Seguridad de la NaciónArtículo
carmenrubioveSíntesis1 de Febrero de 2015
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Seguridad de la NaciónArtículo 2.-La seguridad de la Nación está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición,estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en losámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección generacional, dentro de unsistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, susoberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.Defensa integralArtículo 3.-Defensa integral, a los fines de esta Ley, es el conjunto de sistemas, métodos, medidas yacciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activaformule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto desalvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridadterritorial y el desarrollo integral de la Nación.Desarrollo integralArtículo 4.-El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecución de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que acordes, con la política generaldel Estado y en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente, se realicen con lafinalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la población, en losámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar.Corresponsabilidad entre el Estado y la sociedadArtículo 5.-El Estado y la sociedad son corresponsables en materia de seguridad y defensa integral dela Nación, y las distintas actividades que realicen en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, estarán dirigidas a garantizar la
satisfacción de los intereses y objetivos nacionales plasmados en la Constitución y lasleyes.Alcance de la seguridad y defensa integralArtículo 6.-El alcance de la seguridad y defensa integral está circunscrito a lo establecido en laConstitución y las leyes de la República, en los tratados, pactos y convencionesinternacionales, no viciados de nulidad, que sean suscritos y ratificados por la República, yen aquellos espacios donde estén localizados nuestros intereses vitales.Ámbito de aplicación de la leyArtículo 7.-Las disposiciones de la presente Ley serán de obligatorio cumplimiento para las personasnaturales o jurídicas venezolanas, bien sean de derecho público o privado, cualquiera sea ellugar donde se encuentren, y para las personas naturales o jurídicas extranjeras, residentes otranseúntes en el espacio geográfico nacional con las excepciones que determinen las leyesrespectivas.En correspondencia con los preceptos emanados de la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, se establecen en esta ley, normas jurídicas que regulan laactividad del Estado, e imponen tareas específicas a la sociedad en materia de seguridad ydefensa integral.De igual forma se establece como elemento fundamental de la seguridad de la Nación, el desarrollo; donde cada uno de los ciudadanos e instituciones que se encuentrendentro del espacio geográfico nacional se les garantice, para ésta y futuras generaciones, el beneficio de los derechos emanados de nuestra Carta Magna, en los diferentes ámbitos de lavida nacional; dentro de un sistema democrático, que permita la participación, el protagonismo y la toma de decisiones por parte de la ciudadanía, velando siempre por lasoberanía de la Nación.También se define el concepto de defensa integral, dándole al Estado la posibilidadde interactuar en esta materia con la sociedad, representada por las personas y lasinstituciones, para proteger y garantizar los altos intereses de la
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