Qué es el índice de Basilea
cleofiliaTrabajo10 de Diciembre de 2014
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Universidad de Oriente
Escuela de Ciencias Sociales y Administrativas
Udo Núcleo de Monagas
Maturín. Edo, Monagas
Profesora: Omaira Yordi Bachiller:
León Andreina C.I: 19.859.224
Maturín 22 de Mayo del 2014
INTRODUCCION
Mucha gente se pregunta: ¿Qué es el índice de Basilea? ¿Será una norma que controla a los bancos? ¿Un índice financiero de la banca Suiza? Bueno; tal vez tenga un poco de cada cosa, pero es importante que conozcamos por qué su procedencia.
La banca, después de la II Guerra Mundial buscó y generó su expansión. La banca comercial en Francia se desarrolló increíblemente al igual que los bancos italianos, alemanes, suizos, holandeses, ingleses, suecos y daneses. Paralelamente a esto, la banca norteamericana fue ejemplo de ayuda internacional y se consolidó en los años sesenta y setenta como los pioneros de la banca corporativa, mencionando al Chase Manhattan Bank, First Nacional City Bank (hoy Citigroup), Bank of New York, Manufacturers Hannover Trust, Bank of America. . . etc.
Entrada la década de los ochenta, llamada la década perdida de América Latina, muchos bancos norteamericanos poseían excedentes en dólares, llamados comúnmente petrodólares, para ser colocados fuera de su país. Empezaron y se dispersaron los préstamos con intereses blandos por ciento de empresas y entidades financieras de casi toda América Latina. Simultáneamente a esto, la banca europea también prestaba para proyectos en la región, pero fueron más conservadores y desde mediados de los años ochenta se aglomeraron los más importantes bancos de Europa Occidental para crear desde la ciudad de Basilea, Suiza, las primeras normas para fortalecer cualquier institución financiera. Ya en Diciembre de 1974, los gobernadores del G-10 (de los diez grandes bancos centrales europeos) crearon el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea con el fin de mejorar la colaboración entre las autoridades de supervisión bancaria.
El comité de Basilea constituye un foro de debate para la resolución de problemas específicos de supervisión. Coordina la distribución de las competencias supervisoras entre las autoridades nacionales, a fin de garantizar una supervisión eficaz de las actividades bancarias, y con el paso del tiempo sus normas de supervisión transfronteriza se ha convertido en un referente en todo el mundo.
Las pautas recogidas en el I Acuerdo de Basilea, ó sea, Basilea I de 1988 de adecuación de capital para la banca son de enorme importancia. Las reglas han demostrado su valía, sobretodo la regla principal, por la cual los bancos deben mantener un volumen de capital que, por lo mínimo, sea del 8% del valor total de sus activos, ponderado por su nivel de riesgo.
Bueno; en 1994 reventó una crisis financiera que hizo que muchos de los bancos norteamericanos, pequeños y medianos, que prestaron dinero por toda América Latina, se fueron al traste, siendo absorbidos por bancos más grandes y teniéndose que negociar las liquidaciones de los préstamos con emisiones de bonos denominados Brady, por el antiguo Secretario del Tesoro de los Estados Unidos llamado James Brady quien les dio el respaldo para poder recuperar, a mediano y largo plazo, las colocaciones efectuadas. De ahí, el famoso y sonado efecto tequila de la quiebra de bancos en México, así como, por ejemplo, Venezuela en 1994 que le costó en la quiebra de más de 16 bancos la suma de más de US$ 8. 000. 000. 000 en bonos de la República.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Los bancos centrales tienen presente latentes riesgos financieros y operativos que puedan surgir al realizar sus operaciones, como los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio.
La principal limitación del acuerdo de Basilea I es que es insensible a las variaciones de riesgo y que ignora una dimensión esencial, la de la calidad crediticia y por lo tanto la diversa probabilidad de incumplimiento de los distintos prestatarios. Es decir, consideraba que los créditos tenían la misma probabilidad de incumplir, eh aquí el surgimiento de Basilea II.
