Sistema Financiero En Colombia
catha3 de Abril de 2015
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Asignatura:
ESTRUCTURA FINANCIERA COLOMBIANA
Trabajo:
Funcionamiento del Sistema Financiero en Colombia
Presenta:
CATHERINE DURÁN DURÁN
COD: 325462
DOCENTE:
EDGAR GEOVANNY LOPEZ
Madrid- Cundinamarca Septiembre 11 de 2013
INDICE
Pág.
Resumen _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 3
Abstract _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 4
Introducción _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 5
Problema _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 6
Método _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 27
Resultados _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 28
Referencias _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 29
RESUMEN
El sistema financiero Colombiano está conformado por entidades públicas y privadas encargadas de desarrollar actividades relacionadas con la administración, aprovechamiento e inversión de los productos captados en el país. Todo empieza cuando una persona natural o jurídica deposita su dinero en una institución intermediaria, estos recursos depositados se convierten en préstamos o créditos para las personas o empresas que lo soliciten, ósea que los intermediarios facilitan las actividades que son la captación y los créditos. Estas entidades intermediarias fueron creadas para que los colombianos tuviesen la confianza de depositar sus ahorros o excedentes de dinero y obtuviesen una ganancia de esa inversión, al mismo tiempo para que los colombianos que necesitasen un apalancamiento para su empresa o crédito para suplir alguna necesidad obtengan las mismas tasas bajas.
ABSTRACT
The Colombian financial system consists of public and private entities responsible for developing activities related to the administration and investment of the products collected in the country. It all begins when a natural or legal person deposit money in an intermediary institution, these resources become deposited loans or credit to people or companies that request, bone intermediaries facilitate the activities that are capturing and credits. These intermediary entities were created for Colombians confidence they had put their savings or surplus of money and from obtaining a gain on that investment, at the same time so that Colombians who needed leverage for your company or credit to meet any need to obtain the same low rates.
INTRODUCCION
En cualquier economía, el sistema financiero es indispensable para los demás sectores, puesto que el estimula la producción y el consumo, así como también maneja el mercado de dinero y crédito.
Es necesario que este se encuentre bien estructurado y regulado para que no sea un obstáculo al crecimiento económico porque créditos con altos costos pueden desincentivar la inversión y eso consumo.
Adicionalmente también es vital para el fomento del ahorro. En los últimos años, el Sistema Financiero Colombiano ha sufrido algunas reformas con el objetivo de responder a ciertas problemáticas que se han presentado en este sector y por ello ha sido necesario reestructurar o eliminar algunas instituciones del sistema.
El siguiente trabajo presenta la estructura financiera, así como también las diferentes funciones y características de las instituciones encargadas del crédito y regulación de la actividad financiera.
PROBLEMA
El sistema financiero Colombiano es un pilar fundamental de la actividad económica que canaliza importante recursos hacia los diferentes sectores que la componen, su función principal consiste en captar en moneda legal los recursos del público en depósitos a la vista o a término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos o cualquier otra operación activa de crédito y su evolución ha beneficiado el proceso de desarrollo del país mediante la ampliación y cobertura de sus servicios.
Ese se encuentra conformado por dos grandes categorías: por una parte los establecimientos de crédito y las sociedades de servicios financieros, y por otra el Banco de la República como banco único de emisión, depositario de las reservas internacionales del país, cuya junta directiva, por expreso mandato constitucional (art. 372) actúa como autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, conforme a las funciones que le asigne la ley.
La supervisión del sistema financiero colombiano, que competen al presidente de la república se ejerce a través de las Superintendencia Bancaria, entidad gubernamental encargada de vigilar el cumplimiento de las normas que regulan el funcionamiento del sistema y las actividades de las instituciones que lo integran.
ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO
Son aquellos establecimientos o instituciones de crédito que en su condición de intermediarios, cumplen una función social de captar en moneda legal el ahorro del público para canalizarlo a las actividades productivas y de consumo en forma de préstamo. No son establecimientos de crédito otros establecimientos como almacenes generales de depósito, las sociedades fiduciarias, los fondos de cesantías y pensiones, clasificados legalmente como sociedades de servicios financieros, ni las compañías de seguros y los comisionistas de bolsa, entre otros, puesto que en desarrollo de su objetivo capta y administran recursos del ahorro pero no los prestan, si no que los administran prestando otro tipo de servicios.
BANCOS COMERCIALES:
Dentro de las instituciones del sistema financiero, sobresale la banca comercial, concebida bajo el espíritu de la ley 45 de 1923. Estos establecimientos de crédito cuentan con una larga tradición de solidez y seriedad en el manejo de sus principales fuentes de recursos, como son los de depósitos en cuenta corriente, los certificados de depósito a término y los depósitos de ahorro. Los bancos comerciales otorgan, fundamentalmente préstamos de corto y mediano plazo en moneda nacional y extranjera, esta última con el fin de facilitar las transacciones de los nacionales en el exterior. Los fondos necesarios para el desarrollo de esa actividad provienen, básicamente, de los bancos corresponsales del exterior.
Además, debido a la reestructuración del sistema bancario, a los bancos se les ha permitido realizar operaciones en moneda extranjera que antes se consideraban de competencia estricta del Banco de la República, como las operaciones de negociación de divisas y otras operación de cambios, transacciones que han desarrollado con gran dinamismo y eficiencia logrando de ellos un significativo margen de ganancia.
CORPORACIONES FINANCIERAS:
Estas entidades son conocidas en algunos países como bancos de fomento o de inversión. Fueron creadas mediante el decreto 336 de 1957. Dentro de sus funciones se destacan la promoción, creación, transformación y organización de empresas manufactureras, agropecuaria o mineras otorgándoles financiación a mediano y largo plazo, y brindándoles asesoría financiera especializada que contribuya a su desarrollo.
Debido a la reestructuración del sistema financiero estos establecimientos se las ha permitido operaciones en moneda extranjera que antes eran competencia estricta del Banco Cent4ral, como son las operaciones de adquisición y venta de divisas y financiación de operaciones de cambio para apoyar el proceso de apertura económica en que está empeñado el país.
Las principales fuentes de recursos de las corporaciones financieras son diversas y cobijan: recursos de merca mediante la colocación de certificados de depósito a término y la emisión de bonos, préstamos con cargo a los fondos financieros y líneas de crédito contratados con organismos internacionales en forma directa o a través del Banco de la república.
COMPAÑIAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL:
Estas compañías son establecimientos de crédito autorizados mediante el decreto 1970 de 1979. Su objeto es intermediar en el corto plazo, financiando principalmente compra de bienes de consumo durables. Según el nuevo Estatuto Orgánico las operaciones actualmente autorizadas para las compañías de financiamiento comercial son: capitación de ahorro a través de certificados de depósito a término (CDT) no inferiores a tres meses, la negociación de títulos valores emitidos por entidades de derecho público, otorgar financiación mediante la aceptación de letras de cambio, otorgar avales y garantías de conformidad con las facultades legales y efectuar operaciones de cartera o factoring sobre toda clase de títulos.
COOPERATIVAS FINANCIERAS:
Se les permite demandar dinero del público y prestarlo. Le hacen préstamos exclusivamente a sus cooperados o asociados por valores que tienen relación directa con el monto de los aportes acumulados
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