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Resumen Leyes 2011 Colombia


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2011  •  5.240 Palabras (21 Páginas)  •  1.526 Visitas

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ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN - LEY 1474 DE 2011

La eliminación de beneficios jurídicos para quienes resulten condenados por actos de corrupción es la propuesta más audaz del estatuto anticorrupción, un proyecto de ley que el gobierno de Juan Manuel Santos dejará a consideración del Congreso.

La iniciativa pretende elevar la lucha contra la corrupción a la categoría de “política de Estado”, y según palabras del propio Presidente de la República, pretende vincular a toda la sociedad.

El proyecto, que entró en el paquete de las llamadas iniciativas prioritarias, contempla “herramientas preventivas para el fortalecimiento institucional, la participación ciudadana, el control social, la rendición de cuentas, el acceso a la información la promoción de una cultura de legalidad, probidad y transparencia”.

El proyecto que consta de 95 artículos tiene casi una decena de puntos neurálgicos, desarrolladas en 40 medidas. Entre ellos el endurecimiento del régimen penal contemplado para este tipo de conductas que, además, tendrían una sanción de hasta 18 años de cárcel.

En uno de los capítulos más neurálgicos, el proyecto contempla la inhabilidad a contratistas de financiar campañas políticas.

Puntos clave del estatuto 'anticorrupción':

1. Procesos disciplinarios efectivos

“Se hacen cambios sustanciales a las normas sobre procesos disciplinarios y fiscales para que sean más efectivos. Se adopta la figura de las Personas Políticamente Expuestas para que el sector financiero realice un seguimiento más detallado a las cuentas de los servidores públicos y se convierta en un aliado en la lucha contra la corrupción”.

2. El lobby en el Congreso a la vista pública

“El proyecto regula la actividad de lobby o cabildeo frente al Legislativo y el Ejecutivo, para darle mayor transparencia a sus decisiones, así como se redefine el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, como un programa de diseño y coordinación de la política gubernamental de lucha contra la corrupción”.

3. Rediseño del Zar anticorrupción

“Tenemos que concordar en que la figura del Zar Anticorrupción poco ha servido para establecer una política realmente eficaz, con resultados más contundentes, por lo que este rediseño se hacía imperativo”.

4. Comisión de Moralización

“Se crea la Comisión Nacional para la Moralización, presidida por el Presidente de la República, y con participación del Ministro del Interior, el Procurador, el Contralor, el Fiscal, el Presidente del Congreso, los Presidentes de la Corte Suprema y del Consejo de Estado, el director del Programa Presidencial contra la Corrupción, y el director de la Consejería Presidencial para el Buen Gobierno y la Eficiencia Administrativa”.

5. Comisión ciudadana anticorrupción

“Se constituye la Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción, integrada por representantes de los gremios económicos, de ONG enfocadas en la lucha contra la corrupción, las universidades, los medios, las veedurías ciudadanas, el Consejo Nacional de Planeación, las organizaciones sindicales y el director del Programa Presidencial contra la Corrupción, que ejercerá la Secretaría Técnica”, puntualizó.

6. Corrupción sin beneficios penales

“Se excluirán los actos de corrupción de beneficios como la suspensión de la pena, la libertad condicional o la prisión domiciliaria”.

7. Rendición de cuentas efectiva

"Se establecen políticas más estrictas para las entidades públicas en cuanto a la información que deben brindar al ciudadano, generando una verdadera cultura de rendición de cuentas, que es una de las características esenciales el Buen Gobierno".

8. Vigilancia a la contratación

“Se harán algunos cambios en el Estatuto de Contratación para impedir que los contratos en la administración pública sean fuente de actos que lesionen la moralidad pública”.

9. Mecanismos de control ciudadano

“El estatuto anticorrupción contiene medidas para defender los recursos del sector salud, y las regalías, y crea canales para el control social y ciudadano”.

MEDIDAS ADMINISTRATIVAS PARA LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN

La administración pública es el ámbito natural para la adopción de medidas para la lucha contra la corrupción; por ello en el primer capítulo se consagra una serie de mecanismos administrativos para reducir determinados fenómenos que afectan la gestión estatal.

1. Las personas naturales, jurídicas, sus matrices y subordinadas, no podrán volver a contratar con el Estado cuando hayan sido responsables de la comisión de un delito contra la Administración Pública o contra el patrimonio público; un delito de corrupción. La inhabilidad será de 20 años.

2. Se acoge el texto aprobado en la Cámara, estableciendo la inhabilidad para contratar de las personas naturales o jurídicas que financien campañas políticas a alcaldías, gobernaciones y presidencia. Quienes hayan financiado 2.5% de los topes de campaña en la respectiva jurisdicción electoral, están inhabilitados para contratar con la entidad territorial de que se trate durante el periodo del elegido.

3. Los ex servidores públicos no podrán gestionar ante las entidades públicas intereses privados durante los 2 años siguientes a su retiro. Es lo que llamamos la puerta giratoria (queda prohibida).

4. Los ex empleados públicos del Nivel Directivo no podrán ser contratistas del Estado en el mismo sector en el cual prestaron sus servicios, durante los dos (2) años siguientes al retiro del cargo.

5. El Ministerio del Interior será responsable del ejercicio de la acción de repetición cuando a ello haya lugar, porque muchas de las entidades no están ejerciéndola.

6. No procederá el secreto profesional

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