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SUNAFIL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL


Enviado por   •  6 de Octubre de 2014  •  Ensayos  •  757 Palabras (4 Páginas)  •  366 Visitas

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SUNAFIL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL (SUNAFIL)

En las últimas semanas, muchos de nosotros al escuchar ese nombre nos hemos preguntado ¿qué es la Sunafil?, ¿de qué se trata?, ¿cuál es su finalidad? Pues bien, el pasado 6 de diciembre de 2012, el Pleno del Congreso aprobó el Proyecto de Ley Nº 00538/2011-PE que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral; organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que en adelante, será responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo; así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dicha materia.

Conforme lo expresado por los representantes del Ministerio de Trabajo y congresistas que impulsaron la creación de este organismo, resulta necesario contar con una dependencia especializada, sólida y autónoma que se pueda encargarse de garantizar un eficiente sistema inspectivo, además de contribuir con una adecuada orientación en temas sociolaborales. Indican estas fuentes que, a la fecha, el 92% de Gobiernos Regionales cuentan con apenas cinco personas dedicadas a ejercer las funciones de inspección y hay regiones como Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín y Ucayali que no cuentan con personal para realizar inspecciones. Actualmente se cuenta con aproximadamente 421 inspectores a nivel nacional, lo cual sólo logra cubrir el 20% de la demanda inspectiva que se necesita, cuando lo cierto es que el país requiere al menos 2082 inspectores. Sin embargo, el gobierno estima que con la creación de la Sunafil, se lograría cubrir cuatro millones de inspecciones laborales anuales en todo el país.

La Sunafil tendría competencia a nivel nacional y dentro de las funciones generales que se contempla en el Proyecto de Ley recientemente aprobado, figuran las siguientes: a) Supervisar el cumplimiento de la normativa sociolaboral, ejecutando las funciones de fiscalización dentro del ámbito de su competencia, b) Aprobar las políticas institucionales en materia de inspección del trabajo, c) Formular y proponer las disposiciones normativas de su competencia, d) Vigilar y exigir el cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias, convencionales y condiciones contractuales, en el orden sociolaboral, que se refieran al régimen de común aplicación o a regímenes especiales, e) Imponer las sanciones legalmente establecidas por el incumplimiento de las normas sociolaborales, f) Fomentar y brindar apoyo para la realización de actividades de promoción de las normas sociolaborales, así como para el desarrollo de las funciones inspectivas de orientación y asistencia técnica de los gobiernos regionales, g) Prestar orientación y asistencia técnica especializada, h) Ejercer la facultad de ejecución coactiva, respecto de las sanciones impuestas

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