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Sentencia codensa


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  941 Palabras (4 Páginas)  •  131 Visitas

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Johana Hasbleidy Escobar Bolívar- 2111303

Daniela Johana Velandia-211

1. Aspectos preliminares

  • Corte Suprema de Justicia
  • Sala de Casación civil
  • 15 de Julio del 2014
  • Ruth Marina Díaz Rueda
  • Demanda de Casación
  • Edificio ARK 38 propiedad horizontal (Demandante)- Empresa de energía de Bogotá S.A ESP Y Codensa S.A ESP ( Demandados)
  • Radicación No. 11001-3103-008-2006-00124-01

2. Pretensiones de la demanda

Declarar que el edificio AKR 38 propiedad horizontal (Persona jurídica), accionante, se encuentra ubicada desde el año 1974 una subestación eléctrica que le pertenece a la empresa de energía de Bogotá y desde el 23 de octubre de 1997 a Codensa S.A  que las mencionadas empresas vulneraron la prohibición legal prevista en el Artículo 34 de la ley 142 de 1994 en el sentido de evitar privilegios en sus actos al no pagarle al edificio AKR 38 por la utilización del área donde se encuentra instalada la subestación, por tal razón Codensa S.A debe pagar un precio de 364.800.000 con intereses al 6% o la cantidad que se probare.

Se solicita condenar por enriquecimiento injusto derivado del usufructo del área de aproximadamente 23 metros cuadrados, donde se encuentra la mencionada subestación eléctrica y así mismo que se le reconozca a la actora (edifico ARK 38 propiedad horizontal) empobrecimiento al no poder utilizar ni disfrutar de la zona común, por lo tanto se le deberá cancelar la suma que se demuestre en el proceso por concepto del usufructo desde el año 1974.

3. Hechos  probados y relevantes en la demanda

La subestación de energía que se encuentra en el sótano del edificio ARK 38 el cual fue construido más o menos en el año 1974 y que le distribuye tanto al edificio como al sector, no se celebró convenio alguno con las mencionadas empresas, por lo tanto cede temporalmente la tenencia de la subestación de energía, ni ha recibido de las empresas mencionadas ninguna suma de dinero.

Las empresas convocadas al litigio (Codensa, Empresa de energía de Bogotá), sostuvieron que el propietario (Fernando García Cortes) suscribió con la empresa de energía de Bogotá contrato de arrendamiento desde Julio de 1975, por lo tanto la empresa de energía de Bogotá expuso como defensa inexistencia de obligación que genere indemnización y prescripción y ausencia de empobrecimiento correlativo y Codensa S.A las de falta de causa para demandar por existencia de servidumbre, ausencia de empobrecimiento y prescripción.

4. Fallo de primera instancia

Se dispone declarar probadas las excepciones de inexistencia de obligación que genere indemnización y prescripción  y ausencia de empobrecimiento correlativo, por lo cual deniega las pretensiones principales y subsidiarias.

5. Fallo de segunda instancia

El tribunal dispuso en el fallo de segunda instancia, preciso que no se estructuraban los supuestos contemplados en el artículo 34 de la ley 142 de 1994, ya que la citada norma tenía como propósito dar una protección a los usuarios y una garantía a la prestación de servicios con calidad y eficiencia, mas no como lo tenía contemplado la parte demandante que exponía que existía un acto de privilegio.

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