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Salario Minimo En Mexico

marcoplanc20 de Octubre de 2014

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“EL SALARIO MÍNIMO”

Resumen

El aumento en el monto del salario mínimo en México, se ha convertido en un tema controversial, ya que favorece de inicio a un sector de la población muy necesitado, sin embargo es en apariencia, ya que de no realizarse un ajuste considerando la implicación de los factores de producción, podría verse comprometida la estabilidad económica.

Abstract

The increase in the amount of the minimum wage in Mexico, has become a controversial topic, as it encourages primarly to a sector of the very needy population, but is apparently because of an adjustment made considering no involvement production factors, may compromise the economic stability.

Introducción

Recientemente ha sido muy comentado a través de los medios de comunicación, la intención de parte del jefe de gobierno del Distrito Federal, de realizar un incremento al salario mínimo . De igual manera el gobernador del Banco de México, que es el banco central de nuestro país y de titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, hicieron comentarios al respecto de dicha intención.

Esta tentativa ha dejado de ser tal y se ha materializado en una iniciativa oficial que por decreto en próximos días será comunicada de forma oficial a través de la gaceta oficial del Gobierno del Distrito Federal, en donde establecerá un incremento del 23.11%, pasando del actual monto del salario mínimo para el distrito federal de $67.28 a $82.86. La asignación de las áreas geográficas económicas se expresan en la siguiente figura 1.

¿Qué implicaciones se prevé que traiga consigo dicho aumento salarial por decreto?

¿Será beneficiada la clase trabajadora; sobre todo la que menos ingreso percibe ?

¿Traerá consigo alguna repercusión esta decisión unilateral a la economía en general del país?

Si esa era la alternativa de solución para mejorar el ingreso de la población del distrito federal y su calidad de vida, ¿Por qué no se hizo antes?

Esta situación es la que se buscará analizar en el presente artículo; para ello es necesario como antecedente a saber con base a qué se determina el salario mínimo en nuestro país y que factores son los que tiene asociados.

Antecedentes históricos

El salario mínimo en México ha sido el producto de la búsqueda de una norma legal que rija la remuneración salarial a cambio de una jornada laboral, esta necesidad fue reflejada en uno de los ideales de la Revolución Mexicana. “La necesidad que el sector laboral pudiera contar con ingreso seguro”, que le otorgara la posibilidad de saciar sus necesidades básicas, impulsó la creación de los primeros modelos del salario mínimo y los criterios para su fijación;

En el periodo revolucionario, el General Pascual Orozco, decreta el Pacto de la Empacadora en el Cuartel General de Chihuahua (El 25 de marzo de 1912), donde destaca el artículo II como precursor de la remuneración en forma monetaria que después sería plasmada en la Constitución Mexicana, leyéndose lo siguiente:

“II. Los jornales de los obreros serán pagados totalmente en dinero en efectivo.”

En 1914, el General Eulalio Gutiérrez, gobernador del Estado de San Luis Potosí, decreta un salario mínimo de $0.75 diarios, elevándose en las minas, a $1.25, sin posibilidad de reducción. Este hecho, da pie a la fijación de un salario base inamovible que brinda seguridad al trabajador, por tanto podemos, encontrar en la Ley del Trabajo del Estado de Yucatán (1915) en sus artículos 84 y 85, el antecedente mejor estructurado en busca de un salario mínimo que dignifique la condición del trabajador

Posteriormente, la aparición del salario mínimo en la promulgación de la Constitución Mexicana del 5 de febrero de 1917, se puede apreciar de mejor manera en el art. 123, en fracciones VI y VII .

La figura del salario mínimo en la Constitución Política no es tan fuerte ni tan beneficiosa, ya que sólo se limita a que el trabajador obtenga un salario que le alcance para satisfacer sus necesidades básicas, contrario a los objetivos de la Ley del Trabajo del estado de Yucatán, donde el objetivo primordial consistía, en la superación de su condición inicial junto con su familia.