En Basilea III la reforma fue motivada tras observar que la gravedad de la crisis se explica en gran parte debido al crecimiento excesivo de los valores presentados en los balances de los bancos (y también fuera de ellos, como en el caso de los productos derivados), mientras que al mismo tiempo cae el nivel y la calidad de los fondos propios previstos para el riesgo, muchas instituciones no contaban con reservas suficientes para hacer frente a una crisis de liquidez.
En este contexto, el sistema bancario se mostró en un primer momento, incapaz de absorber las pérdidas que afectaban a los productos estructurados de titulización.
A partir de estos riesgos nació el comité de Basilea I, II y III.
¿Estaban obligados los bancos centrales según Basilea I incorporar en su ordenamiento regulatorio un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo en función de los riesgos que afrontaba?
¿Basilea II adecua el capital bancario a las necesidades dadas por la magnitud de pérdidas inesperadas que podrían derivarse de las actividades de las mismas?
¿Por qué fue motivada la reforma de la regulación bancaria en Basilea III?
MARCO TEORICO
El Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria (llamado así porque se reúne en Basilea, Suiza), agrupa a los representantes de bancos centrales y supervisores de entidades financieras de 10 países para crear desde la ciudad de Basilea, Suiza, las primeras normas para fortalecer cualquier institución financiera, trabaja identificando prácticas bancarias sanas, con el fin de mejorar la colaboración entre las autoridades de supervisión bancaria, con las que reconoce principios básicos, los cuales difunde mundialmente. Constituye un foro de debate para la resolución de problemas específicos de supervisión. Coordina la distribución de las competencias supervisoras entre las autoridades nacionales, a fin de garantizar una supervisión eficaz de las actividades bancarias, y con el paso del tiempo sus normas de supervisión transfronteriza se ha convertido en un referente en todo el mundo. Cualquier país, de acuerdo con el grado de desarrollo de su sistema financiero, puede adoptar conjuntos de prácticas y principios según sus necesidades.
BASILEA I
En diciembre de 1974, el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales del G-10, donde se publicó el primero de los Acuerdos de Basilea, un conjunto de recomendaciones alrededor de una idea principal: Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba.
El acuerdo establecía una definición de "capital regulatorio" compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías (o "tiers") si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio. Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados y sencillos.
Este acuerdo era una recomendación: cada uno de los países signatarios, así como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas.
Entró en vigor en más de cien países.
BASILEA II
Es el segundo de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el Comité de supervisión bancaria de Basilea. El propósito de Basilea II, publicado inicialmente en junio de 2004, es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los reguladores bancarios, con objeto de establecer los requerimientos de capital necesarios para asegurar la protección de las entidades frente a los riesgos financieros y operativos, que define cómo medir capital y riesgos (Pilar I), cómo debe ser el proceso de control de este proceso por parte del supervisor (Pilar II) y cómo debe documentarse la situación de solvencia de las entidades de cara a otros de los agentes económicos (clientes, resto de bancos, compañías de calificación, entre otros).
Definido así, Basilea II responde a la necesidad de regulación y, como actualización de un acuerdo de capitales previo (1988), adecua el capital bancario a las necesidades, dadas por la magnitud de pérdidas inesperadas, que podrían derivarse de las actividades de las entidades. Si un banco desea asumir riesgos, para cumplir con Basilea II sólo debe dotarse de suficiente capital, como requisito para acceder a las mayores posibilidades derivadas de su mayor exposición.
La principal limitación del acuerdo de Basilea I es que es insensible a las variaciones de riesgo y que ignora una dimensión esencial: la de la calidad crediticia y, por lo tanto, la diversa probabilidad de incumplimiento de los distintos prestatarios. Es decir, consideraba que los créditos tenían la misma probabilidad de incumplir.
Para superarla, el Comité de Basilea propuso en 2004 un nuevo conjunto de recomendaciones. Éstas se apoyan en los siguientes tres pilares.
Pilar I: el cálculo de los
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