SISTEMA POLITICO MEXICANO
OLYSOL17 de Abril de 2014
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SISTEMA POLITICO MEXICANO
1. CONCEPTO.
Conjunto de instituciones interrelacionadas que mandata la Constitución para operar las necesidades de un núcleo social “pueblo” establecido en un territorio, regido por un marco jurídico y aplicado por un gobierno que tiene por finalidad el bien común. *
2. ESTRUCTURA DEL SISTEMA POLITICO MEXICANO
PODER EJECUTIVO LEGISLATIVO JUDICIAL
FUNCIONES
Administrar y prestar servicios públicos Crear, modificar y derogar las leyes Impartir justicia, aplicar el derecho y resolver controversias
NIVELES
FEDERAL
Presidente de la República (Arts. 80-93 CPEUM).
Auxiliares:
Secretarios de Estado y Procurador General de la República
Congreso de la Unión
(Cámara de Diputados y Cámara de Senadores)
Art. 50 de la CPEUM
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Tribunales Colegiados de Circuito
Tribunales Unitarios de Circuito y
Juzgados de Distrito.
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Consejo de la Judicatura Federal.
Art. 94 de la CPEUM
LOCAL
(Estatal)
Gobernador
Auxiliares:
Secretarios del Estado y Procuradurías Generales de Justicia
Legislaturas de los Estados
Asamblea Legislativa del DF
Tribunal Superior de Justicia.
Juzgados del fuero Común
MUNICIPAL
Ayuntamiento
• Presidente municipal
• Regidores
• Síndicos
Art. 115 CPEUM
Cabildo
No existe
2. ESTRUCTURA
2.1 EN LA FEDERACION
PODER EJECUTIVO (ARTÍCULOS 80 AL 93 DE LA CPEUM)
Representado por: El Presidente de la República
Auxiliado por: Secretarios de Estado y Procurador General de la República.
Secretarías de Estado que existen:
1. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)
2. Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT)
3. Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL)
4. Secretaría de Economía (SE)
5. Secretaria de Energía (SENER)
6. Secretaría de Educación Pública (SEP)
7. Secretaría de Gobernación (SEGOB)
8. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
9. Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA)
10. Secretaría de la Función Pública (SFP)
11. Secretaría de la Reforma Agraria (SRA)
12. Secretaría de Marina (SEMAR)
13. Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)
14. Secretaría de Salud (SS)*
15. Secretaría de Seguridad Pública (SSP)
16. Secretaría de Turismo (SECTUR)
17. Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales (SEMARNAT)
18. Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)
PODER LEGISLATIVO (ARTÍCULO 50 DE LA CPEUM)
Está conformado por el Congreso de la Unión que se integra por:
• Cámara de Diputados. Conformada por 500 diputados (300 uninominales y 200 plurinominales) que son designados por elección popular, cada tres años (artículos 51, 52, 53, 54, 55, 74 y 75 de la CPEUM), mediante el sistema de distritos electorales uninominales y de listas regionales.
• Cámara de Senadores. Conformada por 128 senadores (64 corresponden a las fórmulas ganadoras en las elecciones, 32 a la primera minoría y 32 de una sola lista plurinominal a nivel nacional), quienes son los representantes de los estados (entidades federativas), designados cada seis años por elección popular directa, por cada estado y por el Distrito Federal (artículos. 56, 57, 58, 76 de la CPEUM).
• Comisión Permanente. Organismo perteneciente al Congreso de la Unión, integrado en la actualidad por 37 miembros (19 diputados y 18 senadores), cuya función formal primordial es suplir, durante los recesos, al Congreso de la Unión. Desarrolla facultades que no entrañan actividad legislativa.
Las Comisiones pueden ser: Ordinarias, Especiales o De Investigación.
Existen 44 Comisiones Ordinarias. Se constituyen para toda la Legislatura, y son las encargadas de dictaminar las Iniciativas de Ley o Decretos.
Comisiones de Investigación: les corresponde indagar el funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria de carácter federal.
Comisiones Especiales: son las encargadas de los asuntos que determina el Acuerdo Parlamentario de su creación y durante el tiempo que fija el mismo
PODER JUDICIAL (ARTÍCULO 94 DE LA CPEUM)
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Ésta tiene su fundamento legal en el artículo 94 Constitucional, cuenta con dos Salas, la primera Sala conoce asuntos en materia Civil y Penal; y la segunda Sala en materia Administrativa y Laboral (Art. 15, Cap. IV, Art. 21) y 11 Ministros, uno de los cuales es su presidente, y funciona en Pleno o en Salas. El Presidente de la Suprema Corte de Justicia no integra sala, es decir, solo forma parte del pleno en sí, pero no participa en ninguna de las actividades de las salas.
