Ser Humano Y Su Contexto Ensayos: Ser Humano Y Su Contexto
maribellem3 de Noviembre de 2013
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DE LOS DELITOS Y LAS PENAS
CESARE BECCARIA.
El libro De los Delitos y De Las Penas de César Bonesano, Márquez de Becaria contiene un planteamiento sumamente amplio acerca de cómo debería de funcionar el sistema de Justicia en materia Penal de manera óptima y adecuada, un proceso en donde se respetaran las garantías individuales de las personas, con juicios bien estructurados y penas adecuadas a los delitos cometidos por estas. Esta obra tuvo un gran impacto en su época pues desnudó toda la barbarie del antiguo proceso penal el cual tuvo como consecuencia que las formas de aplicación de la justicia criminal se humanizaran, se le diera al acusado las garantías mínimas para su juzgamiento, se aplicaran penas más justas a los condenados . No está demás decir que muchos de los planteamientos realizados por Becaria en su obra se mantienen vigentes hasta nuestra época, ya que muchos de los Códigos tanto penales como procesales recogen algunos de ellos. No cabe duda que el Márquez de Becaria abrió la puerta de una justicia penal más humana.
De los delitos y de las Penas inicia con una severa crítica al sistema de justicia penal de su época, criticando en la introducción de la obra la irregularidad del proceso penal aplicado, así como destacando la importancia del estudio de las penas hasta ese momento aplicadas en Europa, con miras a determinar si estas eran las justas y adecuadas para realizar la verdadera justicia y buscar la paz social.
Al analizar Becaria el Origen de las penas y el derecho a castigar se llega a la conclusión que las leyes nacen de pactos entre hombres, que habiendo pasado por una etapa de guerras constantes, ceden parte de su libertad, depositándola en un administrador de la misma que es el soberano, buscando mejorar con ello la convivencia del grupo, estableciendo dentro de esas leyes las penas para los infractores a la misma, siendo este el derecho a castigar que tiene la sociedad.
Se establecen tres consecuencias con respecto a las penas y el derecho de castigar, la primera es que solo las leyes pueden decretar las penas, la cual debe de emanar de la autoridad en este caso del legislador, la segunda consecuencia es de que solo el soberano puede decretar solamente leyes de carácter general que sean aplicables a toda la sociedad, pero no puede ocuparse de juzgar a las personas que violan las mismas, porque se rompería el contrato social celebrado entre ambos. La tercera consecuencia es que las penas deben de ser justas y no atroces para poder cumplir con su cometido.
En la obra se dedican sendos capítulos a analizar la interpretación y la oscuridad de las leyes, en los cuales se establece para el caso de la interpretación que no debe de ser una tarea encomendada a los jueces ya que estos no son los creadores de la ley o sea los legisladores, sino solamente ejecutores de la misma. La ley debe ser accesible y entendible para todo ciudadano, criticando severamente el autor el idioma que prevalecía en las leyes que era el latín, establece que cuando todos los ciudadanos tengan acceso al texto de la ley, se mermaría en gran parte la violación a las mismas y no se cometerían delitos porque las conductas establecidas como tales serían del conocimiento del ciudadano.
Al hablar de la captura Becaria se centra en la aplicación de la pena de prisión, indicando que esta debe aplicarse solamente cuando se haya declarado un delito o sea después de haber establecido que existen los suficientes indicios de la comisión del mismo, basado en pruebas establecidas dentro de la ley y no por los jueces. Algo que va concatenado a lo comentado anteriormente es lo relativo a los indicios y las formas de los juicios en donde el autor examina lo relativo a las pruebas estableciendo que existen dos clases las perfectas que son aquellas en las cuales no se discute la veracidad de la misma y las imperfectas que necesitan complementarse con otras para obtener los efectos deseados. Algo importante de resaltar en el capítulo de los indicios y forma de los juicios es la idea del establecimiento de asesores del juez lo que derivó posteriormente en el establecimiento de los jurados.
Al ocuparse del tema de los testigos Becaria, sienta las bases para los principios procesales de juicio previo, e in dubio pro reo, estableciendo que el juicio debe de reunir ciertas formalidades y ceremonias que no se pueden dejar al arbitrio de la administración. En cuanto a los testigos, estos debe de tener como supremo interés el decir la verdad y su testimonio apoyarse con el de otro testigo para poder verificar si no se cae en contradicciones en cuanto a su testimonio, ya que de ello dependerá la pena impuesta a determinada persona que acusada. De la misma forma que en el capítulo referido a los testigo, en el referido a las acusaciones secretas sienta las bases del principio de la publicidad del proceso al criticar férreamente las acusaciones secretas en donde a todos los miembros de la sociedad se le considera como un enemigo, con ello se merma la credibilidad de los miembros del grupo y eso hace débil a todo gobierno.
