Rabajo Investigación Tribunal Constitucional y Reforma Laboral
marcelopodestaDocumentos de Investigación12 de Septiembre de 2016
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Instituto Profesional Aiep
Escuela de Negocios
PEV SEMIPRESENCIAL
CARRERA
TÉCNICO SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CON MENCIÓN EN RECURSOS HUMANOS
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
“LA MIRADA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE REFORMA LABORAL EN CHILE”.
Integrante |
Daniela Cortes Marcelo Podestá Toledo |
Docente
Prof. Roberto Mora
Modulo Relaciones Laborales e Industriales
2016
INTRODUCCION
Este trabajo de investigación El tribunal constitucional ya ser un órgano del estado, independiente y autónomo, lo que se pretende hablar en este trabajo es dar importancia a la tramitación de proyecto de Reforma Laboral ya que vela constitucionalmente de las leyes y decreto.
OBJETIVO:
Poder determinar la importancia que tiene el Tribunal Constitucional, en material relativa a la tramitación del proyecto de reforma laboral y analizar la postura que tiene el ejecutivo frente a temas como el veto presidencial y la reforma constitucional.
DESARROLLO:
¿Cuál es la importancia del Tribunal Constitucional en materia relativa a tramitación de proyecto de Reforma Laboral?
El tribunal Constitucional al ser independiente de los demás órganos constitucionales del Estado, está sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica. Es único en su orden y extiende su jurisdicción a todo el territorio nacional, esto quiere decir que ante cualquier normativa que se dicte, se enmarque en los límites constitucionales; en dirección a que se avala a la reforma laboral, que en su oportunidad fue en contra a los derechos laborales y sociales internacionales.
Por otra parte el fallo de la Sentencia se da a conocer en el comité de derechos sociales, hace vulnerar los compromisos internacionales, sin embargo, el tribunal constitucional hace una lectura de norma fundamentalmente por debajo los estándares internacionales en materia de derechos sociales y laborales, en donde declaran que la reforma laboral es compatible con el texto constitucional. Las medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, origino la presentación de dos recursos de inconstitucionalidad, uno por parte del Parlamento de Navarra y otro, por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Socialista y Grupo Parlamentario Izquierda Plural ambos admitidos a trámite por el Tribunal Constitucional, causando Sentencia desestimando el recurso interpuesto por el Parlamento, hasta que el fallo de la sentencia fue notificado se hace una valorización en relación al resto de cuestionamientos planteados por la reforma constitucional.
Por lo tanto, Tras requerimiento presentado por diputados de la oposición ante el Tribunal Constitucional, cuestionando disposiciones del proyecto de reforma laboral, se optó por hacer uso de la facultad -contenida en el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política- para vetar parte del texto aprobado por el Congreso Nacional, El gobierno tras la decisión del TC, se declara como inconstitucional las normas referidas a la titularidad sindical, que constituye -a juicio, ya que una base fundamental para el necesario fortalecimiento de la organización de los trabajadores, es necesario revisar las restantes disposiciones "en aras de garantizar la eficacia de las normas y de reestablecer los equilibrios perdidos en el sistema de relaciones laborales". El gobierno terminó optando al final por un veto presidencial que no llena el vacío legal que dejó la eliminación de la titularidad sindical, la peor derrota del oficialismo. Uno de los puntos complejos es la desaparición de la regulación para los grupos negociadores, cuyo campo de acción queda en total incertidumbre. Un rol clave jugará la sala laboral de la Corte Suprema, cuyas sentencias de los últimos dos años han reforzado el derecho de libertad sindical.
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