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Sistema Nacional De Seguridad Publica


Enviado por   •  30 de Enero de 2014  •  1.714 Palabras (7 Páginas)  •  1.529 Visitas

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INTRODUCCIÓN.

El Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) es la instancia que sienta las bases de coordinación, así como la distribución de competencias, en materia de seguridad pública, entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, bajo la directriz del Consejo Nacional de Seguridad Pública, siendo este último la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas.

Se concibe desde 1994 como una política pública de sistemas concurrentes, que preserva la arquitectura federativa de la división constitucional de Poderes y de los tres órdenes de gobierno, así como la soberanía de cada uno de los sistemas que caracterizan al Estado mexicano, para garantizar la paz social y el orden público.

SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.

El Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) es la instancia que sienta las bases de coordinación, así como la distribución de competencias, en materia de seguridad pública, entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, bajo la directriz del Consejo Nacional de Seguridad Pública, siendo este último la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas.

Sus atribuciones son las siguientes:

* Formular y evaluar las políticas y estrategias en materia de seguridad pública.

* Proponer y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia.

* Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, permanencia, evaluación, certificación y registro de los servidores públicos de las instituciones de Seguridad Pública.

* Determinar criterios uniformes para la organización, operación y modernización tecnológica de las Instituciones de Seguridad Pública.

* Determinar la participación de la comunidad y de instituciones académicas en coadyuvancia de los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, así como de las Instituciones de Seguridad Pública.

FACULTADES Y OBJETIVOS

* Formular, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas y estrategias en materia de seguridad pública.

* Proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia.

* Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, permanencia, evaluación, certificación y registro de los servidores públicos de las instituciones de Seguridad Pública.

* Regular los sistemas disciplinarios, así como de reconocimientos, estímulos y recompensas de los servidores públicos de las instituciones de seguridad pública.

* Determinar criterios uniformes para la organización, operación y modernización tecnológica de las Instituciones de Seguridad Pública.

* Establecer y controlar bases de datos criminalísticos y de personal.

* Realizar acciones y operativos conjuntos de las instituciones de seguridad pública.

* Determinar la participación de la comunidad y de instituciones académicas en coadyuvancia de los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, así como de las Instituciones de Seguridad Pública.

INSTANCIAS DE COORDINACIÓN

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.

TÍTULO SEGUNDO - DE LAS INSTANCIAS DE COORDINACIÓN Y LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

CAPÍTULO I

De la organización del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Artículo 10. El Sistema se integrará por:

El Consejo Nacional de Seguridad Pública, que será la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas;

* La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia;

* La Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública o sus equivalentes;

* La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario;

* La Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal;

* Los Consejos Locales e Instancias Regionales, y

* El Secretariado Ejecutivo del Sistema.

El Poder Judicial de la Federación y los Tribunales Superiores de Justicia contribuirán con las instancias que integran el sistema, en la formulación de estudios, lineamientos e implementación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad pública.

Artículo 11. Las Conferencias Nacionales establecerán los mecanismos de coordinación que permitan la formulación y ejecución de políticas, programas, acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones. El Secretario Ejecutivo realizará las acciones necesarias para asegurar que la coordinación sea efectiva y eficaz e informará de ello al Consejo Nacional.

El Secretariado Ejecutivo se coordinará con los Presidentes de las Conferencias Nacionales para dar seguimiento a las resoluciones que se adopten por el Consejo Nacional, en los términos de esta Ley.

CAPÍTULO II - Del Consejo Nacional de Seguridad Pública

Artículo 12. El Consejo Nacional estará integrado por:

* El Presidente de la República, quien lo presidirá;

* El Secretario de Gobernación;

*

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