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RÉGIMEN COMÚN Y RÉGIMEN SIMPLIFICADO


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2018  •  Trabajos  •  3.110 Palabras (13 Páginas)  •  192 Visitas

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RÉGIMEN COMÚN Y RÉGIMEN SIMPLIFICADO

CIPAS

ALVALEZ BADILLO GISSEL

BENAVIDES FARRAYANS LIANA

BARRETO OCAMPO JOSÉ HUMBERTO

JIMÉNEZ CASTRO MARY SOL

RANGEL JORGE YOJANIS

TUTOR

JAVIER MASSON LEZAMA

GERENCIA DEL TALENTO HUMANO

UNIVERSIDAD DE CARTAGENA

CREAD MAGANGUÉ

PROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

IX SEMESTRE

MAGANGUE BOLÍVAR

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

JUSTIFICACIÓN

OBJETIVOS

  1. REGIMEN SIMPLIFICADO…………………………………………………………………...6
  1. ¿Quiénes pueden pertenecer al régimen simplificado?...........................6
  2. Ingresos que se deben tener en cuenta para determinar si se pertenece al régimen simplificado……………………………………......................…6
  3. Requisitos para pertenecer al régimen simplificado………………..……..6
  4. Obligaciones del régimen simplificado………………………………….…..7
  5. Prohibiciones para los responsables del régimen simplificado………….8
  1. REGIMÉN COMÚN………………………………………………………………..9
  1. ¿Quiénes pertenecen al régimen común?................................................9
  2. Obligaciones del régimen común…………………………………………..10
  1. SEMEJANZAS ENTRE RÉGIMEN COMUN Y SIMPLIFICADO
  2. DIFERENCIAS ENTRE RÉGIMEN COMÚN Y SIMPLIFICADO
  3. Imagen 1……………………………………………………………………….….13
  4. REQUISITOS PARA REGRESAR DE RÉGIMEN COMÚN A RÉGIMEN SIMPLIFICADO………………………………………………………………….13
  5. CONCLUSIONES

INTRODUCCIÓN

En Colombia los responsables del impuesto a las ventas se dividen en dos grupos: Régimen común y Régimen simplificados.  Ambos  venden productos gravados con IVA y prestan servicios gravados con IVA. Al régimen simplificado sólo pueden pertenecer las personas naturales que cumplan determinados requisitos, al régimen común todas las personas jurídicas y aquellas personas naturales que no cumplan los requisitos para pertenecer el Régimen simplificado.

En siguiente trabajo definiremos las características fundamentales de cada uno, como los son los requisitos, las obligaciones entre otras, con sus respectivos fundamentos legales y las diferencias que existen entre ambos.

JUSTIFICACIÓN

El presente trabajo se hace con el propósito de identificar los dos responsables del impuesto sobre las ventas en Colombia, para prepararnos como futuros administradores en el tema de legislación tributaria e identificar a que régimen pertenecerá nuestras futuras empresas.

Se realiza ésta investigación con el objetivo de crecer en conocimiento como CIPAS, y obtener excelente calificación en el curso de legislación tributaria.

OBJETIVOS

GENERAL

Explicar la consistencia  de los responsables del impuesto sobre las ventas en Colombia.

ESPECÍFICOS

  1. Identificar quienes pertenecen al régimen común y al régimen simplificado.
  2. Argumentar con fundamentos legales las características del régimen común y simplificado.
  3. Distinguir cuales son los requisitos para el régimen común y el régimen simplificado.
  4. Definir la diferencia entre régimen común y simplificado.

  1. REGIMEN SIMPLIFICADO
  1. ¿Quiénes pueden pertenecer al régimen simplificado?

Según el artículo 499 del estatuto tributario, al régimen simplificado pueden pertenecer las personas naturales que realicen operaciones gravadas  con el impuesto a las ventas, esto es, que vendan productos gravados o que presten servicios gravados, en la media en que cumplan con todos los requisitos que contempla la norma.

  • Los comerciantes minoristas o detallistas.
  • Los artesanos minoristas o detallistas.
  • Agricultores.
  • Ganaderos.
  • Prestadores de servicios.

