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SOCIEDAD CIVIL


Enviado por   •  29 de Agosto de 2013  •  841 Palabras (4 Páginas)  •  225 Visitas

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SOCIEDAD CIVIL

CONCEPTO. Es el contrato plurilateral por el que dos o más personas aportan bienes o servicios para la realización permanente de un fin común, lícito y de carácter preponderantemente económico, que no sea una especulación comercial , mediante la aportación de sus bienes o industria, o de ambos, para dividir entre si ganancias y perdidas. (7.909).

CLASIFICACIÓN. Es un contrato plurilateral o de organización, es un contrato oneroso, conmutativo y no aleatorio por las mismas razones que la asociación civil, “intuitu personae” , formal y preparatorio.

ELEMENTOS FORMALES. Es un contrato formal, porque debe constar por escrito ; y debe, además, inscribirse en el Registro Público de la Propiedad, en tanto se inscriba surtirá efectos entre los socios y solo beneficios a terceros (7.911).

Además, es necesario el permiso previo de la Secretaría de Relaciones.

Además, el contrato debe precisar una serie de datos referentes a su contenido formal, como nombres de los socios fundadores, razón social, objeto de la sociedad, monto del capital social, naturaleza de cada una de las aportaciones, bajo la sanción de que la omisión de alguno de éstos requisitos da lugar a la liquidación de la sociedad (7.914)

ELEMENTOS REALES. Son dos: las aportaciones y la finalidad social. Las aportaciones pueden ser de diversas clases: iniciales, que aportan los fundadores, y posteriores o suplementarias, que se decretan posteriormente para aumentar el capital social; pueden ser de bienes o de servicios, según se trate de socio capitalista o de socio industrial. Las aportaciones de bienes, en fin, pueden ser en propiedad o sólo en cuanto al uso.

La finalidad debe ser común a todos los socios y tener el carácter de preponderantemente económica, pero sin ser una especulación mercantil ; debe ser permanente y posible; y por ultimo, debe ser lícita .

ELEMENTOS PERSONALES. Las personas que intervienen al fundarse o que se adhieren posteriormente a la sociedad denominados como socio los cuales no requieren capacidad especial sino capacidad general.

La voluntad de las partes la cual no es instantánea solamente como en los demás contratos sino que es continua o permanente.

EFECTOS DEL CONTRATO. En este contrato no solamente se generan derechos y obligaciones sino que se da el nacimiento a una persona moral distinta a los socios. En consecuencia, los efectos son tres: nacimiento de una persona moral, nacimiento de derechos a favor de los socios, y nacimiento de obligaciones a cargo de los socios.

OBLIGACIONES QUE GENERA. Las obligaciones que genera la sociedad civil a cargo de los socios puede reducirse a tres:

Pago de las aportaciones, las que pueden hacer aportaciones iniciales es decir, al momento de constituirse la

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