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Salud Ocupacional


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2012  •  900 Palabras (4 Páginas)  •  218 Visitas

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NORMATIVIDAD EN TRABAJO

SEGURO EN ALTURAS.

Resolución 3673 de 2008

Resolución 736 de 2009

Ministerio de la Protección Social

Abril 2009

La tarea de trabajo en alturas está considerada como

de alto riesgo y conforme a las estadísticas

nacionales, es la primera causa de accidentalidad y

de muerte en el trabajo.

Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o

desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más

sobre un nivel inferior.

APLICA A:

Todos los empleadores, empresas, contratistas,

subcontratistas y trabajadores de todas las

actividades económicas de los sectores formales

e informales de la economía, que desarrollen

trabajos en alturas con peligro de caídas.

OBLIGACIONES DE EMPLEADORES:

1. Incluir en el programa de S.O, los procedimientos, elementos y

disposiciones establecidas en la presente resolución.

2. Implementar el Programa de Protección contra Caídas.

3. Cubrir todas las condiciones de riesgo existentes mediante medidas

de control contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser

dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar

medidas individuales de protección contra caídas.

4. Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad.

5. Garantizar que la estructura de anclaje utilizada tenga como mínimo

una resistencia de 5000 libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por

persona conectada.

6. Disponer de personal capacitado, competente y calificado para las actividades

con trabajos en alturas.

7. Garantizar un programa de capacitación y entrenamiento a todo trabajador que

esté expuesto al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar tareas y uno de

reentrenamiento, por lo menos una vez al año.

8. Garantizar la operatividad de un programa de inspección, de los sistemas de

protección contra caídas por lo menos una vez al año.

9. Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de

protección contra caídas o los certificados que lo avalen.

10. Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección

contra caídas.

11. Incluir dentro de su Plan de Emergencias un procedimiento para rescate en

alturas, con personal entrenado.

1. Asistir a la capacitación, participar en las actividades de entrenamiento y reentrenamiento

programados por el empleador y aprobar satisfactoriamente las evaluaciones de

conocimientos y de desempeño.

2. Cumplir todos los procedimientos establecidos por el empleador.

3. Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de realizar

cualquier tipo de trabajo en alturas.

4. Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean implementadas

por el empleador.

5. Reportar el deterioro o daño de los sistemas colectivas o individuales, de prevención y

protección contra caídas.

6. Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así

como acatar las disposiciones del mismo.

Requerimiento de los emperadores

El empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación de

trabajadores que realicen trabajos en alturas, de acuerdo con la

actividad económica y la tarea a realizar .

El empleador DEBERÁ:

Ø Antes de la vinculación laboral

Ø Por lo menos una vez al año

Evaluación condiciones aptitud

psicofísica de los empleados,

necesarias para realizar trabajos

en alturas.

ARTÍCULO 2 INCISO 5.

Certificación: Constancia que se

...

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