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TALLER CONCEPTUAL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2015  •  Ensayos  •  1.763 Palabras (8 Páginas)  •  161 Visitas

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TALLER CONCEPTUAL

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS

Elaborado por:

JENNY XIMENA JARAMILLO ESGUERRA

LEIDY LORENA OROZCO SILVA

Presentado a:

Dr. RUBEN VASCO MARTINEZ

UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS

ESPECIALIZACION EN GERENCIA TRIBUTARIA

I SEMESTRE - MÓDULO IVA

FLORENCIA

NOVIEMBRE, 2014

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO “IVA”

PRIMER CUESTIONARIO

  1. En sus propias palabras defina “IVA”.

El impuesto al valor agregado, o Impuesto a las ventas, es un impuesto que se genera por el consumo de bienes o la prestación de servicios gravados, y por las importaciones.   El IVA se cobra por regla general en cada una de las diferentes etapas del ciclo económico, teniendo características de  impuesto plurifásico, ya que se transfiere por cada una de las etapas del ciclo económico, importación, producción, distribución y comercialización en proporción al valor que se agrega al bien o la prestación del servicio.

Es un impuesto de orden nacional, el cual se aplica en todo el territorio nacional a bienes corporales muebles, la prestación de servicios, la intermediación y la venta de activos fijos como los aerodinos y automotores.

De igual manera, el IVA es un impuesto indirecto ya que siempre hay un intermediario entre el sujeto pasivo económico –  consumidor final y el sujeto activo – la nación.  Este intermediario se conoce como responsable del impuesto o sujeto pasivo jurídico.

La naturaleza de este impuesto es real, debido a que recae sobre los bienes y servicios en general, sin distinguir la capacidad de pago de las personas que intervienen.  

Por último, la causación del IVA es instantánea, debido a que al realizarse el hecho generador, ya sea la venta de bienes corporales muebles, la prestación de un servicio o la importación, la norma establece que se debe causar.

  1. ¿Quiénes son los sujetos pasivos de este impuesto?

Sujeto Pasivo Económico: Es el consumidor que adquiere los bienes o servicios gravados y quien al final asume el impuesto.

Sujeto Pasivo de Derecho: Es quien debe cumplir con las obligaciones formales de declarar y pagar el impuesto a cargo del sujeto pasivo económico ya que la norma lo señala como el responsable del recaudo del impuesto.

  1. ¿Si el impuesto se cobra a los compradores por qué no se llama “Impuesto a las compras”?

El IVA no se llama impuesto a las compras porque grava es el valor agregado en la producción o comercialización de bienes y servicios, y se determina por el consumo de éstos bienes y servicios.

  1. Verificar si un producto vendido por el fabricante tiene menos impuesto que uno vendido después de pasar por: Productor, mayorista, distribuidor y minorista, antes de llegar al consumidor final.

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  1. ¿Cuál es la base gravable general?

En general, la base gravable se define como el valor al cual se le aplica la tarifa establecida para determinar el impuesto a cargo.

El artículo 447 del Estatuto Tributario define la base gravable general del impuesto sobre las ventas así:

En la venta y prestación de servicios, la base gravable será el valor total de la operación, sea que esta se realice de contado o a crédito, incluyendo entre otros los gastos directos de financiación ordinaria, extraordinaria, o moratoria, accesorios, acarreos, instalaciones, seguros, comisiones, garantías y demás erogaciones complementarias, aunque se facturen o convengan por separado y aunque, considerados independientemente, no se encuentren sometidos a imposición.

  1. Identifique tres (3) bases gravables especiales.

BASE GRAVABLE EN EL RETIRO DE BIENES: Los retiros de bienes corporales muebles hechos por el responsable para su uso o para formar parte de los activos fijos de la empresa, la base gravable será el valor comercial de los bienes.

BASE GRAVABLE EN EL CONTRATO DE CONSTRUCCION: Si el objeto del contrato es la construcción de un inmueble, la base para liquidar el IVA ha sido fijada en forma especial por el artículo 3° del Decreto 1372 de 1992: En los contratos de construcción de bien inmueble, el impuesto sobre las ventas se genera sobre la parte de los ingresos correspondiente a los honorarios obtenidos por el constructor. Cuando no se pacten honorarios, el impuesto se causará sobre la remuneración del servicio que corresponda a la utilidad del constructor. Para estos efectos, en el respectivo contrato se señalará la parte correspondiente a los honorarios o utilidad, la cual en ningún caso podrá ser inferior a la que comercialmente corresponde a contratos iguales o similares.

BASE GRAVABLE EN LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR: La base gravable está constituida por el valor de la apuesta, del documento, formulario, boleta, billete o instrumento que da derecho a participar en el juego. En el caso de juegos localizados tales como las maquinitas o tragamonedas y similares, se presume que la base gravable mínima diaria está constituida por el valor correspondiente a un salario mínimo diario legal vigente por cada aparato. (Parágrafo 1 del artículo 20 Decreto 522 de 2003).

  1. Relacione tres (3) tarifas diferenciales

La reforma tributaria 1607 de 2012 estableció dos tarifas diferenciales para el IVA simplificándolas:

  • Tarifa del 0%: Son los bienes y servicios exentos de IVA.
  • Tarifa del 5% para algunos bienes y servicios.

  1. ¿Una persona que tenga un pequeño negocio puede pertenecer al régimen simplificado, sin inscribirse ante la DIAN?

En primer lugar, por el hecho de pertenecer al régimen simplificado para cumplir con los requisitos que establece la norma tributaria, está obligado a inscribirse en el Registro Único Tributario RUT, como responsable de éste régimen.

Así pues, por el hecho de que la persona ejerza actividades comerciales en el pequeño negocio, le genera la obligación de inscribirse previamente en el Rut, y de no hacerlo se expone a la imposición de las sanciones establecidas en la normatividad tributaria.

El artículo 658-3 del estatuto tributario, adicionado por el artículo 49 de la ley 1111, contempla las siguientes sanciones relacionadas con el Rut:

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