Seguridad Ocupacional
madeciithaa30 de Marzo de 2015
2.344 Palabras (10 Páginas)325 Visitas
GUÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS PELIGROS Y LA VALORACIÓN
DE LOS RIESGOS EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
1. OBJETO
Esta guía proporciona directrices para identificar los peligros y valorar los riesgos en seguridad y
salud ocupacional.
Las organizaciones podrán ajustar estos lineamientos a sus necesidades, tomando en cuenta su
naturaleza, el alcance de sus actividades y los recursos establecidos.
2. DEFINICIONES
Para los propósitos de esta guía, se aplican los siguientes términos y definiciones:
2.1 Accidente de trabajo. Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo,
y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la
muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes
del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y
horas de trabajo (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).
2.2 Actividad rutinaria. Actividad que forma parte de un proceso de la organización, se ha
planificado y es estandarizable.
2.3 Actividad no rutinaria. Actividad que no se ha planificado ni estandarizado, dentro de un
proceso de la organización o actividad que la organización determine como no rutinaria por su
baja frecuencia de ejecución.
2.4 Análisis del riesgo. Proceso para comprender la naturaleza del riesgo (véase el numeral 2.31) y
para determinar el nivel del riesgo (véase el numeral 2.25) (ISO 31000).
2.5 Consecuencia. Resultado, en términos de lesión o enfermedad, de la materialización de un
riesgo, expresado cualitativa o cuantitativamente.
2.6 Competencia. Atributos personales y aptitud demostrada para aplicar conocimientos y
habilidades.
GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45 (Primera actualización)
2
2.7 Diagnóstico de condiciones de trabajo. Resultado del procedimiento sistemático para
identificar, localizar y valorar “aquellos elementos, peligros o factores que tienen influencia
significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. Quedan
específicamente incluidos en esta definición:
a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás
útiles existentes en el lugar de trabajo;
b) la naturaleza de los peligros físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de
trabajo, y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia;
c) los procedimientos para la utilización de los peligros citados en el apartado anterior, que
influyan en la generación de riesgos para los trabajadores; y
d) la organización y ordenamiento de las labores incluidos los factores ergonómicos y
psicosociales” (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).
2.8 Diagnóstico de condiciones de salud. Resultado del procedimiento sistemático para
determinar “el conjunto de variables objetivas de orden fisiológico, psicológico y sociocultural que
determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora” (Decisión 584
de la Comunidad Andina de Naciones).
2.9 Elemento de Protección Personal (EPP). Dispositivo que sirve como barrera entre un
peligro y alguna parte del cuerpo de una persona.
2.10 Enfermedad. Condición física o mental adversa identificable, que surge, empeora o
ambas, a causa de una actividad laboral, una situación relacionada con el trabajo o
ambas (NTC-OHSAS 18001).
2.11 Enfermedad profesional. Todo estado patológico que sobreviene como consecuencia
obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto
obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos (Ministerio
de la Protección Social, Decreto 2566 de 2009).
2.12 Equipo de protección personal. Dispositivo que sirve como medio de protección ante un
peligro y que para su funcionamiento requiere de la interacción con otros elementos. Ejemplo,
sistema de detección contra caídas.
2.13 Evaluación higiénica. Medición de los peligros ambientales presentes en el lugar de
trabajo para determinar la exposición ocupacional y riesgo para la salud, en comparación con los
valores fijados por la autoridad competente.
2.14 Evaluación del riesgo. Proceso para determinar el nivel de riesgo (véase el numeral 2.25)
asociado al nivel de probabilidad (véase el numeral 2.24) y el nivel de consecuencia (véase el
numeral 2.21).
2.15 Exposición. Situación en la cual las personas se encuentran en contacto con los peligros.
2.16 Identificación del peligro. Proceso para reconocer si existe un peligro (véase el
numeral 2.27) y definir sus características.
