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Resumen de rtf


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2015  •  Informes  •  501 Palabras (3 Páginas)  •  323 Visitas

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POCISION DE LA EMPRESA MINERA

La empresa minera considera que los PAD´s de lixiviación no constituyen o no califican como activo fijo ya que al momento de la práctica del proyecto de los PAD´s desdoblarse como dos PAD´s  independientemente, que fueron implementados sucesivamente esto se pudo verificar mediante los informes elaborados por el ingeniero Edwilde Yoplac. También se alega que la inspección realizada por ACOMISA tenía como objetivo verificar que el proyecto Knigt Piésold Consulting había sido efectuado en lo que respecta seguridad, higiene minera e impacto ambiental y no la verificación del diseño en un solo PAD o en dos PAD´s independientes.

Por la cual la empresa considera que dichos desembolsos tienen la naturaleza de los gastos de desarrollo ya que también se amparan en las NIC´s y NIIF´s, la NIC 16 Inmueble maquinaria y equipo no menciona normas expresas que regulen el reconocimiento y contabilización de estos conceptos, por lo podría considerarse tales desembolsos en la división 344 de la Cuenta 34 sobre gastos de exploración y desarrollo para intangibles también se aluce que el referido Plan Contable se encuentra actualmente desactualizado y deviene en inaplicable para algunas NIC´s.

POSICION DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

La administración tributaria establece que los costos y gastos referidos a los PAD´s de lixiviación no califican como gastos de desarrollo ya que estos PAD´s califican como bienes no separables del procesamiento metalúrgico del mineral la cual es necesaria para la generación de beneficios si bien concuerda con la empresa minera que la NIC 16 no lo considera como un activo fijo sin embargo si califican como un activo fijo conforme al Marco Conceptual de las Normas Internacionales de Contabilidad. Por tal motivo la administración considero que la  NIC 16 no era aplicable a las plataformas de lixiviación.

La administración se basa en el informe de Villanuena Leon y Asociados Contadores Publicos S.C que concluye que la plataforma tendría una vida útil de 18 meses la cual basado en el informe final de la plataforma y poza elaborado por Knight Piésold Consulting  y también por las verificaciones que fueron realizados parte de la construcción y métodos de operación.

OPINION INDIVIDUAL

Tanto la empresa como la administración tributaria tienen distintos puntos de vista del tratamiento contable del bien  la cual la empresa asume como gasto de desarrollo lo cual le causara como efecto  el aumento de sus gastos en el periodo con el fin de poder disminuir el impuesto a la renta u obtener un crédito fiscal sin embargo la administración deniega tal tratamiento por considerar ser un activo fijo que debe ser depreciado en 18 meses mi opinión concuerdo con los fiscales la cual lo considera como activo fijo según el Plan Contable Revisado y según el Diccionario para Contadores que lo califican como conjunto de elementos patrimoniales adscritos a la sociedad en forma duradera lo cual le contraigan beneficios futuros motivo por la cual la empresa tendría que ser un reparo tributario y modificar su impuesto a la renta que fueron deducido como gastos de desarrollo.

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