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TEORÍA DE LA NORMA JURÍDICA VACATIO LEGIS Y VIGENCIA ANTICIPADA


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2015  •  Trabajos  •  476 Palabras (2 Páginas)  •  174 Visitas

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UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO

COLEGIO DE JURISPRUDENCIA

TEORÍA DE LA NORMA JURÍDICA

VACATIO LEGIS Y VIGENCIA ANTICIPADA

MARÍA SOL GONZÁLEZ VALLEJO

QUITO, SEPTIEMBRE DE 2015

Se puede definir el termino de vacatio legis, como el periodo que transcurre desde el acto promulgatorio y publicación hasta la efectiva entrada en vigor de la ley. (Da Silva) Generalmente se da para facilitar el conocimiento de la misma, es un periodo de no obligatoriedad de la ley, a pesar de que esta sea ya ley desde el momento de su publicación, únicamente se aplaza su vigencia. (Muñoz Sabaté)

Vigencia anticipada, es la obligatoriedad de un proceso legislativo, desde el momento de la orden de una autoridad competente, sin la necesidad de que ésta sea publicada en el registro oficial. (Cabanellas)

Las leyes en Ecuador entraran en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial, como menciona el Art.6 del Código Civil, “La ley entrará en vigencia a partir de su promulgación en el Registro Oficial y por ende será obligatoria y se entenderá conocida de todos desde entonces. Podrá sin embargo, en la misma ley, designarse un plazo especial para su vigencia a partir de su promulgación”. Además basándome en el Art.11 del Código Tributario menciona que “Las leyes tributarias, sus reglamentos y las circulares de carácter general, regirán en todo el territorio nacional, en sus aguas y espacio aéreo jurisdiccional o en una parte de ellos, desde el día siguiente al de su publicación en el Registro Oficial, salvo que establezcan fechas especiales de vigencia posteriores a esa publicación”.

Vigencia anticipada:

PRELACIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, Registro oficial suplemento 218, 03-abr-2014, “Disposición final, Única.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el registro oficial”.

REGLAMENTO ELABORACION RESOLUCIONES CONVENIOS ADMINISTRATIVOS PROECU, Registro oficial suplemento 359, 20-ago-2015, “Disposición final.- De la ejecución del presente Resolución, que entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial…”

Vacatio legis:

CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS, Registro Auténtico 2006, 05-jul-2006, “Nota general.-Por Resolución de la Superintendencia de Bancos No. 234, promulgada en Registro Oficial 235 de 29 de Abril del 2014 se publica el Reglamento General de la Ley de Cheques y por mandato de la Disposición Transitoria Segunda, éste Reglamento entrará en vigencia 150 días después de su publicación en el Registro Oficial”.

CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, COIP, Registro Oficial Suplemento 180, 10-feb-2014, “Disposición final .-El Código Orgánico Integral Penal entrará en vigencia en ciento ochenta días contados a partir de su publicación en el Registro Oficial,…”.

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