  1. Ingresos que se deben tener en cuenta para determinar si se pertenece al régimen simplificado

Para el cálculo de los montos de los ingresos base para pertenecer al régimen simplificado, se deben tener en cuenta los ingresos provenientes de las actividades gravadas, es decir, que si el responsable del impuesto ejerce una actividad gravada y una excluida, solo se tienen en cuenta los ingresos originados en la actividad gravada.

  1. Requisitos para pertenecer al régimen simplificado

De la lectura del artículo 499 del estatuto tributario se pueden identificar los siguientes requisitos que se deben cumplir en su totalidad para pertenecer al régimen simplificado:

  1. Los ingresos obtenidos en el 2015 deben ser menores de  $113.116.000 (4.000 Uvt). La norma habla de ingresos brutos.
  2. Durante el 2015 no se debieron celebrar contratos de venta de bienes o prestación de servicios por valor  individual superiores a $93.321.000 (3.300 Uvt)
  3. Durante el 2016 no se deben realizar contratos cuyo valor individual sean superiores a $98.185.000.
  4. Durante el 2015 el monto total de consignaciones no debe haber superado el valor de $127.256.000 (4.500 Uvt)
  5. Durante el 2016 el monto de las consignaciones no deben superar la suma de $133.889.000 (4.500 Uvt)
  6. Hay que tener un solo establecimiento de comercio.
  7. No hay que ser usuario aduanero.( persona natural que se exportador e importador)
  8. En el establecimiento de comercio no se deben realizar operaciones que implique la explotación de intangibles. (patentes, derecho de autor, marcas registradas, formulas secretas etc.)

Los valores del Uvt que se han tomado como referencia son:

  • Para los valores del 2015 o año anterior: 28.279
  • Para los valores del 2016 o presente año: 29.753

Respecto al monto de los contratos, si durante el 2016 se requiere celebrar un contrato cuyo valor sea superior a $98.185.000, previamente hay que inscribirse en el régimen común conforme lo establece e parágrafo primero del artículo 499 del estatuto tributario.

  1. Obligaciones del régimen simplificado

Según el artículo 509 del E.T.

  1. Inscribirse en el Registro Único Tributario: Esta Inscripción deberá realizarse ante la Administración de Impuestos Nacionales que corresponda al lugar donde ejerzan habitualmente su actividad, profesión, ocupación u oficio, y obtener el Número de Identificación Tributaria, NIT dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de iniciación de sus operaciones.
  2. Entregar copia del documento en que conste su inscripción en el régimen simplificado, en la primera venta o prestación de servicios que realice a adquirentes no pertenecientes al régimen simplificado, que así  lo exijan.
  3. Cumplir con los sistemas de control que determine el Gobierno Nacional: El artículo 684-2 del Estatuto Tributario, faculta a la DIAN para implantar sistemas técnicos de control de las actividades productoras de renta, los cuales servirán de base para la determinación de las obligaciones tributarias. La no adopción de dichos controles luego de tres (3) meses de haber sido dispuestos, o su violación, dará lugar a la sanción de clausura del establecimiento en los términos del artículo 657 del mismo Estatuto
  4. Exhibir en un lugar visible al público el documento en que conste su inscripción en el RUT, como perteneciente al régimen simplificado.
  5. Llevar el libro fiscal de registro de operaciones diarias. En este Libro, que debe estar foliado, debe anotarse la identificación completa del responsable y, además:
  1. Anotar diariamente los ingresos obtenidos por las operaciones realizadas, en forma global o discriminada.
  2. Anotar diariamente los egresos por costos y gastos.
  3. Al finalizar cada mes deberán totalizar: El valor de los ingresos del período, el valor pagado por los bienes y servicios adquiridos según las facturas que les hayan sido expedidas.

Los soportes del Libro Fiscal de Registro de Operaciones Diarias que correspondan a los registros anteriores, deben conservarse a disposición de la Administración Tributaria durante 5 años a partir del día 1o. de enero del año siguiente al de su elaboración.

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