2.17 Incidente. Evento(s) relacionado(s) con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo
haber ocurrido lesión o enfermedad (independiente de su severidad) o víctima mortal
(NTC-OHSAS 18001).
GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45 (Primera actualización)
3
NOTA 1 Un accidente es un incidente que da lugar a una lesión, enfermedad o víctima mortal.
NOTA 2 Un incidente en el que no hay como resultado una lesión, enfermedad ni victima mortal también se puede
denominar como “casi-accidente” (situación en la que casi ocurre un accidente).
NOTA 3 Una situación de emergencia es un tipo particular de accidente.
NOTA 4 Para efectos legales de investigación, tener en cuenta la definición de incidente de la resolución 1401 de
2007 del Ministerio de la Protección Social o aquella que la modifique, complemente o sustituya.
2.18 Lugar de trabajo. Espacio físico en el que se realizan actividades relacionadas con el
trabajo, bajo el control de la organización (NTC-OHSAS 18001).
2.19 Medida(s) de control. Medida(s) implementada(s) con el fin de minimizar la ocurrencia
de incidentes.
2.20 Monitoreo biológico. Evaluación periódica de muestras biológicas (ejemplo sangre,
orina, heces, cabellos, leche materna, entre otros) tomadas a los trabajadores, con el fin de hacer
seguimiento a la exposición a sustancias químicas, a sus metabolitos o a los efectos que éstas
producen en los trabajadores.
2.21 Nivel de consecuencia (NC). Medida de la severidad de las consecuencias (véase el
numeral 2.5).
2.22 Nivel de deficiencia (ND). Magnitud de la relación esperable entre (1) el conjunto de
peligros detectados y su relación causal directa con posibles incidentes y (2), con la eficacia de
las medidas preventivas existentes en un lugar de trabajo.
2.23 Nivel de exposición (NE). Situación de exposición a un peligro que se presenta en un
tiempo determinado durante la jornada laboral.
2.24 Nivel de probabilidad (NP). Producto del nivel de deficiencia (véase el numeral 2.22) por
el nivel de exposición (véase el numeral 2.23).
2.25 Nivel de riesgo. Magnitud de un riesgo (véase el numeral 2.31) resultante del producto del
nivel de probabilidad (véase el numeral 2.24) por el nivel de consecuencia (véase el numeral 2.21).
2.26 Partes Interesadas. Persona o grupo dentro o fuera del lugar de trabajo (véase el
numeral 2.18) involucrado o afectado por el desempeño de seguridad y salud ocupacional de
una organización (NTC-OHSAS 18001).
2.27 Peligro. Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o
lesión a las personas, o una combinación de éstos (NTC-OHSAS 18001).
2.28 Personal expuesto. Número de personas que están en contacto con peligros.
2.29 Probabilidad. Grado de posibilidad de que ocurra un evento no deseado y pueda
producir consecuencias (véase el numeral 2.5).
2.30 Proceso. Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales
transforman elementos de entrada en resultados (NTC-ISO 9000).
2.31 Riesgo. Combinación de la probabilidad de que ocurra(n) un(os) evento(s) o
exposición(es) peligroso(s), y la severidad de lesión o enfermedad, que puede ser causado por el
(los) evento(s) o la(s) exposición(es) (NTC-OHSAS 18001).
GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45 (Primera actualización)
4
2.32 Riesgo aceptable. Riesgo que ha sido reducido a un nivel que la organización puede
tolerar, respecto a sus obligaciones legales y su propia política en seguridad y salud ocupacional
(NTC-OHSAS 18001).
2.33 Valoración de los riesgos. Proceso de evaluar el(los) riesgo(s) que surge(n) de un(os)
peligro(s), teniendo en cuenta la suficiencia de los controles existentes y de decidir si el(los)
riesgo(s) es (son) aceptable(s) o no (NTC-OHSAS 18001).
2.34 VLP. “Valores límite permisible” son valores definidos por la American Conference of
Governmental Industrial Hygienists (ACGIH). El VLP se define como la concentración de un
contaminante químico en el aire, por
...