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Solucion De Conflictos De Los Pueblos Indigenas


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  3.372 Palabras (14 Páginas)  •  427 Visitas

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN…………………………………..………………………………...3

Solución de conflictos entre Indígenas de la misma comunidad…………..……….4- 5

Solución de conflictos de diferentes Comunidades Indígenas………...…………...6- 8

Solución de conflictos de Comunidades no Indígenas………………………………..9

La Mediación y Conciliación……………………………………………………...…10

Importancia de la Figura del Pacificador………………………………...………10-13

Figuras y Autoridades Tradicionales (Consejo de Ancianos)……………………….14

CONCLUSIÓN…………………………..……………. ………………………..…15

REFERENCIAS…………………………………………………………. ………..16

INTRODUCCIÓN

Nuestra República Bolivariana de Venezuela se destaca por ser uno de los pocos países caracterizado por su pluriculturalidad, pero además de ello también reconoce y respeta los derechos de todos sin ningún tipo de discriminación. Nuestra carta magna vigente desde 1999, constituye un espacio, en el cual se busca consolidar el proceso de democratización de la justicia en Venezuela, en ella se incorpora la participación de los pueblos indígenas, ofrece la garantía de respeto hacia su identidad cultural contribuyendo de esta manera a consolidar el sistema democrático.

Debido a la existencia de comunidades indígenas en el ámbito territorial, poseedoras de su propio derecho consuetudinario, se les permite la resolución de sus conflictos y controversias que se originen dentro de su espacio geográfico, siempre que no resulte contrario a lo establecido en nuestra constitución y que no violente los derechos fundamentales de la persona humana.

A continuación se dará a conocer sobre los conflictos y posibles mediaciones y conciliaciones de los conflictos en las diversas comunidades indígenas como en las no indígenas, hablaremos un poco de la importancia del pacificador en las controversias indígenas, de la interculturalidad y los grupos de ancianos que median en las diversas comunidades indígenas.

SOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE INDÍGENAS DE LA MISMA COMUNIDAD

LUIS SANCHEZ

Las comunidades indígenas, son sociedades en las cuales las decisiones se toman después de varios días de debate si es necesario, llegándose normalmente a acuerdos compartidos por todo el pueblo, cuando una persona comete una falta, el jefe o líder conjuntamente con el consejo de ancianos estudian los caminos para solucionar el problema y decidir cómo remediarlo. Los delitos como asesinatos, hurtos, robos, violaciones y otro tipo de faltas son muy bajos en las diferentes comunidades indígenas uno de los castigos más común es el aislamiento social del infractor por lo cual una persona que comete una falta no es invitada a las reuniones, a las fiestas, a las casas, es evitada y en gran medida aislada de las actividades de la población e incluso se le pide que abandone el pueblo.

Está claro que los conflictos y controversias que se originen dentro del ámbito territorial de los pueblos y comunidades indígenas, serán resueltos por sus propias autoridades conforme a su derecho consuetudinario, siempre que no se violenten los derechos fundamentales de la persona humana. Según la doctrina, entre los " derechos mínimos aceptables" se encuentran: el derecho a la vida, la prohibición de la esclavitud y la prohibición de la tortura.

En nuestra carta Magna, quedó establecido en su artículo 260 lo siguiente: “Las autoridades legítimas de los pueblos indígenas podrán aplicar en su hábitat instancias de justicia con base en sus tradiciones ancestrales y que sólo afecten a sus integrantes, según sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a esta Constitución, a la ley y al orden público. La ley determinará la forma de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional”.

Cabe destacar que por miles de años, nuestras comunidades indígenas, lograron resolver sus problemas a través de su derecho consuetudinario sin la intervención del derecho positivo que trajeron los conquistadores, con el cual pretendieron establecer la ley aún en las culturas autóctonas, esto trajo como consecuencia a lo largo del tiempo y hasta la actualidad que a pesar de que la constitución del 99 les otorgue ciertos privilegios en cuanto a los arreglos a los que pueden llegar para solventar sus disputas internas (respetando sus tradiciones), sin embargo deben actuar dentro de ciertas limitaciones establecidas en la C.R.B.V y que por el hecho de ser venezolanos están obligados a acatar. Es notorio que se aspira reivindicar la cultura y las tradiciones indígenas pero no se les permite actuar de acuerdo a ellas completamente. Por supuesto, en vista de que nuestros pueblos indígenas poseen la nacionalidad Venezolana, están obligados a apegarse a sus leyes siempre que se trate de delitos de mayor grado y en los que se puedan afectar los derechos fundamentales de los individuos.

Según Ricardo Colmenares Olivar, en su artículo titulado “El derecho consuetudinario indígena en Venezuela: Balance y perspectivas” explica lo siguiente: Este correlación de sistemas es lo que se ha dado por llamar “pluralismo jurídico”, conocido también como “pluralismo legal”, que no es más que una categoría sociológica, y que nace en tanto coexistan dos o más sistemas normativos dentro de un mismo espacio social. Esto implica que deberá dársele cabida a las instituciones y sistemas jurídicos propios de los pueblos indígenas para solventar los conflictos.

Sin embargo, la existencia de los diferentes pueblos indígenas y demás grupos étnicos asentados a lo largo del territorio venezolano, como organizaciones sociales con elementos de autonomía, han permitido entender que sus normas consuetudinarias, como parte de su cultura, también producen derecho y, en consecuencia, control social dentro de su grupo.

SOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE DIFERENTES COMUNIDADES INDÍGENAS

KATHERINE FLORES

El sistema de valores

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