Sistemas Juridicos Y La Globalizacion
gerardoOlmosC3 de Abril de 2012
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SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS | MAESTRO JORGE CAJIGA CALDERÓN
Campus Atizapán
MÉXICO, NOVIEMBRE DE 2011
MAESTRÍA EN DERECHO | GERARDO JAVIER OLMOS CAMACHO
ÍNDICE
RESUMEN....……………….…………………………………………………….. 2
CAPÍTULO I
PARTE TEÓRICA
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………….. 3
SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS, CONCEPTO…….. 4
SISTEMA JURÍDICO...………………………………………………………….. 4
FAMILIA JURÍDICA……………………………………………………………. 5
1. FAMILIA NEO-ROMÁNICA O GERMÁNICO-ROMANA..... 5
2. FAMILIA COMMON LAW…………………………………………….. 7
2.1 EL DERECHO DE ESTADOS UNIDOS……………………………. 12
3. FAMILIA SOCIALISTA………………………………………………… 14
4. FAMILIA RELIGIOSA………………………………………………….. 14
4.1 FAMILIA DE DERECHO MUSULMÁN…………………………… 15
5. FAMILIA MIXTA O HÍBRIDA………………………………………. 18
LA GLOBALIZACIÓN…………………………………………………………. 18
UN MUNDO GLOBAL………………………………………………………… 19
CONCEPTO……………………………………………………………………… 20
LA INTEGRACIÓN……………………………………………………………. 21
LA GLOBALIZACIÓN DEL DERECHO…………………………………. 22
CAPÍTULO II
ANÁLISIS
EL DERECHO EN LA GLOBALIZACIÓN………………………………. 26
CONCLUSIONES……………………………………………………………… 32
BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………. 37
RESUMEN
Hablar sobre un tema como el de la globalización y los sistemas jurídicos necesitaría mucho más espacio. Hoy el mundo necesita un nuevo orden. La globalización es un proceso objetivo, es inevitable pues está determinada por las leyes de la historia y tiene, como otra característica el hecho de ser histórica. Nadie puede afirmar que es un fenómeno reciente, pero si puede decir que en la última década han cobrado un inusitado ascenso las interrelaciones, las interconexiones, las interdependencias y vínculos que arrasan con las fronteras nacionales. Pero lo que no puede ser es que la globalización neoliberal que se expone como una panacea sea la que impere. Juan Pablo II señalaba...”hace falta globalizar la solidaridad”. Sin embargo al proceso globalizador se le opone el proceso integracionista. La integración regional es una forma de limitar las consecuencias de la globalización. El Tratado de Libre Comercio, Mercosur y la Unión Europea son algunos ejemplos fehacientes de integración. Por la importancia de los sistemas jurídicos nos convendría analizarlos.
El Derecho como parte de la superestructura de la sociedad va a refrendar de forma legal la integración. Marx señalaba que “el Derecho era la voluntad de la clase dominante erigida en ley”. Pero la integración debe refrendarse de forma legal, hay que limar contradicciones económicas y jurídicas en beneficio común.
El Derecho Romano como Derecho universal y en buena medida base común, puede y debe constituir obligado fundamento en el proceso integracionista. Este proceso no es una utopía. Los hechos lo demuestran. ¿La integración latinoamericana es posible? Son muchas las raíces culturales, ideológicas, históricas religiosas, económicas, políticas e incluso jurídicas que nos unen. Una misma lengua que se habla desde México a la tierra de fuego. Y los sistemas jurídicos en el proceso de integración está llamado a ocupar el lugar que por cuestión histórica merece.
En toda investigación, en el presente trabajo como planteamiento del problema señalo, aquella situación que nos era de interés investigar, esto es, el papel de los sistemas jurídicos contemporáneos en el proceso integracionista como marco idóneo para atenuar las consecuencias de la globalización. A partir de lo anterior sustentábamos la hipótesis de que el Derecho es y constituye el vehículo legal para una integración regional. La globalización implica la necesidad de conocer los sistemas jurídicos existentes en el mundo, lo cual resulta difícil, ya que cada país tiene el propio. Si bien encontramos diferencias entre ellos, también se pueden apreciar semejanzas y rasgos comunes, lo que nos permite agruparlos en categorías o familias, el problema sería encontrar un criterio adecuado para integrarlo.
