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Regímenes Aduaneros


Enviado por   •  22 de Julio de 2013  •  884 Palabras (4 Páginas)  •  385 Visitas

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Regímenes aduaneros.

El régimen aduanero, se refiere a la destinación que se da a la mercancía que entra y sale del país para realizar los procesos y procedimientos requeridos en las normas establecidas en cada país. Esta destinación la selecciona el consignatario importador o exportador.

Los Regímenes Aduaneros definitivos:

1. Importación: se permite nacionalizar la mercancía destinada en la declaración aduanera, previo el cumplimiento de las formalidades aduaneras (Factura comercial, Conocimiento de Embarque o Guía Aérea, Declaración Única Aduanera-DUA, Certificado de Origen, Certificado Fitosanitario y Zoosanitario- Agricultura-PROVOFEX-Inocuidad, Certificación de No Objeción de Salud Pública, Certificación de Medio Ambiente y de Zonas Francas, según sea el caso. Cumpliendo con los requisitos correspondientes, la mercancía queda a disposición del consignatario, luego de haber pagado los impuestos, o habiendo presentado los requisitos para la aplicación de preferencia arancelaria o tramitada la orden de exoneración para alguna exención.

2. La Exportación: régimen que permite posicionar mercancía en mercados extranjero. Para exportar, las personas físicas o jurídicas exportadoras, de productos de Zonas Francas, Agrícola, Industrial, Minero, entre otros, deben cumplir con los registros en las diferentes entidades gubernamentales y con los procedimientos establecidos según la mercancía a exportar.

Los regímenes aduaneros devolutivos:

1. El Drawback: régimen aduanero devolutivo contempla la devolución total o parcial de los derechos e impuestos arancelarios a la importación de mercancías.

2. Reposición de Mercancía en Franquicia Arancelaria (RMFA): conocido como regímenes aduaneros promocionales de la exportación no tradicional (productos con valor agregado), régimen que permite la importación para el consumo de mercancía equivalente, a las que habiendo sido nacionalizadas, han sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo, sin el pago de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la importación para el consumo.

Los regímenes liberatorios:

1. La Zona Franca: régimen liberatorio de derechos aplicable a la mercancía originaria y procedente del exterior que ingresan al país con destino a las zonas francas que están sometidas a un trato preferencial con la exención de impuestos según lo establecen las normativas legales vigentes. En República Dominicana (RD), las Zonas Francas están reguladas por la Ley No. 8-90, 15 de enero de 1990.

Los Regímenes Aduaneros Suspensivos o Temporales, se refieren a las destinaciones que permiten la entrada de mercancías extranjeras, sin el pago de los derechos e impuestos, en un periodo determinado, cumpliendo con los requerimientos establecidos en las disposiciones legales y procedimientos aduaneros establecidos.

1. La Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero con suspensión del pago de los derechos e impuestos, de mercancía extranjera o de otro régimen para ser exportada dentro de un determinado plazo, habiendo recibido una elaboración, transformación o reparación. Regularmente se requiere presentar: Factura comercial, Conocimiento de Embarque (B/L) o Guía Aérea, Formulario de Declaración Aduanera (DUA), debidamente completado y especificado en régimen, Resolución (copia) emitida por el Centro de Exportación e Inversión (CEI-RD) y la Garantía (Fianza o Carta Garantía, según lo establecido en los procedimientos aduaneros de cada país). En RD, la Ley No. 84-99, se refiere a este Régimen.

2. La Salida Temporal para Perfeccionamiento Pasivo, régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancías que se encuentran en el territorio aduanero para ser transformadas, reparadas o elaboradas en el extranjero y luego ser reimportadas con la aplicación de los derechos e impuestos o la exención que establezcan las disposiciones legales.

3. El Régimen de Admisión Temporal sin Perfeccionamiento (Internación Temporal), permite el ingreso al país de bienes terminados para ser usados y posteriormente reembarcados en el plazo que determine la normativa legal aduanera.

4. Admisión Temporal bajo arrendamiento con opción a compra o sustitución (Leasing), régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero de la importación de determinados bienes de capital importados bajo contrato de arrendamiento, sin ser modificados con excepción de depreciación o reparación por el uso de estos bienes (equipos, maquinarias).

5. Salida Temporal, régimen aduanero donde la mercancía de producción local o importadas (nacionalizadas), podrán salir temporalmente del país sin perder sus características y podrán retornar al país sin pagar los derechos e impuestos aplicables a la importación.

6. Depósito Fiscal, régimen aduanero que permite que las mercancías que llegan al territorio aduanero del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras. En R.D., la Ley No. 456, del 3 de enero del 1973 establece los Almacenes de Depósito Fiscal; el Decreto No. 106-96, del 25 de marzo del 1996, establece el Reglamento de los Depósitos para la Reexportación de Mercancía

Regímenes de operaciones aduaneras:

1. El Reembarque, proceso aduanero que permite reembarcar las mercancías introducidas en régimen de importación e internación temporal bajo control aduanero del país de origen, procedencia u otro destino en el extranjero.

2. Tránsito Aduanero, operación aduanera que permite que la mercancía objeto del Comercio Internacional sea transferida bajo control aduanero de una aduana a otra, dentro del territorio aduanero o con destino al exterior, con suspensión de pago de los derechos e impuestos aplicables a la importación previa presentación de garantía.

3. Transbordo, acción bajo control aduanero que permite la transferencia de mercancía desde un medio de transporte a otro.

4. El cabotaje, modalidad que regula el traslado de mercancías o personas bajo control aduanero entre dos puertos marítimos o dos aeropuertos, cuya mercancías o pasajeros después de ingresadas al territorio aduanero nacional, se trasladarán previo cambio del medio de transporte al puerto o aeropuerto nacional de destino, tomando en consideración las restricciones o prohibiciones de mercancías por razones fitosanitarias, sanitarias, ambiental y de seguridad.

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