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RELACIONES HOMOSEXUALES: ¿PORQUÉ ES IMPORTANTE RECONOCER SUS DERECHOS, ENTRE ELLOS LA ADOPCIÓN?


Enviado por   •  21 de Octubre de 2016  •  Ensayos  •  1.425 Palabras (6 Páginas)  •  268 Visitas

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RELACIONES HOMOSEXUALES: ¿PORQUÉ ES IMPORTANTE RECONOCER SUS DERECHOS, ENTRE ELLOS LA ADOPCIÓN?

En la actualidad el tema de la homosexualidad ha sido muy nombrado y es uno de los problemas socio-jurídicos mas importante ya que constantemente se crítican las relaciones y/o matrimonio entre parejas del mismo sexo y la adopción para las mismas, a partir de ahí queremos conocer cuáles son sus derechos según la garantía constitucional y el derecho fundamental a tener una familia.

Es importante conocer que la Constitución colombiana de 1991 en su Artículo 42 determina que: "La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla" .Basándonos en esto se observa ya un problema de fondo pues si queremos hablar de los derechos humanos en las parejas del mismo sexo, se observa que se les está reconociendo su derecho como individuos pero se les niega la protección y la posibilidad de conformar una familia, seguido también se estaría perdiendo entonces, el derecho a la adopción. Pero interpretando esta situación de otra manera, este impedimento más que jurídico es por criterios moralistas y por la marcada tendencia tradicionalista que existe dentro de la sociedad colombiana.

Sin embargo la misma constitución en el artículo 13 define: "Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados". Entonces se piensa que a partir de ahí es necesario y obligatorio que se respete y garantice los derechos de las parejas del mismo sexo o en general de la comunidad LGBT (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgéneristas), ya que este nos habla de igualdad donde no habrá discriminación de sexo y se adoptaran medidas a favor de los discriminados.

Otro apartado que nos habla acerca de la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad es la (Sentencia C-481/98) la cual afirma que conforme a la Constitución y a los tratados de derechos humanos, es claro que la homosexualidad no puede ser considerada una enfermedad, ni una anormalidad patológica, que deba ser curada o combatida, sino que constituye una orientación sexual legítima, que constituye un elemento esencial e íntimo de la identidad de una persona, por lo cual goza de una protección constitucional especial, tanto en virtud de la fuerza normativa de la igualdad como por la consagración del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Evidentemente nos podemos dar cuenta que a pesar de existir avances legales y constitucionales en la materia, se hace necesario que el Estado colombiano asuma otros retos y basados en normas internacionales vele por la protección de los derechos humanos, pues sigue siendo ilógico estigmatizar a una persona por su orientación sexual y más cuando va en contra de la Carta constitucional, ya que en un orden de ideas, toda desigualdad de trato contra las diferencias de orientación sexual equivale a una posible discriminación por razón de sexo y se encuentra sometida a un control constitucional estricto.

Por ello, me parece desconcertante que aún en Colombia no se le concedan derechos reconocidos a las parejas del mismo sexo, que no puedan conformar una familia y que se les niegue el derecho a la adopción, a pesar de que la normatividad colombiana, establece claramente en el artículo 68 del Código de Infancia y Adolescencia, que podrá adoptar quien, siendo capaz, haya cumplido 25 años de edad, tenga al menos 15 años más que el adoptable, y garantice idoneidad física, mental, moral y social suficiente para suministrar una familia adecuada y estable al niño, niña o adolescente, sin embargo esto queda solo escrito y el tema se distorsiona resultando no muy claro cuando se trata de parejas del mismo sexo.

En la actualidad Colombia se encuentra a la espera de un fallo que debe emitir la Corte Constitucional para resolver la tutela interpuesta por dos mujeres unidas civilmente;

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