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REFORMAS EN MATERIA DE AMPARO


Enviado por   •  24 de Julio de 2014  •  1.095 Palabras (5 Páginas)  •  246 Visitas

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INTRODUCCION

Bueno hay que resaltar que en poco tiempo se ha modificado la ley de amparo con el fin de proteger a los demás ciudadanos a las colectividades, además que los tratado internacionales se igualan a la constitución simplemente el métodos en el que se actualiza por medios cibernéticos la materia de amparo.

Esta información recaba lo más importante en materia de amparo que se ha modificado en materia de amparo en estos últimos tiempos otorgando así un pueder de ayuda a los ciudadanos de esta nación, ala vés se prevé cosas como la contradicción de jurisprudencia por sustitución, algo novedoso en nuestro sistema legal más adelante expondre las reformas más importantes:

DESARROLLO

1. Se modifica el artículo primero de la Ley de Amparo, anteriormente el amparo procedía contra actos de una autoridad (hacer), ahora con las nueva reforma también se podrá interponer la demanda de amparo contra omisiones de una autoridad (no hacer), esto significa que cualquier persona podrá solicitar la protección de la justicia federal por medio del juicio de Amparo cuando alguna autoridad de cualquier ámbito no cumpla con sus responsabilidades.

2. En la ley anterior aplicaba el amparo solamente contra violaciones a los derechos humanos, ahora también aplica contra violaciones a los tratados internacionales de los que México sea parte. Aquí entra lo que se denomina bloque de constitucionalidad, lo que significa que la constitución y los tratados internacionales están en el mismo nivel jerárquico. Cabe mencionar que se agrega el principio pro persona el cual establece que a una persona se le aplicará la ley que más le favorezca y el principio de interpretación conforme, lo cual motiva que la interpretación de leyes se hará también conforme a los tratados internacionales. También se añade el control de convencionalidad que obliga a las autoridades a respetar de oficio que las normas estén conforme a los tratados internacionales.

3. El Amparo procede cuando se afecte el interés legítimo; en la ley anterior solamente procedía cuando se afectada el interés jurídico (personal y directo). Aún se desconoce en qué casos resultará procedente cuando se afecte el interés legitimo, se presume que procederá en materia de medio ambiente, urbanística, litigios de consumidores. La jurisprudencia nos definirá en específico en qué casos aplica el interés legítimo.

4. El Amparo podrá promoverse contra particulares no solamente contra autoridades, pero se requiere que ese particular tenga la facultad por una ley o tenga atribuciones semejantes a las de una autoridad, por ejemplo los notarios.

5. Con la ley anterior las autoridades solo podían promover el juicio de amparo cuando se afectaba el patrimonio, ahora podrán también promoverlos en otros casos con la condición que se encuentre en un plano de igualdad con un particular.

6. La nueva ley ya prevé el amparo colectivo, lo cual significa que cuando un acto de autoridad afecta a un número amplio de ciudadanos se podrá impugnar en un solo amparo señalando un representante común, también cuando existan muchos amparos ya planteados se les puede dar una tramitación conjunta y en un solo trámite se ventila el juicio.

7. El Amparo podrá tramitarse por internet. El concepto esencial es la firma electrónica que tendrá el mismo valor que una firma autógrafa.

8. Se amplían las causales de improcedencia, que se

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