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Tarjeta De Debito Legislacion Venezolana

jhulianaguerra12 de Octubre de 2011

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TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN 3

TARJETA DE DÉBITO:

BREVE RESEÑA HISTORICA. CONCEPTO 4

BASE LEGAL 4

DEBERES DEL TERJETAHABIENTE 6

OPERACIONES CON LA TERJETA DE DÉBITO 7

CARACTERISTICAS 10

VENTAJAS Y DESVENTAJAS 11

DIFERENCIAS CON OTROS INSTRUMENTOS 12

PARTICULARIDADES DE LA TARJETA DE DÉBITO 12

CONCLUSIONES 14

RREFERENCIAS 15

INTRODUCCIÓN

Este informe se ha elaborado con la finalidad de cubrir las exigencias de la cátedra de Derecho Mercantil II, en la oportunidad de determinar en el concepto, características, naturaleza jurídica, y aplicación práctica de un instrumento mercantil, como lo es la tarjeta de débito. Se consultaron fuentes escritas y electrónicas indistintamente, para elaborar de manera resumida este practico informe, que no pretende más que ser una mera guía de consulta para futuros lectores o investigadores y que no analiza a profundidad el tema, por no ser el objetivo de la cátedra, ni contar con el tiempo necesario para ello. Sin más que agregar, se procederá en las páginas siguientes al desarrollo del informe correspondiente.

La Tarjeta de Débito.

Breve reseña histórica y Concepto:

Se conoce este instrumento en la década de los 80, en la que los bancos en los E.E.U.U, comenzaron a entregar a sus clientes, tarjetas magnéticas o ATM (automated teller machine, en ingles), que permitían a los usuarios, retirar dinero de sus cuentas, desde puntos o cajeros, colocados a tal efecto. Posteriormente, se comenzó a utilizar la figura del point of sale (punto de venta), para que las personas pudieran pagar con la tarjeta ATM, debitando el banco inmediatamente ese saldo de la cuenta, el saldo de dicha compra, como que se tratase de un cheque girado. Se puede decir entonces, que el nacimiento de la tarjeta de debito, se refiere a la fusión de la tarjeta ATM, con un libro de cheques.

Se entiende por "tarjeta de débito", cualquier tarjeta que permita hacer pagos a partir de dinero que una persona tenga en una cuenta corriente bancaria, una cuenta de ahorro a la vista u otra cuenta a la vista. Básicamente, la tarjeta de debito, es una tarjeta plástica de 8.5 X 5.3 cm, que posee una banda magnética al reverso, contentiva de los datos del cliente y la cuenta que está asociada, que entrega una institución bancaria a sus clientes para que estos puedan hacer circular su dinero depositado en esta, sin la necesidad de acudir a las oficinas del banco. Se obtiene, a través de un contrato entre el titular de la cuenta y el banco emisor, que faculta a este último a realizar los descuentos y abonos correspondientes al cliente, cada vez que este utiliza la tarjeta. Es importante acotar que la tarjeta de debito tiene un efecto inmediato sobre el saldo positivo del titular en su cuenta corriente o de ahorro, ya que solo a través de este, se permitirá al titular hacer uso de ella, salvo las operaciones neutrales, de las que hablaremos más adelante. Así por ejemplo, cuando se compra comida en el supermercado por valor de 200bs y se paga con la tarjeta de débito, el estado de cuenta mostrará una transacción de 200bs POS (siglas en inglés de Point of Sale o Punto de Venta) o un retiro de la cuenta.

Base legal:

La Ley de tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico de Gaceta Oficial Nº 39.021 del 22 de septiembre de 2008 expresa como su objeto lo siguiente:

“La presente Ley tiene por objeto regular, todos los aspectos vinculados con el sistema y operadores, de tarjetas de crédito, débito, prepagadas; y demás tarjetas, de financiamiento o pago electrónico, así como su financiamiento y las relaciones entre el emisor, el o la tarjetahabiente y los negocios afiliados al sistema, con el fin de garantizar el respeto y protección de los derechos de los usuarios y las usuarias de dichos instrumentos de pago, obligando al emisor de tales instrumentos a otorgar información adecuada y no engañosa a los y las tarjetahabientes; asimismo a resolver las controversias que se puedan presentar por su uso, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley”. (Art 1)

Definición legal Art 2

Tarjeta de débito: instrumento magnético, electrónico u otra tecnología que permite al o la tarjetahabiente realizar consumos o hacer retiros de dinero en efectivo con cargo automático a los haberes de su cuenta bancaria y que es emitida previa solicitud de parte del o la titular de la cuenta bancaria.

En el mismo artículo también se señalan los siguientes conceptos:

 Emisor: Las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito; el banco o institución financiera que emite u otorga tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, de uso nacional, internacional o en ambas modalidades en la República Bolivariana de Venezuela, autorizados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN).

 Negocio afiliado: establecimiento comercial, expendedor de bienes o prestador de servicio autorizado por una institución emisora de tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, para procesar los consumos del o la tarjetahabiente en los puntos de pago que se encuentren instalados en dichos establecimientos.

 Tarjetahabiente: persona natural o jurídica, que, previo contrato con el emisor, es habilitado para el uso de un crédito, línea de crédito o cargo en cuenta, a través de tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico.

 Contrato de afiliación de tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico: contrato tipo elaborado por los bancos e instituciones financieras, autorizado por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), mediante el cual se regulan las condiciones generales de la utilización de las provisiones de fondos por parte del o la tarjetahabiente, además de los créditos en moneda nacional, también los créditos que se originen por consumo en el exterior en moneda extranjera y que luego son transformados en moneda nacional, para ser utilizados a través de la tarjeta de crédito, por parte del o la tarjetahabiente.

 Estado de cuenta: documento elaborado por el emisor, contentivo de la descripción de las distintas operaciones en las que se ha utilizado la tarjeta de crédito, débito, prepagada y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, el cual será entregado al o la tarjetahabiente y deberá contener la información a que se contrae el artículo 12 de esta Ley.

 Fecha de corte: fecha límite programada para el cierre de la relación de los consumos efectuados por el o la tarjetahabiente en un período determinado.

 Cobertura: es el ámbito geográfico o el sector de mercado en el cual puede ser utilizada la tarjeta de crédito, débito, prepagada y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico.

 Saldo total: “…si se tratase de una tarjeta de débito o prepagada, su saldo total es el monto disponible en las cuentas de o la tarjetahabiente a la fecha de corte.”

Deberes del tarjetahabiente para el caso de tarjeta de debito: (Art 26)

• Resguardar la tarjeta de crédito, débito, prepagada y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, con la debida diligencia.

• Identificarse y usar en forma personal la tarjeta y no mostrar o confiar a nadie las claves de acceso a los cajeros y otros sistemas electrónicos.

• Antes de firmar los comprobantes de pago, verificar el importe y la veracidad de la información.

• Solicitar y guardar los comprobantes de pago y demás documentos de compra de bienes y utilización de servicios, hasta recibir el estado de cuenta y estar conforme con el mismo.

• Indicar al banco o institución financiera el domicilio a efectos de que éste le remita los estados de cuenta o cualquier otra información pertinente.

• Verificar las tasas de interés y otros cargos que le efectúe el emisor, así como los procedimientos para plantear a tiempo sus reclamos sobre los productos y servicios que adquiera por medio de la tarjeta de crédito, débito,

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