En el desarrollo del proceso, establece Becaria, se deben eliminar las preguntas capciosas ya que estas sugieren la respuesta que el sometido a interrogatorio debe de dar. El reo no debe de ser juramentado para decir la verdad, ya que si lo hace es declarado culpable, eso también debe de ser eliminado del proceso penal ya que es inútil. Es de hacer notar que en el capítulo que se refiere a los juramentos siembra la semilla a un principio importante que muchas legislaciones han adoptado en cuanto a que dentro del proceso penal al reo no se le tome juramento cuando se le da la oportunidad de expresarse, sino que simplemente se le amoneste a decir la verdad.
En el capítulo XII del libro se establece lo relativo a la tortura en el cual se establece el principio de inocencia al indicar que a un hombre no se le puede llamar culpable antes de la sentencia de un juez. Becaria hace una dura crítica a la tortura, la cual era muy común en su época, cuestionando la validez de las confesiones obtenidas a través de la misma, ya que el dolor provocada por ella induce al acusado a decir lo que el torturador quiere escuchar.
Al hablar de procesos y prescripciones, se establece lo relativo al tiempo que se le debe de otorgar al reo para que justifique su acción en cuanto a la comisión del delito, fundando con ello el principio del debido proceso y el plazo razonable. Así mismos al referirse a las prescripciones Becaria hace una distinción en cuanto a los delitos en aquellos atroces en los cuales se debe de disminuir el tiempo de la investigación y aumentar el tiempo de la prescripción y en los delitos menores, aumentar el tiempo de la investigación y disminuir el tiempo de la prescripción. Es importante resaltar lo referente a que ningún delito puede quedar establecido per se.
La tentativa se establece en el capítulo XIV, debe de castigarse, pero no en la misma forma que se castiga al que cometió el delito y debe castigarse la tentativa para prevenirla o sea el evitar que las personas maquinen en su mente y comiencen alguna acción para cometer el delito. Se refiere también el capítulo a los cómplices y es de resaltar que en esta parte destaca figuras que como medios de investigación en nuestro sistema penal son de novedosa utilidad como la figura del colaborador eficaz y el delator.
La suavidad de las penas debe de basarse en que esta no debe de considerarse como un tormento para el que la sufre, sino una forma de impedir la comisión de nuevos delitos, tanto por la persona a la que se impone así como para los demás miembros de la sociedad. El fin de la pena debe de enfocarse en causar una impresión en toda la población para la prevención de la comisión de nuevos delitos.
En cuanto a la pena de muerte Cesare Becaria cuestiona su aplicación por parte de los Estados y resalta en que esta no resuelve el problema de la criminalidad. Afirma que la pena de muerte es una guerra entre una Nación y un individuo y que los ciudadanos no tienen el derecho de quitarle la vida a sus semejantes. Asimismo resalta el espectáculo y el morbo que provoca la aplicación de la pena de muerte argumentando que la intensidad de la pena no es la que produce el mayor efecto en el ánimo del hombre sino la duración de la misma. Es evidente que el autor en su obra no es partidario de la aplicación de esta pena.
Al hablar del destierros y confiscaciones se puede establecer que el autor es partidario del primero al establecer que debe de aplicarse esta pena a la persona que no obedecen las leyes y no se acopla a las condiciones establecidas por la sociedad, o sea que debe de ser excluido de la misma. Es de hacer notar que se cuestiona en cuanto a que si la persona desterrada debe de perder sus bienes, siendo el autor del criterio que solamente en algunos casos como cuando el hecho sea tal que la sociedad anule todas las relaciones existentes entre esta y el delincuente, ya que se produciría con esto el mismo efecto que la muerte natural del individuo, de lo contrario no es partidario de la confiscación de los bienes, los cuales deben de quedar en poder de sus herederos y no del gobierno.
Otra de las peas a las que hace alusión el autor de la obra es con respecto a la de la infamia, que es un signo de desaprobación pública o sea la pérdida de confianza de la sociedad hacia el ciudadano acusado de la comisión de un delito. Este la aprueba pero con algunas limitaciones como es el caso de su frecuencia y sobre el número de personas a las cuales se aplique, ya que al establecerse sobre muchas personas y con mucha frecuencia
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