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Relacion entre el ordenamiento internacional y el ordenamiento guatemalteco


Enviado por   •  27 de Agosto de 2018  •  Ensayos  •  1.022 Palabras (5 Páginas)  •  97 Visitas

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RELACIÓN ENTRE EL ORDENAMIENTO INTERNACINONAL Y EL ORDENAMIENTO GUATEMALTECO

En Guatemala la misma constitución política menciona en su articulo 44: “los derechos y garantías que otorga la Constitución no excluyen otros que, aunque no figuren expresamente en ella, son inherentes a la persona humana”. Fundamentalmente esta es una ventaja en la cual los derechos humanos a nivel internacional pueden llegar a fortalecer la normativa interna velando las garantías fundamentales de las personasel articulo 46 de la misma constitución política establece: “Se establece el principio general de que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preminencia sobre el derecho interno”. No solamente esta mas que claro que da preeminencia al derecho internacional en materia de derechos humanos sino que también hace énfasis a que la normativa interna estará por debajo de estos, con el objeto de velar por el buen funcionamiento judicial, y normativo.

Aunado a lo anterior es importante hacer ver que el bloque de constitucionalidad es un parámetro fundamental dentro de lo que es el derecho ya que este no significa que la constitución o la normativa interna sea inferior o suplida por el derecho internacional sino mas bien da a determinar que estar en materia de derechos humanos en un sentido horizontal y que debe interpretarse de una forma paralela y humana. No esta de mas hacer ver que en Guatemala se establece la corte de constitucionalidad como tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función principal es la defensa del orden constitucional, por lo que si existiera alguna violación al orden constitucional, el mismo tiene el medio para hacer valer la supremacía de la misma

En la misma línea, o en el mismo sentido hay que hacer ver que el derecho internacional es muy importante en el ordenamiento jurídico interno ya que el mismo aporta o llena vacios legales que existen, no esta demás decir que no existe una legislación perfecta, por lo que debe establecerse bases existenciales o legales en los cuales a falta de una interpretación en la legislacio interna se pueda acudir como medio de defensa, tal como lo es el derecho internacional, el cual ha influenciado siempre a la mayoría de países en los cuales se puede notar siempre resabios de legislaciones extrajera, por lo que el derecho internacional entra por el ya mencionado bloque de constitucionalidad y se valida en los sistemas judiciales interno.

PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES

Cuando un órgano jurisdiccional, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pronuncia una sentencia de carácter internacional, en donde se le restituye el derecho violado a la cierta persona, o bien se le otorga una justa indemnización por la violación del mismo, es necesaria su ejecución si el Estado no cumple de buena fe la misma.

Lastimosamente en Guatemala no existe un mecanismo o cuerpo legal en donde específicamente se regule la execuator de una sentencia internacional. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derecho Humanos ha señalado que cuando un Estado no establezca un mecanismo para ejecutar estas sentencias internacionales se deberá de entender que la sentencia internacional forma el carácter de cosa juzga y por lo tanto se deberá de ejecutar la misma como una sentencia nacional.

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