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
PARTE TEÓRICA
“La multitud de leyes frecuentemente presta excusas a los vicios”
RENÉ DESCARTES
No debemos ser ajenos a la época actual la cual se caracteriza por su dinamismo y movilidad social, intercambios comerciales entre los diversos países, con la incorporación de los estudios de derecho comparado en las diferentes universidades la sociedad se beneficiaría, si los juristas ven más allá de sus fronteras, los intercambios culturales se incrementarían ya que los futuros abogados tendrían que estudiar los diferentes sistemas jurídicos contemporáneos.
El conocimiento del derecho extranjero permite al jurista nacional valerse de la experiencia adquirida en otros ordenamientos jurídicos.
Frente al movimiento de los diferentes sistemas jurídicos transnacionales, el estudio del Derecho no puede estudiarse independiente, sino que hacen falta estudios jurídicos abiertos y flexibles para importar lo que es útil y exportar aquello que en el propio país ha dado los mejores resultados, se deben de abrir las posibilidades de circulación de las ideas jurídicas. En definitiva, existen sobrados argumentos para justificar la redoblada necesidad y la incomparable virtud de los estudios de derecho comparado.
Por otra parte también se hace referencia a la importancia de la enseñanza del derecho comparado en México y sus aspectos esenciales. El presente trabajo se Complementa con el estudio del método funcional del derecho comparado y por último se hace un estudio breve de la evolución general de las tradiciones, familias y sistemas jurídicos contemporáneos.
Éstas son las características esenciales de esta investigación confiando que a pesar de sus múltiples limitaciones contribuya hacer una reflexión en la necesidad que tienen los estudiantes de Derecho de conocer, investigar otros sistemas jurídicos para tener una herramienta útil para una mejor solución de los problemas planteados en la vida jurídica cotidiana.
Finalmente en su parte teórica de esta investigación se estudia el fenómeno de la globalización y su influencia en los sistemas jurídicos contemporáneos. En el capítulo de análisis abordo la importancia del derecho comparado, la globalización, aporto mi postura y presento mis conclusiones.
SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS, CONCEPTO
En las universidades del país por lo regular no se contempla la cátedra de Derecho Comparado, sino lo más que se llega es a dar un curso introductorio de los grandes sistemas jurídicos del mundo, primeramente entendamos que es un sistema.
La expresión alude al conjunto de reglas y principios, enlazados entre sí, los cuales rigen a una materia determinada. Por consiguiente es un conjunto de elementos complejos cualitativamente diversos y relacionados entre sí y regidos por principios generales regulados, sistematizados. (FIX-ZAMUDIO, 2010).
SISTEMA JURÍDICO
Ahora bien un sistema jurídico implica el conjunto de experiencias jurídicas que se caracterizan, por un origen común, una evolución semejante, una idiosincrasia similar en el papel de los operadores jurídicos, el papel de los jueces, la concepción del derecho, el espíritu de las experiencias jurídicas, normas jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es el derecho y su función en la sociedad y la manera en que se crea y se debiera crear aplicar, enseñar, modificar, tiene una estructura conceptual que lo hace único y distinguible. El sistema jurídico tiene una evolución, un conjunto de experiencias, y engloba a los ordenamientos.
Para el jurista Eduardo García Máynez un sistema jurídico es el conjunto que engloba las normas jurídicas objetivas que están en vigor en determinado lugar y época, y que el Estado estableció o creó con objeto de regular la conducta o el comportamiento humano. Por consiguiente los sistemas jurídicos contemporáneos integran todo el conjunto de leyes, razones, costumbres, jurisprudencia, doctrina de derecho positivo que rigen en los diversos países del mundo.
Es importante señalar que cada país tiene su propio sistema jurídico y su peculiar manera de concebir las leyes, las costumbres y la jurisprudencia, cada sistema difiere
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