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Solicitud de audiencia de conciliación


Enviado por   •  6 de Mayo de 2020  •  Ensayos  •  924 Palabras (4 Páginas)  •  135 Visitas

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CONTRATO DE MANDATO

SENTENCIA: SC10122-2014

MAGISTRADA PONENTE: RUTH MARINA DÍAZ RUEDA

IMPOTANCIA JURIDICA

La importancia jurídica de esta sentencia se basa en el mandato oculto o sin representación en el cual  , el mandatario carece de la representación del mandante, y por consiguiente, actúa a riesgo y por cuenta ajena pero en su propio nombre, en cuyo caso, se presenta como parte directa interesada y frente a terceros figura como titular de los derechos, es sujeto pasivo de las obligaciones, ostenta la posición de parte, tiene legitimación jurídica para exigirlos y está sometido a las acciones y pretensiones respectivas. Dado lo anterior es importante reiterar que el mandato no representativo, comporta el interés final del mandante y, por lo tanto, sobre su patrimonio recaerán las consecuencias benéficas o adversas de los actos o negocios comprendidos en el encargo de gestión, ejecutado por su cuenta y riesgo, aunque en nombre propio por el mandatario.

CONTRATO DE COMODATO

SENTENCIA: SC080-2008

MAGISTRADO PONENTE: EDGARDO VILLAMIL PORTILLA

IMPORTANCIA JURIDICA

La importancia jurídica de esta sentencia radica en que el contrato de comodato recae sobre cosas no fungibles, esto es, sobre cosas que por su esencia o por voluntad de las partes se tienen como cuerpo cierto, pues precisamente, lo que ha de devolverse es exactamente lo mismo que se entregó para uso del comodatario. De esa particular característica se desprende que en virtud de dicho contrato no se transmite el dominio y, además, que por regla general el contrato de comodato tiene como objeto material cosas no consumibles, igualmente la  Corte establece que, salvo pacto en contrario, todo lo que se gasta con el fin de hacer posible la utilización de la cosa para el uso convenido, corresponde exclusivamente al comodatario de igual manera es importante mencionar que un prestatario no tiene derecho a prestar la cosa recibida en préstamo; porque se le ha entregado para su propio uso.

CONTRATO DE MUTUO

SENTENCIA: SC031-2000

MAGISTRADO PONENTE: CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO

IMPORTANCIA JURIDICA

La importancia jurídica de esta sentencia se fundamenta en que el mutuario o prestatario no recibe las cosas objeto del contrato para usarlas y devolverlas, sino para consumirlas, natural o jurídicamente, con cargo a devolver otras de la misma especie y calidad, este contrato sólo se perfecciona con la tradición de la cosa prestada, donde es pertinente resaltar que la  tradición en el contrato de mutuo sólo puede predicarse cuando el mutuante ha permitido al mutuario la aprehensión material de la cosa mutuada,  pues es así como se produce la transferencia de la propiedad de ella, del mutuante al mutuario, quien por tanto queda obligado a la restitución de otra del mismo género y calidad.

CONTRATO DE DEPOSITO

EXPEDIENTE: 11001-3103-039-2001-00418-01

MAGISTRADO PONENTE: ARTURO SOLARTE RODRIGUEZ

IMPORTANCIA JURIDICA

La importancia jurídica de esta sentencia nos explica que el contrato de depósito, es aquel mediante el cual la depositante entrega al depositario una cosa mueble para que la conserve y se la restituya cuando así se lo solicite. El objeto de este contrato se basa en la guarda de la cosa depositada, y consecuentemente comporta para el depositario, en su condición de mero tenedor de ella, la obligación de conservarla, sin derecho a usarla, excepto en las hipótesis previstas por los artículos 2245 y 2246 del Código Civil, debiendo restituirla en especie a la finalización del contrato. Se trata de un contrato real, que su perfeccionamiento solo deviene como consecuencia de la efectiva entrega de los bienes materia de la guarda y custodia por parte del depositante al depositario, mas no del simple consenso sobre los términos que habrán de regir la respectiva relación contractual, de lo que se sigue que la plena demostración de su existencia implica, indiscutiblemente es , acreditar la efectiva realización de dicha entrega, a través de alguna de las diversas modalidades que el ordenamiento jurídico contempla para ello.

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