Sistemas interamericanos
marioperaz12Informe20 de Mayo de 2015
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Sistemas interamericanos.
Los Estados americanos en el marco de la organización de estados americanos (OEA), adoptaron una serie de instrumentos internacionales que se han convertido en la base de un sistema regional de promoción y protección de los derechos humanos, conocido como el sistema interamericano de los derechos humanos (Sistema Interamericano o SIDH). El Sistema Interamericano se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre en 1948, en el marco de la Carta de la Organización de los Estados Americanos. Se encuentra integrado por los siguientes órganos:
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, Comisión o Comisión Interamericana), cuya sede se encuentra en Washington, D.C, Estados Unidos.
Fue creada en 1959 y su función principal es la de “promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo" de la OEA. Está integrada por siete miembros que son propuestos por los Estados, elegidos por la Asamblea, y representan a los treinta y cinco Estados miembros.
La CIDH, por un lado, tiene competencias con dimensiones políticas, entre cuyas tareas se destacan la realización de visitas en terreno y la preparación de informes con sus observaciones acerca de la situación de derechos humanos en los Estados miembros. Por otro lado, realiza funciones con una dimensión cuasi-judicial: recibe las denuncias de particulares u organizaciones relativas a violaciones a derechos humanos, examina esas peticiones y adjudica los casos.
para poder presentar una denuncia al sistema interamericano de los derechos humanos se puede a través de La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte, Corte Interamericana o Tribunal), con sede en San José de Costa Rica.
Es uno de los tres Tribunales regionales de protección, conjuntamente con la Corte Europea de Derechos Humanos y la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Fue creada en 1969, por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, e inició sus funciones en 1979. El Tribunal se compone de 7 jueces nacionales de Estados miembros de la OEA elegidos por la Asamblea General de la OEA a propuesta de los Estados Parte.
La Corte tiene dos funciones: una contenciosa (determina si un Estado ha violado alguno de los derechos estipulados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos) y una consultiva (responde consultas a los Estados miembros). También puede adoptar medidas provisionales en casos de extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas.
Las Relatorías y Unidades Temáticas, creadas por la Comisión Interamericana con el objeto de brindar atención a ciertos grupos, comunidades y pueblos que se encuentran especialmente expuestos a violaciones de derechos humanos por su situación de vulnerabilidad y por la discriminación histórica de la cual han sido objeto y son:
→ Relatoría sobre los Derechos de los pueblos indígenas
→ Relatoría sobre los Derechos de las mujeres
→ Relatoría sobre los Derechos de los migrantes
→ Relatoría Especial para la libertad de expresión
→ Relatoría sobre los Derechos de la niñez
→ Relatoría sobre defensoras y defensores de los derechos humanos
→ Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad
→ Relatoría sobre los Derechos de los Afro descendientes y contra la Discriminación Racial
→ Unidad para los Derechos de las Lesbianas, los Gay y las Personas Trans, Bisexuales e Intersex
1. Los tratados de derechos humanos permiten distinguir 3 modalidades de control.
Un sistema de informes periódicos. Inicialmente consagrado en el ámbito de la OIT adoptado
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