovables.

Para el pago de estas tasas retributivas se guiaran en los aspectos de la definición de costos y beneficios, y según el sistema establecido se aplicaran estos cobros con las siguientes reglas, 1. Incluirá el valor de depreciación del recurso, 2. El ministerio del medio ambiente determinara anualmente las bases sobre las cuales se hará el cálculo de la depreciación, 3. El cálculo de la depreciación incluirá la evaluación económica de los daños sociales y ambientales causadas por determinada actividad, 4. Este será el cálculo total de costos obtenidos para hacer las tasas retributivas.

Después de mirar el conjunto de reglas que se aplicaran para el cobro de las tasas retributivas, ahora se mira el método con el cual se guiaran para el respectivo cobro: A. a cada factor que incida en la determinación de una tasa, se le definirán las variables cuantitativas que permitan la medición del daño, B. Cada factor y sus variables deberá tener un coeficiente que permita ponderar su peso en el conjunto de los factores y variables considerados, C. Los coeficientes se calcularán teniendo en cuenta la diversidad de las regiones, la disponibilidad de los recursos, su capacidad de asimilación, los agentes contaminantes involucrados, las condiciones socioeconómicas de la población afectada y el costo de oportunidad del recurso de que se trate, D. Los factores, variables y coeficientes así determinados serán integrados en fórmulas matemáticas que permitan el cálculo y determinación de las tasas correspondientes.

Estas tasas retributivas y compensatorias se harán dentro del territorio donde la ley pueda accionar.

Después está el artículo de la tasas por utilización de aguas, donde la utilización de agua por parte de personas naturales, jurídicas o públicas, dará lugar al cobro de las tasas fijadas por el gobierno nacional, cobro que se destinara al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos. Todo proyecto que involucre la utilización de agua, deberá destinar no menos de 1% del total de la inversión para la recuperación de la cuenca hidrográfica.

El siguiente articulo habla del porcentaje ambiental de los gravámenes a la propiedad inmueble, en donde se dice que un porcentaje del recaudo por concepto del impuesto predial entre el 15% y el 25.9% debe ser destinado a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, esta tasa será fijada por el concejo a iniciativa del alcalde municipal, este pago que hace los municipios y distritos a las corporaciones autónomas regionales, deben ser hechos en trimestres, las corporaciones autónomas regionales deberán usar estos recursos para ejecutar proyectos de protección del medio ambiente y de los recursos naturales renovables.

El siguiente artículo habla de la transferencia del sector eléctrico, en este artículo se especifica que las empresas hidroeléctricas cuya potencia nominal instalada total supere los 10.000 kilovatios, transferirán el 6% de las ventas brutas de energía por generación propia a: 1. El 3% para las Corporaciones Autónomas Regionales que tengan jurisdicción en el área donde se encuentra localizada la cuenca hidrográfica y el embalse, que será destinado a la protección del medio ambiente y a la defensa de la cuenca hidrográfica y del área de influencia del proyecto, 2. El 3% para los municipios y distritos localizados en la cuenca hidrográfica. En el caso de que el municipio sea cuenca y embalse participaran proporcionalmente en las trasferencias correspondientes a este aspecto.

Patrimonio y rentas de las corporaciones autónomas regionales, este articulo constituye y organiza el patrimonio y la renta de las corporaciones regionales de la siguiente manera, en este artículo se describen 11 aspectos de los cuales se constituye el patrimonio de las corporaciones autónomas regionales, entre sus más destacadas formas de ingreso que constituyen estas corporaciones están: el porcentaje ambiental por concepto de impuesto predial (que es tratado en esta ley), Los recursos que le transfieren las entidades territoriales con cargo a sus participaciones en las regalías nacionales, el porcentaje de los recursos que asigne la ley que son destinados a la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, los cuales son provenientes del fondo nacional de regalías, los recursos que se les apropien a las corporaciones por concepto del presupuesto nacional. Estos son algunos de las formas que caracterizan la constitución del patrimonio y rentas de las corporaciones autónomas regionales. Cabe mencionar que en aquellas regiones que no existan las corporaciones autónomas regionales, los recursos se le destinaran a proyectos que estén trabajando en esa región.

Carácter social del gasto público ambiental, acá se especifica que aquellos recursos que se destinan a la preservación y saneamiento del ambiente, son considerados del gasto público social.

Del control fiscal de las corporaciones autónomas regionales, en este artículo se aclara que la auditoria de las corporaciones regionales autónomas, es hecha por la contraloría general de la nación, es decir que el contralor puede realizar los cambios estructurales a la planta administrativa de las corporaciones.

TITULO VIII

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (16.6 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com