Respecto a la creación de la primera Ley Federal del Trabajo, ésta fue decretada el 18 de agosto de 1931. Tiempo después, el Presidente Pascual Ortiz Rubio otorgó plena autonomía al Departamento del Trabajo. Posteriormente, el Presidente Manuel Ávila Camacho promulgó en 1940 una nueva Ley de Secretarías de Estado, en la que se estableció que el Departamento del Trabajo se convertía en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), cuya función permitiera la evolución del sector y del desarrollo del movimiento obrero nacional. Posteriormente, el Congreso de la Unión suspendió la Ley de Secretarías de Estado y decretó, una nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1976. Dicha legislación cambio las atribuciones de la STPS. Por consiguiente, se reagruparon las entidades de la Administración Pública Paraestatal por sectores definidos, establecido en el Acuerdo Presidencial del 17 de enero de 1977, quedaron bajo la coordinación del Secretario del Trabajo y Previsión Social los siguientes organismos: - La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) , creada el 21 de noviembre de 1962. - El Comité Nacional Mixto de Protección al Salario (CONAMPROS), creado el 3 de abril de 1974. (Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 2010).

En la Ley Federal del Trabajo no se encuentra un cambio significativo en cuanto a la fijación y determinación salarial con la Constitución Mexicana, leyéndose en el artículo 90; “Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de sus hijos”.

Esto quiere decir, que el salario mínimo es un límite de la remuneración que una persona puede recibir por su trabajo, éste no pude ser compensado por una cantidad monetaria menor a ésta. Otro aspecto importante de estas definiciones es el hecho de que la cantidad que se le fija al salario mínimo debe ser lo suficientemente basta como para satisfacer las necesidades básicas de un jefe de familia y las personas a su cargo. Esta situación es incomprensible, ya que abastecer una familia de servicios que son vitales para la supervivencia puede tener precios que exceden un salario mínimo.

En cuanto a la redacción del proyecto de Ley sobre Contrato de Trabajo, como podremos revisar en su artículo 33 .

Respecto al método de fijación de Salarios Mínimos; en 1970, se amplían los artículos 91 y 92 de la Ley Federal del Trabajo .

Entre los salarios mínimos profesionales se presentan tres variedades: ramas de la actividad económica, trabajos especiales y profesiones u oficios. En diciembre de 1986, el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados aprueban una iniciativa del Ejecutivo que reforma sustancialmente el sistema, ya que la fracción VI establece, desde el 1 de enero de 1987, que los salarios mínimos serán fijados por una Comisión Nacional, lo que ha dado lugar a la desintegración del sistema de comisiones regionales vigente hasta el 31 de diciembre de 1986.

Discusión

Una vez revisados los antecedentes históricos, los motivadores para el establecimiento de una cantidad mínima que el trabajador perciba como remuneración de su trabajo, revisaremos las formulaciones que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal plantea en su documento de propuesta de incremento al salario mínimo; que no es del dominio público aún, sin embargo en entrevista telefónica que concedió al programa de noticias “El financiero Bloomberg” , el expresa su formulación en los siguientes términos para llevar de manera escalonada el salario mínimo de los actuales 67.29 a 82.86 pesos, estableciéndose como horizonte llegar para finalizar el año 2018 a $171.03:

Desindizar al salario mínimo de todos los referentes que no tienen que ver con el mercado laboral.

Planteamiento de leyes federales y locales que observen el cumplimiento del pago del salario y re-establezcan los referentes vinculados con los mismos.

Emerger el salario mínimo para que encuentre en los referentes de CONEVAL una línea arriba de lo que es la pobreza y la necesidad alimentaria, incrementándolo no de manera caprichosa, sino para hacer frente principalmente a la necesidad alimentaria de la población.

Rediseño de la CONASAMI, fortaleciendo a esta comisión, mejorando la dotación técnica con la que cuenta.

Estipula una revisión de las empresas privadas que estará contratando el Gobierno del Distrito Federal para la ciudad; que cubran con las expectativas salariales planteadas.

Reunirse con los empresarios, sindicatos, investigadores y con el Secretario del Trabajo del Gobierno Federal.

El Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa para establecer los 82.86 pesos como el incremento inicial al salario mínimo, plantea un escenario con modelos económicos de lo que pudiera significar estrictamente

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