ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Procedimiento Que Regula El Decreto 6-2003

gmvivas21 de Agosto de 2014

590 Palabras (3 Páginas)215 Visitas

Página 1 de 3

Procedimiento que regula el Decreto 6-2003

Regula el procedimiento para defender los derechos de los consumidores. Promueve, divulga, y defiende los derechos de los consumidores. Es aplicable a todos los consumidores y proveedores que realicen actos jurídicos. Es aplicable a todos los agentes económicos. También regula la creación de la dirección de atención y asistencia al consumidor; y los Procedimientos administrativos para la resolución de conflictos derivados de la aplicación de esta ley.

Procedimiento administrativo:

• Para resolver los conflictos derivados de la aplicación de la ley de protección al consumidor y al usuario se establecieron los siguientes procedimientos:

 Arreglo directo conciliatorio entre las partes: Se realiza a través de una audiencia conciliatoria con intervención del personal especializado y capacitado de la dirección de atención al consumidor . (Artículo 80 decreto 6-2003). Si en la primera audiencia las partes llegan a un acuerdo ecuánime, esta se convertiría en audiencia conciliatoria levantando el acta correspondiente del arreglo, y el proceso queda concluido.

Función del mediador: Avenir a las partes sobre soluciones ecuánimes a su conflicto.

 Arbitraje de Consumo: Se puede realizar en cualquier momento de la primera audiencia, debiendo someterse el proceso a lo dispuesto en la ley de arbitraje. Tomar en cuenta que las partes deben de tener libre disposición conforme a derecho. (Art. 3 ley de arbitraje),

 Procedimiento Administrativo: Es la dirección de protección al consumidor la que queda facultada para realizar las sanciones administrativas. La dirección puede iniciar el procedimiento de oficio o por denuncia de algún consumidor ó asociación de consumidores.

Principios del procedimiento administrativo:

Celeridad: Debe de ser un procedimiento rápido.

Oralidad: El procedimiento se realiza de forma oral.

Equidad: La resolución debe de ser justa e imparcial.

Informalidad: El procedimiento carece de formalismos.

Publicidad: El proceso debe de ser público.

¿Cómo se inicia el procedimiento administrativo?

A través de una queja del consumidor ó consumidores agraviados. Las partes serán notificadas y solo así dará inicio el procedimiento administrativo.

Plazo para citación: 10 días hábiles posteriores a la presentación de la queja en la dirección al consumidor.

¿Qué sucede en la audiencia? El conciliador informará a las partes las formas de resolver el conflicto (Arbitraje de consumo, arreglo directo), si el infractor no desea someterse a alguno de los procedimientos o no se presentare la audiencia tendrá fin. Si llegan a acuerdo el conciliador levantará acta correspondiente.

Sanciones

Para iniciar con el procedimiento sancionador la dirección de atención al consumidor citará a una segunda audiencia al infractor para que presente sus pruebas de descargo. Las sanciones aplicables por infracción de esta ley son competencia de la dirección de atención al consumidor. Si la infracción constituye delito será competencia del tribunal correspondiente.

Período de prueba: El período de prueba será de 10 días hábiles, las pruebas las puede aportar el infractor, la dirección también podrá solicitar dictámenes de expertos.

Tipos de Sanciones:

MULTA: Si la sanción impuesta al infractor fue multa deberá cancelarla 10 días hábiles posteriores en la tesorería de la dirección de atención al consumidor.

Recursos:

Revocatoria: (Art. 7 Ley de lo contencioso administrativo) Procede este recurso contra resoluciones del superior jerárquico dentro del mismo ministerio, entidad descentralizada ó autónoma. Plazo: 5 días hábiles a

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com