Resumen sobre la circular de CNBS
francis1993Trabajo25 de Mayo de 2017
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Resumen sobre la circular de CNBS
En esta circular nos dimos cuenta que CNBS, certifica la parte conducente del acta en Tegucigalpa, municipio del distrito central el 05/02/2015, el cual posee una serie de consideraciones como ser:
1. Corresponde a CNBS, dictar las normas que se requieren para revisar, verificar, controlar, vigilar y fiscalizar las instituciones supervisadas, para lo cual se basara en la legislación vigente y en acuerdo y practicas internaciones.
2. Para promover la inclusión financiera en Honduras, es necesario establecer una serie de disposiciones normativas que faciliten el acceso a cuentas básicas de depósitos de ahorro por parte de personas de escasos recursos económicos.
3. La CNBS, mediante una de su resoluciones aprobó las normas para aperturas, manejo y cierre de cuentas básicas en instituciones supervisadas, las cuales tienen objeto establecer las disposiciones que deben observar los bancos comerciales privados y públicos, sociedades financiera, asociaciones de ahorro y crédito y préstamos, organizaciones privadas de desarrollo financiero, u cooperativas de ahorro y crédito, en la apertura, manejo y cierre de cuentas de depósitos de ahorro.
4. El grupo de acción financiera (GAFI), las instituciones supervisadas podrán implementar un régimen simplificado de debida diligencia del cliente, cuando los riesgos de lavado de activos o financiamiento del terrorismo son más bajos, el cual debe tomar en cuenta de naturaleza del riesgo menor, mediante simplificación de la información al momento de aperturas, limites en los montos de apertura, tipo de transacción disponibles, límites de cuentas básicas de depósito de ahorro.
5. Es necesario adecuar las disposiciones normativas de este ente regular en materia de cuentas básicas de depósito de ahorro a las condiciones den entorno, mejores prácticas internacionales y las capacidades operativas de las instituciones supervisadas, con la finalidad de promover la inclusión financiera entre la población de escasos recursos.
Normas para apertura, manejo y cierre de cuentas básicas de depósito de ahorro en instituciones supervisadas.
El cual tienen como objetivo establecer las disposiciones que deberán observar los bancos comerciales privados y públicos, sociedades financieras, asociaciones de ahorro y prestamos organizaciones privadas de desarrollo financiero, y cooperativas de ahorro y crédito, en adelante denominadas instituciones supervisadas, en la apertura y cierre de cuentas básica de depósito de ahorro, que podrán ofrecer de manera opcional a sus clientes.
De igual en esta circular nos da las especificaciones de las diferentes características para una la apertura de una cuenta básica de depósito de ahorro como la nacionalidad, la cantidad de cuentas que puede mantener el titular en la institución, el saldo mínimo como máximo, los cobros por saldos mínimos, inactividad de cuentas, y el otorgamiento de sobre giros en las cuentas básicas de depósito de ahorro.
Apertura, manejo y cierre de la cuenta básica: Se nos enseña el riesgo para la apertura de cuenta básica, ya que en la actualidad se está exigiendo establecer una política, procesos y procedimientos que garanticen una debida diligencia para este tipo de cuentas, por el que debe ser aprobado por el comité de riesgos.
Las instituciones supervisadas por CNBS, deben notificar con anticipación para el lanzamiento de dicho producto, antes de un nuevo ofrecimiento de los mismos, para saber si no existe la posibilidad de la comisión pueda objetar a la institución el ofrecimiento, mediante la consideración de la institución no reúna las condiciones suficientes para la adecuada gestión de los riesgos que involucran en manejo de dicho producto.
Muestra las
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