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Reformas Fiscales CFF

BBOYSENS4 de Febrero de 2014

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Reforma Fiscal 2014

Resumen ejecutivo

En octubre de 2013 el Congreso de la Unión aprobó diversas modificaciones en materia fiscal para el ejercicio de 2014, las cuales están pendientes de publicar en el Diario Oficial' de la Federación. La mayoría de estas entrarán en vigor a partir del1 de enero de 2014.

Con las diferentes medidas aprobadas, el gobierno federal estima obtener ingresos por

$4.4 billones de pesos, que representa un crecimiento del 12.820/0 C011 respecto a los ingresos presupuestarios de 2013.

La Ley de Ingresos de la Federación para 2014 estimó un tipo de cambio promedio del peso respecto al dólar estadounidense (Dls.) de $12.90, una inflación anual del 3%, un precio promedio de barril de petróleo crudo de Dls. 85, el crecimiento del Producto Interno Bruto (PlB) en 3.9%, un endeudamiento interno y externo de hasta $570,000 millones de pesos y Dls. 10,000 millones respectívamenre, lo que arroja un equivalente

8116% de los ingresos presupuestarios totales.

Los ingresos estimados por impuestos, contribuciones de seguridad social y derechos aumentaron 6.25, 4.76 Y 2.5%, respectívamenre, ,a diferencia de 2013. Los principales incrementos fueron en el rubro de los impuestos especial sobre producción y servicios (IEPS) con un 153%, y sobre la renta (ISR) con un 23%.

En este sentido, la reforma hacendaría tuvo un fifl recaudatorio, enfocado principalmenre a fortalecer la base del ISR que había sido erosionada en los últimos años por diversos estimulas a la inversión, al ahorro o El. apoyar a sectores específicos.

El resultado de la Reforma Fiscal coincide con los compromisos firmados por el ejecutivo federal en diciembre de 2012 en el Pacto por México relarívos a fortalecer la capacidad financiera del Estado y la revisión integral a la política de subsidios y regímenes especiales, para establecer un sistema eficaz, transparente y progresivo.

En resumen destacan las siguientes modificaciones:

Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)

Personas morales

Se aprueba una nueva LISR; con esto dejan de tener efecto las resoluciones judiciales y administrativas relacionadas con la ley vigente hasta 2013. El Reglamento de la LISR estará vigente en lo que no se oponga a la nueva ley.

Regímenes fiscales y deducciones eliminados

La nueva LISR elimina, entre otros, los síguientesregímenes fiscales y deducciones:

1. El de Consolidación Fiscal, aunque crea uno nuevo para grupos de sociedades cuyo objetivo es diferir el impuesto en tres ejercicios como máximo.

2. El Simplificado, aunque crea dos nuevos regímenes que son:

• Coordinados (autotransportistas).

• Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

3. El de Pequeños Contribuyentes e Intermedio de las personas físicas, aunque crea un mecanismo de incorporación gradual al régimen general.

4. El especial de Sociedades de Inversión en Bienes Raíces.

5. La deducción inmediata de Inversiones en activos fijos, las cuotas de seguridad social a cargo del trabajador absorbidas por el patrón, la deducción del 100% de los gastos efectuados en el periodo preoperarívo en el sector minero y las reservas preventivas globales para

instituciones de crédito.

Impuesto adicional a dividendos

Los residentes en el extranjero y las personas físicas mexicanas serán sujetos a un impuesto adicional sobre dividendos del 10% por las utilidades generadas a partir de 2014, el cual se pagará mediante retención realizada por la persona moral y tendrá el carácter de pago definitivo.

Asimismo, pagarán este impuesto adicional las personas físicas mexicanas que perciban dividendos de sociedades residentes en el extranjero.

Cambios en deducciones autorizadas.

La nueva LISR cambió el tratamiento de los siguientes regímenes fiscales o deducciones:

1. El régimen de Maquíladoras.

2. El importe máximo deducible por concepto de consumos en restaurantes al 8.5%, el arrendamiento y la inversión de automóviles a $200 diarios y 5130,000, respectivamente, las aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones, así como los salarios exentos pagados al trabajador hasta un 53 o 47%.

