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REGLAS MINIMAS DEL RIAD

dulcesitamoxa1 de Junio de 2014

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DIRECTRICES DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA

PREVENCIÓN DE LA DELINCUENCIA JUVENIL

(DIRECTRICES DE RIAD)

En los adolescentes y niños se debe de fomentar el desarrollo académico y social para así evitar que estos se desvíen hacia una conducta criminógena, la manera de evitar estas situaciones es incluirlos a la sociedad de una manera activa, y no deben de ser considerados como objetos de socialización o control, que sea más dirigido a la justicia y la equidad cuya finalidad primordial sea velar por el interés general de los jóvenes y niños y solo en ultima instancia recurrir a organismos oficiales de control social, ya que casi en todos los casos desaparecen espontáneamente la conducta que no se adapta a los valores y normas generales de la sociedad.

Deberán formularse planes generales de prevención, Análisis a fondo del problema y reseñas de programas y servicios, Métodos para disminuir eficazmente las oportunidades de cometer actos de delincuencia juvenil, Participación de los jóvenes en las políticas y en los procesos de prevención de la delincuencia juvenil y personal especializado.

Deberá prestarse especial atención a las políticas de prevención que favorezcan la socialización e integración eficaces de todos los niños y jóvenes, en particular por conducto de la familia, la comunidad, los grupos de jóvenes que se encuentran en condiciones similares, la escuela, la formación profesional y el medio laboral, Se deberá respetar debidamente el desarrollo personal de los niños y jóvenes y aceptarlos, en pie de igualdad, como copartícipes en los procesos de socialización e integración.

La familia es el núcleo principal de desarrollo del niño por eso se debe de proteger a la familia y el mismo estado debe de proveer ayuda para que esta se preserve. Para que los niños se desarrollen en un ambiente estable y de bienestar y deberá prestarse atención a las familias que se encuentren en un estado de desestabilidad causado por cuestiones económicas, culturales o de migración para tratar que su desarrollo sea integral.

El estado debe de proveer de educación a todos los jóvenes i niños que fomenten en ellos el sentimiento de pertenencia y fomentar los valores de donde viven de igual manera hacerles saber sus derechos humanos y fundamentales que tienen, exista educación debe de ser libre de todo castigo corporal.

De igual manera deben de establecerse programas de carácter comunitario que respondan a las necesidades, problemas, intereses e inquietudes especiales de los jóvenes y ofrezcan, a ellos y a sus familias, asesoramiento y orientación adecuados. Los gobiernos y otras instituciones deberán dar apoyo financiero y de otra índole a las organizaciones voluntarias que prestan servicios a los jóvenes.

Así coma deben de utilizarse los medios de comunicación necesarios para acercar la información de fuentes nacionales como internacionales, a los jóvenes que se encuentren en riesgo.

De manera paralela se debe de legislar para evitar que los menores sean víctimas de castigos severos en las escuelas y en su mismo hogar, así como tener personal altamente capacitado para aplicar esta norma y evitar la estagnación, victimización y criminalización de los jóvenes así como se debe de permanecer la investigación constante y permanente afín de evitar o minimizar lo antes mencionado.

REGLAS MINIMAS DE LAS NACIONES UNIDAS PARA

LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE MENORES

(REGLAS DE BEIJING)

El objeto del reglamento es promover el bienestar del menor,

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