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Sociedades Cooperativas


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2012  •  1.329 Palabras (6 Páginas)  •  394 Visitas

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Sociedades cooperativas

1. Registros contables

El artículo 91 de la Ley General de Cooperativas establece que las cooperativas deberán llevar una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad, que se regirá por los principios de veracidad, claridad, exactitud, responsabilidad y secreto contable, que deberán ser aplicados teniendo presente las peculiaridades de la naturaleza de la sociedad cooperativa.

Las cooperativas llevarán los siguientes libros de contabilidad:

Libro de inventarios y balances.

Libro diario

Libro de Informes de la Censura de Cuentas.

Los libros que establezca la legislación especial aplicable por razón de la actividad empresarial.

Estos libros deberán estar encuadernados y sus folios debidamente numerados; antes de empezar a usarlos, hay que llevarlos al Registro Mercantil para su legalización.

Igual que para las demás sociedades, son válidas las relaciones informáticas u hojas sueltas obtenidas por otros procedimientos, siempre que posteriormente se encuadernen, se folien y se habiliten adecuadamente en el correspondiente Registro Mercantil. Existe disparidad de plazos en las diferentes leyes de cooperativas para la habilitación de las relaciones informáticas contables, pero creemos que hay que respetarlos (LGC 3 meses, LCC 6 meses, LCV 4 meses, LCE 6 meses).

2. Constitución y aportaciones

Constitución de la cooperativa:

Personalidad jurídica e inicio de la actividad:

• Las sociedades cooperativas se constituirán mediante escritura pública y adquirirán personalidad jurídica desde el momento en que se inscriban en el Registro de Cooperativas.

• Las sociedades cooperativas deberán iniciar su actividad, conforme a sus estatutos, en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha de su inscripción en el Registro de Cooperativas.

Número mínimo de socios:

Las cooperativas de primer grado deberán estar integradas como mínimo, por tres socios ordinarios. Las de segundo o ulterior grado y las de integración tendrán, al menos, dos socios ordinarios.

Capital social:

El capital social de la cooperativa se integra por las aportaciones patrimoniales. Las aportaciones han de efectuarse en moneda nacional y si así lo prevén los estatutos o lo acuerda la asamblea general, en bienes y derechos.

La participación del socio en el capital social de las cooperativas de primer grado no puede exceder del 25 por 100 de la cifra de éste.

La responsabilidad del socio por las deudas sociales queda limitada a las aportaciones suscritas para integrar el capital social, salvo disposición contraria de los estatutos. No obstante, el socio que cause baja de la cooperativa responderá personalmente durante los cinco años siguientes y por las deudas sociales contraídas con anterioridad a aquella.

Estatutos sociales: Los estatutos de las sociedades cooperativas deberán regular, como mínimo, las siguientes materias:

1. º Denominación de la sociedad cooperativa.

2. º Domicilio social.

3. º La actividad o actividades que desarrollará la cooperativa para el cumplimiento d su fin social.

4. º Duración.

5. º Capital social mínimo.

6. º Aportación obligatoria inicial para ser socio y la parte de la misma que debe desembolsarse en el momento de la suscripción, así como la forma y plazos de desembolso del resto de la aportación.

7. º Requisitos objetivos para la admisión de los socios.

8. º Participación mínima obligatoria del socio en la actividad cooperativa.

9. º Normas de disciplina social, fijación de faltas, sanciones, procedimiento disciplinario y régimen de impugnación de actos y acuerdos.

10. º Garantías y límite de los derechos de los socios.

11. º Causas de baja justificada.

12. º Régimen de las secciones que se creen en la cooperativa, en su caso.

13. º Convocatoria, régimen de funcionamiento y de adopción de acuerdos de la Asamblea General.

14. º Determinación del órgano de representación y gestión de la sociedad cooperativa, su composición, duración del cargo, elección, sustitución y remoción.

15. º Regulación de los Interventores. Composición, duración del cargo, organización y régimen de funcionamiento.

16. º Determinación

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