3. Estimula contratar a adultos mayores mediante una deducción del 25% del salario pagado.

4. Grava las ganancias derivadas de inversiones en la Bolsa de Valores con una tasa del 10%.

Base gravable para la Participación de los Trabajadores en Ias Utilidades de las Empresas (PTU)

Las únicas diferencias entre la base gravable del ISR y la PTU serán:

1. La PTU pagada en el ejercicio;

2. Las pérdidas fiscales amortizadas.

.,-

3. El 47 o 53% de los salarios exentos no deducibles.

4. La depreciación histórica que hubieran tenido los bienes de activos fijos, deducidos en forma inmediata en ejercicios anteriores.

Personas físicas

1. La tarifa del impuesto a cargo de las personas f{s'ibis se incrementa mediante la adición

de tres-renglones del 32, 34 y 35% para ingresos anuales a partir de S750 mil, Slmillón

y $3 millones de pesos, respectívamenre.

2. El monto total de las deducciones personales se limita a la cantidad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente (594,462.80) y el 10% del total de los ingresos del.contribuyente, incluyendo ingresos exentos. Los donativos no entran en este límite.

3. El ingreso exento por la enajenación de casa habíracíón se reduce a 700,000 OOIS (antes era de 1,500,000 OO1S).

Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)

Los acros'o actividades realizados en la región fronteríza estarán sujetos a la tasa general del

16%, además establece gravar la comercialización de mascotas y sus alimentos, chicles y el transporte público foráneo de pasajeros.

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS)

1. Alimentos no básicos (botanas, confitería, chocolate y derivados del cacao, flanes y pudínes, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales y helados, nieves y.paletas de hielo) con una densidad calórica de 275 kllocalcrfas o mayor por cada 100 gramos a la tasa del 8%.

2. Las tasas del impuesto en la enajenación o importación de bebidas con contenido alcohólico y

cerveza en lugar de reducirse como lo preveía la ley de 2010, se mantuvieron como sigue:

a) Hasta 14° G.L. con una tasa del 26.5% en lugar del 25%. b) Más de 20° G.L. con una tasa del 530/0 en lugar del 50%.

3. La enajenación e importación de bebidas saborizadas, plagulcldas, combustibles fósiles y

alimentos de alto contenido calórico son Incluidas como objeto del impuesto.

4. L05 contribuyentes deberán diseñar un código de ¡seguridad para cajetillas de cigarros

Código Fiscal de la Federación

Buzón tributario

Las autoridades fiscales podrán notificar a los contribuyentes cualquier acto o resolución, mediante un buzón tributario electrónico. . .

Comprobantes fiscales digitales

La comprobación de operaciones, en todos los casos,' deberá realizarse a través de

Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFD!), eliminándose cualquier medio alterno de comprobación, incluso 105 pagos de nómina deben comprobarse por este medio .

. :'

Leyes de los Impuestos Empresarial a Tasa Única

y a los Depósitos en Efectivo .

Los Impuestos Empresarial a Tasa Única ya los Depósitos en Efectivo se abrogaron, sin embargo; permanece lo obligación para las instituciones del sistema financiero de informar una vez al año sobre los depósitos en efectivo que r~ciban los contribuyentes en cuentas abiertas á su nombre, cuando el monto acumulado supere los $15,000 mensuales.

4

Las reformas más relevantes aprobadas por el poder legislativo se e~'~. numeran a cono., t"i'.~ nuació• ,n:

1. LISR

1.1 Personas morales

En materia de deducciones:

Aportaciones a fondos de pensiones y salarios exentos

Las aportaciones realizadas afondas de pensiones y jubilaciones, así como las erogaciones por

remuneraciones que sean ingresos exentos para el trabajador (previsión social, fondo de ahorro" pagos por separación, gratificaciones anuales, horas extra, prima vacacional y dominical, entre otros) serán deducibles en un 53%. Cuando el contribuyente

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