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Relacion entre derecho internacional y derecho diplomatico


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2015  •  Apuntes  •  1.103 Palabras (5 Páginas)  •  128 Visitas

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UNIDAD VII. FUNDAMENTO DEL DERECHO DE CASTIGAR

ASIGNATURA: CRIMINOLOGIA

UNIDAD VII

FUNDAMENTOS DEL DERECHO DE CASTIGAR:

        El Jus Puniendi es fundamental tanto para el derecho penal como para la criminología. El monopolio estatal del poder penal que se determinó desde el momento en que el juez sustituyo al personalmente ofendido. Es la potestad del Estado de imponer sanciones o castigar.

        Ya que el hombre vive en sociedad, es el pensamiento que da base a justificar el derecho que tiene el Estado de castigar al delincuente. El estudio de este aspecto del derecho penal es indispensable por varias razones; en primer lugar por la diversidad de opiniones y doctrinas que el derecho penal ira recogiendo y en segundo lugar la sociedad dirigirá su lucha contra la criminalidad.

1. COMPETENCIA DE LA SOCIEDAD PARA EL EJERCICIO DEL JUS PUNIENDI

        El fundamento del derecho del Estado de reprimir, se refiere al modo de ejercer la represión o a la finalidad de la pena.

        En la antigüedad y hasta fines de la edad media este problema era desconocido. Los filósofos griegos lo plantearon doctrinariamente sin que se apliquen dichas doctrinas.

        En el siglo XVII y XVIII la filosofía gira alrededor de la libertad tendiente a defender al individuo frente al estado avasallador ya que anteriormente, a la autoridad real nadie podía discutir ya que reinaba el absolutismo real.

2. ATRIBUCIONES DEL ESTADO

        El Jus Puniendi del Estado surgió como una reacción ante el delito para evitar el ejercicio abusivo y desproporcionado. Por lo cual el Estado asume el derecho de represión.

3. TEORÍAS SOBRE EL DERECHO A CASTIGAR QUE TIENE EL ESTADO

        Existe mucha confusión entre lo que es la función y el fin de la pena, entre las doctrinas filosóficas de la justificación que las presentan como “teorías de las penas”.

        Afirman que la pena debe ser aflictiva o que debe estigmatizar, aislar o neutralizar a los condenados en cuanto de hecho cumple tales funciones.

        La pena posee un efecto antes que un fin, debe prevenir los delitos, reeducar a los condenados o disuadir a la generalidad de los ciudadanos a cometer delitos.

Clasificación

- Teorías Absolutas

- Teorías Relativas

- Teorías Eclécticas

4. TEORÍA ABSOLUTA O DE LA RETRIBUCIÓN

        Llamada también teoría expiatoria. Tiene como antecedente inmediato el Talión. La escuela de Pitágoras parte del principio de que la naturaleza es una armonía y quien la rompe, debe sufrir una pena a fin de restablecer el orden. El que comete un delito, debe recibir un castigo, ser pasible de un sufrimiento como expiación.

Critica

        La pena para esta teoría es una retribución al mal del delito. La justicia en consecuencia, consiste en la imposición de un mal por el mal del delito, criterio sustentado por Hugo Groccio y Manuel Kant. Para Kant, el derecho se aplica sin tomar al hombre como un medio, sino como un fin en él mismo.

5. TEORÍA RELATIVA O DEFENSA SOCIAL

        No considera a la pena como consecuencia del delito y no admite la expiación. Para esta doctrina, la pena se aplica para evitar que se cometa un delito, implica la idea de fin, el carácter expiatorio se sustituye por el principio de la DEFENSA SOCIAL. Que puede ejercitarse por distintos medios: La Intimidación, La Defensa Social, La Coacción Psicológica, La Advertencia y la Utilidad.

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