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Sucesiones


Enviado por   •  3 de Enero de 2014  •  1.335 Palabras (6 Páginas)  •  356 Visitas

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Fundamentos del derecho sucesorio

Los fundamentos del derecho sucesorio constituyen la base sobre la cual se asienta la transmisión post mortem de la propiedad del patrimonio de las personas.

Entre los fundamentos del derecho sucesorio están los de tipo individualista y os de tipo social. Dentro del primer tipo existen varias tendencias.

Las que encuentran su justificación en la característica de perpetuidad del derecho se halla en la disyuntiva disponer lo conducente al patrimonio del muerto.

2- la que encuentra su justificación en consideraciones de tipo efectivo, sociológico y aun económico que esbozan una concepción personalista de la riqueza y se han esgrimido para apoyar el sistema sucesorio.

3- la que encuentra su justificación en algunas otras especulaciones. Por ejemplo se cuestiona si los hombres trabajarían y ahorrarían de igual manera sabiendo que a su muerte sus bienes no pertenecerían a sus seres queridos o sobre los graves perjuicios que se causarían a la economía al designarse los patrimonios sin un orden que permita cumplir las obligaciones y deberes del difunto, y continuar la explotación de las fuentes de riqueza iniciadas en otras generaciones.

Concepto de sucesión

La sucesión deberá ser entendida como la trasmisión de todos los bienes y derechos del difunto, así como sus obligaciones, que no se extinguen con la muerte , en términos generales debe entenderse que , en materia jurídica, la sucesión supone el cambio del titular de un derecho; y en términos del derecho sucesorio, ésta implica un cambio en los titulares de un patrimonio ( bienes, derechos y obligaciones), ya que un titular, heredero o legatario sigue y sucede a otro ( autor de la sucesión)

En general la sucesión puede ser:

1 a título particular, respecto de un derecho individual como el de propiedad de una cosa

a) En vida el primer titular, sucesión inter vivos: como la compraventa y la donación

b) Por la muerte del primer titular como el legado

c) A título oneroso. Como la compraventa

d) A título gratuito: como la donación y legado.

2 - a título universal

a) Efectuarse sólo por causa de la muerte del titular o sucesión mortis causa, también llamada herencia

b) Ser gratuita ( toda la transmisión mortis no implica costo)

Cuando es por causa de muerte o mortis causa, la sucesión puede ser

a) A título universal y recibe el nombre de herencia.

b) A título particular, y recibe el nombre de legado.

En materia de sucesión mortis causa o hereditaria toca al derecho positivo ( derecho sucesorio), determinar a quién o a quienes corresponde ser el sucesor o sucesores y nuevos titulares del patrimonio del cujus, que a su muerte quedan sin titular; señalándolos mediante sus normas; este derecho determina a tales sucesores teniendo en cuenta los siguientes tres puntos:

a) El derecho que tiene el de cujus de disponer en vida de sus bienes, y distribuirlos como él decida para después de su muerte.

b) Las obligaciones del cujus en relación con su cónyuge, hijos y demás parientes.

c) Los derechos del Estado sobre el patrimonio del cujus, al haberle permitido formarlo legalmente a partir de los derechos de la propiedad, posesión, crédito, etc.

DEFINICIÓN DE HERENCIA

La herencia es una consecuencia del derecho de propiedad privada debido a su carácter de perpetuidad; de ahí que, al dejar de existir el titular, deba ser sustituido por sus sucesores.

En metería de derecho sucesorio, junto con el término de sucesión, debe entenderse como toda precisión el termino herencia, el cual consiste en la sucesión a título universal o particular por causa de la muerte.

TIPOS DE SUCESIÓN HEREDITARIA

En nuestra legislación la herencia puede ser de dos tipos:

1. A título universal; es decir la trasmisión de todos los bienes, derechos y obligaciones, o de una parte alícuota.

2. A título particular; esto es, la transmisión de bienes concretos.

Cuando la sucesión es universal, el sucesor recibe el nombre de heredero, pero cuando es a título particular, el sucesor se denomina legatario.

SISTEMAS Y TIPOS DE TESTAMENTIFICACIÓN

En nuestro derecho, tratándose de la sucesión mortis causa, la herencia o disposición de los bienes para después de la muerte debe ser conforme a la voluntad del propietario, y a falta de la manifestación expresa de ésta, conforme a la disposición de la ley.

De los sistemas de sucesión señalados se desprenden concretamente tres tipos:

1- Testamentaria ( libre

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