Los ministros son electos para un periodo de 15 años. Para su elección el Presidente de la República propone al Senado de la República una terna de candidatos para cada puesto y, previa comparencia, el Senado elige a uno de ellos por una mayoría cualificada de dos terceras partes.
Existen 660 juzgados federales en total, que se reparten en la siguiente forma:
ORGANOS JURISDICCIONALES EN FUNCIONES POR CIRCUITO AL 24 DE AGOSTO DE 2010
CIRCUITO TRIBUNALES COLEGIADOS TRIBUNALES UNITARIOS JUZGADOS DE DISTRITO TOTAL
AUX. AUX. AUX. CATEO Y ARRAIGO
1 Distrito Federal
(Primera Región) 56 2 9 67 5 7 146
2 Estado de México 15 2 5 23 45
3 Jalisco 13 2 4 2 19 2 42
4 Nuevo León 11 2 13 26
5 Sonora 5 5 10 20
6 Puebla
(Segunda Región) 9 4 2 10 9 34
7 Veracruz
(Xalapa, Cuarta Región) 7 2 2 13 5 29
8 Coahuila
(Saltillo, Décima Región) 5 2 2 8 2 19
9 San Luis Potosí 3 1 6 10
10 Tabasco, Coatzacoalcos 3 2 7 12
11 Michoacán 4 1 2 9 16
12 Sinaloa
(Culiacán, Quinta Región) 4 2 3 1 10 7 28
1*
13 Oaxaca 3 2 8 13
14 Yucatán 3 1 4 8
15 Baja California 5 7 16 28
16 Guanajuato
(Guanajuato, Tercera Región) 5 2 3 5 8 3 26
17 Chihuahua
(Chihuahua, Sexta Región) 5 1 4 1 10 1 22
18 Morelos 3 1 5 9
19 Tamaulipas 6 4 12 22
20 Chiapas 3 2 9 14
21 Guerrero
(Acapulco, Séptima Región) 4 1 2 1 8 3 19
22 Querétaro 3 1 4 8
23 Zacatecas
(Zacatecas, Novena Región) 1 2 1 2 7 13
24 Nayarit 2 1 6 9
25 Durango 1 1 3 5
26 Baja California Sur 1 1 2 4
27 Quintana Roo 2 1 4 2 9
28 Tlaxcala 1 1 2 4
29 Hidalgo 2 1 3 6
30 Aguascalientes 2 1 3 6
31 Campeche 1 1 2 4
32 Colima 1 1 2 4
TOTAL 189 23 76 10 309 46 7 660
Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia durarán en su encargo 15 años. Para ser nombrados será su Presidente quien someta, a la consideración del Senado, una terna.
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Este tribunal funcionará a través de una Sala Superior, la cual se integra por siete Magistrados Electorales. De entre sus miembros será elegido su Presidente por la Sala Superior, quien durará en el cargo cuatro años (artículo 99 de la CPEUM)
TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO
Se encuentran integrados por tres magistrados, un secretario de acuerdos, así como por el número de secretarios, actuarios y empleados que determine el presupuesto.
TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO
Estos tribunales estarán integrados por un magistrado, así como por los secretarios, actuarios y empleados que determine el presupuesto (artículo 28 LOPJF)
JUZGADOS DE DISTRITO
La LOPJF, en su artículo 48, señala que todo juez de distrito que no tenga jurisdicción especial conocerá los asuntos a que se refiere el capítulo II de la referida ley.
Los jueces de distrito que contempla la LOPJF son los que a continuación se enlistan:
• Jueces federales
• Jueces federales penales
• Jueces de distrito de amparo en materia penal
• Jueces de distrito en materia administrativa
• Jueces de distrito civiles federales
• Jueces de distrito de amparo en materia civil
• Jueces de distrito en materia de trabajo
Las atribuciones que tienen estos jueces se encuentran contempladas por el capítulo II de la LOPJF (artículos 48 al 55)
Los juzgados de distrito estarán integrados por un juez, así como por los secretarios, actuarios y empleados que determine el presupuesto (artículo 42 de la LOPJF)
EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
Su integración está formada por siete consejeros, debiendo funcionar en Pleno o a través de comisiones (artículo 69 de la LOPJF)
2.2 EN LOS ESTADOS
PODER EJECUTIVO.
Representado por: Gobernador
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